PIÑA/I MUNICIPALIDAD DE RENGO
Rol
T-3-2024
Fecha
11 de noviembre de 2024
Materia
Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña ANA CECILIA PIÑA FARÍAS, chilena, casada, cédula nacional de identidad número 14.356.403-7, ingeniera en gestión informática y técnico en contabilidad, domiciliada en Rinconada de Malambo N° 1700, comuna de Rengo, Región de O’Higgins, quien interpone denuncia de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales en contra de su empleador, ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE RENGO, persona jurídica de derecho público, representada por el Alcalde don Carlos Ernesto Soto González, chileno, casado, cédula nacional de identidad número 8.437.701-5, ingeniero en gestión pública, con domicilio laboral en Avenida José Bisquert N° 262, comuna de Rengo, Región de O’Higgins. Funda su denuncia, en síntesis, en que ingresó el año 2006 a desempeñar funciones en apoyo técnico a la Municipalidad en la Dirección de Administración y Finanzas en la sección de rentas y patentes en calidad jurídica de planta. Luego pasó por diversas funciones hasta que el año 2018 se modificó la planta municipal para proveer el cargo de Director para la Dirección Tránsito y Transporte Público. Luego añade que el 5 de marzo de 2020 es nombrado como Director don Andrés Osvaldo Pavez Abarca y que, al asumir el cargo, dio nuevas directrices y delimitó funciones de su jefatura de departamento de tránsito y transporte público, en donde ella sólo quedó a cargo de las unidades de licencias de conducir y permisos de circulación, sin perjuicio de subrogar en la Dirección ante las reiteradas ausencias del Director. En relación con esto, manifiesta haber sufrido acoso laboral, maltrato, discriminación y vulneración en sus derechos fundamentales y que el Alcalde, estando en conocimiento de esto, no le brindó apoyo ni tomó medida alguna para protegerla como funcionaria, ya que tenía que subrogar constantemente el ausentismo del Director y soportar el acoso de éste hacia ella. En este sentido, detalla que don Andrés es quien ha vulnerado sus derechos fundamentales pues, desde su llegada restringió sus funciones de jefatura, pero igual debía cumplir muchas más funciones, dado que él se ausentaba constantemente y ella debió reemplazarlo muchas veces en la Dirección cumpliendo tareas y tomando decisiones por las cuales el Director ni siquiera tuvo la deferencia ni el respeto debido para instruirla al respecto ni menos de informarle del correspondiente uso y manejo de lo concerniente al cargo, para lo cual tuvo obligadamente que consultar y conocer para desarrollar satisfactoriamente el cargo que debía constantemente subrogar. Añade que, como consecuencia de una denuncia anónima efectuada ante la Contraloría inició una fiscalización relativa a eventuales irregularidades en el otorgamiento de licencias de conducir, y que al investigar e intentar entrevistar al Director, estaba inubicable, quedando ella a cargo de proporcionar la información necesaria y en ese contexto, aparece repentina e intempestivamente el Director, quien llega muy nervioso, excusándose por la ausen
Fallo
se resuelve que la enfermedad de la denunciada es una enfermedad común; 11.- Memorándum N° 012 del 11 de enero de 2024, de Asesoría Jurídica a Alcalde, que da respuesta a Oficio de la Contraloría relativo a presentación de Ana Piña Farías; 12.- Ordinario N° 002/056 de fecha 18 de enero de 2024, del Alcalde de la Municipalidad de Rengo a Contralora Regional, que remite respuesta a presentación de Ana Piña Farías; 13.- Dictamen E453710/2024 de fecha 19 de febrero de 2024, de la Contraloría Regional, que resuelve reclamo de Ana Piña Farías y determina situación observada por la interesada se encuentra superada, toda vez que no se concretó la destinación reclamada; 14.- Decreto Alcaldicio N° 9252/MP de fecha 24 de noviembre de 2023, que destina a doña Ana Piña Farías, para que preste funciones de jefatura en los procesos de correcta coordinación, ejecución y gestión en todas las unidades de la DIDECO, a contar del 27 de noviembre de 2023; 15.- Memorándum N° 456 de fecha 10 de noviembre de 2023, de Directora de Desarrollo Comunitario a Alcalde, mediante el cual solicita autorización para destinación de funcionaria Ana Piña a la DIDECO; 16.- Decreto Alcaldicio N° 8172 de fecha 10 de noviembre de 2023, que destina Ana Piña Farías, para que preste funciones en la DAO; 17.- Memorándum N° 477 de fecha 30 de octubre de 2023, de Director de la DAO a Alcalde, mediante el cual solicita autorización para destinación de funcionaria Ana Piña a la DAO. SEXTO: Que, para efectos de resolver, cor
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En Rengo, a once de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece doña ANA CECILIA PIÑA FARÍAS, chilena, casada, cédula nacional de identidad número 14.356.403-7, ingeniera en gestión informática y técnico en contabilidad, domiciliada en Rinconada de Malambo N° 1700, comuna de Rengo, Región de O’Higgins, quien interpone denuncia de tutela laboral por vulneración de de
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