Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán

OPAZO CON EMPRESA TRANSPORTES ELISET PAREJA LEIVA E.I.

Rol

O-209-2024

Fecha

11 de noviembre de 2024

Materia

Despido injustificado, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos contenidos en la demanda, salvo la relación laboral pero afirma que la remuneración mensual alcanzaba a la suma de $575.000. Alega que la relación laboral terminó con fecha 11 de abril de 2024, fundada en la causal del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo, es decir, necesidades de la empresa. Alega que los hechos expuestos por la parte demandante NO SE AJUSTAN A LA REALIDAD, toda vez, que siempre he dado cumplimiento a mis obligaciones contractuales y laborales en forma eficiente y oportuna, además, se hace presente que las partes han firmado finiquito laboral, dando el más amplio finiquito a las prestaciones que pudiera adeudar.

Fundamentos

Considerando: Primero: La parte demandante no concurrió a las audiencias de juicio y no rindió prueba alguna. Segundo: La parte demandada incorporó finiquito suscrito por el trabajador y el empleador que no contiene reserva sobre derechos. Por consiguiente, tiene pleno efecto liberatorio respecto de la causal de término del contrato de trabajo, de modo que corresponde acoger la excepción formulada por la parte demandada lo que lleva a rechazar la demanda. Lo dicho, teniendo en cuenta que a la fecha del término de los servicios no existía deuda previsional, conforme al Certificado de Previred incorporado por la demandada. Tercero: Como se dijo recién, no existía deuda previsional al momento del cese de los servicios, razón por la que se rechaza la acción de nulidad de despido.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 7, 161, 168, 450, 453, 454, 456 y 459, 496 y siguientes del Código del Trabajo; 1698 del Código Civil, SE RESUELVE: I.- Que, SE RECHAZA, sin costas, la demanda por nulidad de despido y despido injustificado- Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: O-209-2024 RUC: 24- 4-0562327-3 Dictada por don SERGIO RODRIGO DUNLOP ECHAVARRÍA Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán.

Texto Completo (Preview)

Juzgado de Letras del Trabajo de Chillán PROCEDIMIENTO: Ordinario MATERIAS: Nulidad de despido y despido injustificado DEMANDANTE: LEONARDO ALEJANDRO OPAZO JARA DEMANDADO: EMPRESA TRANSPORTES ELISET PAREJA LEIVA E.I.R.L. RIT: O-209-2024 RUC: 24- 4-0562327-3 ________________________________________/ Chillán, once de noviembre de dos mil veinticuatro. LEONARDO ALEJANDRO OPAZO JARA, RUN 12.378452-9,

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