15º Juzgado Civil de Santiago

BERNARD NOEL S.P.A/INVERSIONES INMOBILIARIA Y SERVICIOS BELLAVISTA LTDA

Rol

C-5003-2022

Fecha

12 de noviembre de 2024

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 2 de septiembre de 2022 a folio 1 del cuaderno principal, en causa iniciada por medida prejudicial de prohibición de celebrar actos y contratos, comparece don Diego Gallegos Vallejos, abogado, en representación de Bernard Noel SpA, del giro de la construcción, domiciliados en Huelen N°10, oficina 403, Providencia, quien interpone demanda de resolución de contrato con indemnización de perjuicios en contra de Inversiones Inmobiliaria y Servicios Bellavista, del giro de su denominación, representada por don Arnaldo David Troncoso Cáceres, ignora profesión u oficio, domiciliados en calle Dardignac N°28, oficina 801, Recoleta. Expone que con fecha 15 de enero de 2022, Inversiones Inmobiliaria y Servicios Bellavista Ltda. y Bernard Noel SpA suscribieron un contrato privado, junto con los respectivos planos, presupuestos y programación de la obra, mediante el cual la primera encargó a la segunda el proyecto de remodelación y ampliación de la vivienda ubicada en calle Crucero Exeter N°0324, comuna de Providencia, Región Metropolitana. Alude que se fijó un plazo de ejecución de 28 semanas, desde el día 17 de enero de 2022, y que el precio del contrato sería de $105.716.041, mas el Impuesto al Valor Agregado, el cual se pagaría según el siguiente calendario de pagos: (i) Anticipo, correspondiente a un 20%, valor neto $21.143.208, IVA $0, valor total: 21.143.203; (ii) Semana 4, correspondiente a un 11%, valor neto $11.628.764, IVA $2.209.465, valor total $13.838.230; (iii) Semana 8, correspondiente a un 11%, valor neto $11.628.764, IVA $0, valor total $11.628.764; (iv) Semana 12, correspondiente a un 11%, valor neto $11.628.764, IVA $2.209.465, valor total $13.838.230; (v) Semana 16, correspondiente a un 11%, valor neto $11.628.764, IVA $0, valor total $11.628.764; (vi) Semana 20, correspondiente a un 11%, valor neto $11.628.764, IVA $2.209.465, valor total $13.838.230; (vi) Semana 24, correspondiente a un 11%, valor neto $11.628.764, IVA $0, valor total $1

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que sustentan la acción principal.

Fallo

por tanto, adeuda por facturas impagas un total de $41.814.747, además de otros perjuicios derivados de su incumplimiento. Arguye que no existen razones ni justificaciones que eximan al mandante de la obligación incumplida, como tampoco se observa una conducta promotora de la diligencia pactada, por lo cual su representada ha perdido toda utilidad en el contrato, no existiendo razón alguna para mantener vinculadas a las partes. En segundo lugar, manifiesta que la demandada no proveyó de los servicios profesionales comprometidos para la ejecución de instalaciones eléctricas. Alega que dichos trabajos eran requeridos, y, a solicitud del mandante, fueron cotizados Código: XMYGXRDXLFB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5003-2022 como un trabajo adicional a efectos de que éste pudiera evaluar la contratación de otro profesional externo. Expone que se trataba de una medida dispuesta para facilitarle la ejecución de su proyecto, dada en ánimo colaborativo, sin embargo, se observa que la demandada buscaba una reducción del costo de construcción, ya que nunca tuvo la capacidad para pagar íntegra y oportunamente la obra encargada. Así las cosas, con fecha 17 de enero de 2022, según nota N°2 del día 26 de enero de 2022 del Libro de Obras, se envío el adicional referido a las instalaciones eléctricas, solicitando la aprobación del presupuesto ofrecido, a lo que el mandante optó por solicitar que el trabajo sea realiz

Texto Completo (Preview)

C-5003-2022 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 15 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5003-2022 CARATULADO : BERNARD NOEL S.P.A/INVERSIONES INMOBILIARIA Y SERVICIOS BELLAVISTA LTDA Santiago, doce de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 2 de septiembre de 2022 a folio 1 del cuaderno principal, en causa iniciada por medida prejudicial de prohibición de celebrar actos y con

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica