Juzgado de Letras de Mejillones

VALDEBENITO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MEJILLONES

Rol

O-15-2024

Fecha

11 de noviembre de 2024

Materia

Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos a probar: 1. La efectividad que la demandante presto servicios bajo régimen subordinación y dependencia para la demandada, en su evento, la naturaleza del contrato, las funciones desempeñadas y demás estipulaciones de relevancia. 2. La fecha de inicio y forma de término de la relación laboral, en su caso, el cumplimiento de formalidades legales, la existencia de carta de despido y la efectividad de los hechos contenidos en ella. 3. La remuneración para efectos indemnizatorios. 4. La procedencia de las prestaciones demandadas y el monto al que ascienden las mismas. CUARTO: Audiencia de juicio. Se celebró la audiencia de juicio el 23 de agosto y 7 de noviembre, ambos de 2024 con la comparecencia de los apoderados de ambas partes. En dichas oportunidades de incorporó la prueba de la demandante y se hicieron las observaciones a la prueba. QUINTO: Prueba de la demandante A fin de acreditar sus pretensiones, la demandante incorporó la siguiente prueba: DOCUMENTAL: [Folio 21] 1. Contrato individual de trabajo de fecha 18 de abril de 2014 suscrito entre la Municipalidad de Mejillones y doña Yovanna Elisabeth Valdebenito Medero. El documento refiere que la trabajadora se compromete y obliga a ejecutar el trabajo de auxiliar de Servicios Menores en la Sala Cuna “Pedacito de Cielo”. Menciona en la cláusula SEXTO que la trabajadora ingresó a prestar servicios el día 24 de abril de 2014. Agrega en su cláusula NOVENO que serán causales de terminación del presente contrato de trabajo, las contenidas en los artículos 159, 160 y 161 del Código del Trabajo, todas las cuales se dan por completa y expresamente reproducidas. 2. Modificación Contrato de Trabajo de fecha 05 de mayo de 2023 suscrito entre la Municipalidad de Mejillones y doña Yovanna Elisabeth Valdebenito Medero. El anexo modifica el sueldo base de la trabajadora a contar el 1 de abril de 2023, por la suma de $685.472 como auxiliar de párvulos. La cláusula TERCERO reseña que las demás cláusulas del contrato

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Demanda. Yovanna Elizabeth Valdebenito Medero, RUN 13.868.570-5, chilena, casada, cesante, domiciliada en Avenida Manuel Rodríguez Nº 298, Mejillones, interpuso demanda de cobro de prestaciones laborales en contra de la Municipalidad de Mejillones, RUT 69.020.400-2, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por su alcalde Marcelino Carvajal Ferreira, RUN 5.997.728-8, ambos domiciliados en Francisco Antonio Pinto N°200, Mejillones. Fundó su pretensión señalando que inició una relación laboral con la demandada el 18 de abril de 2014 bajo contrato a plazo fijo, el cual pasó a ser indefinido. Prestaba funciones como Auxiliar de Servicios Menores y posteriormente como Auxiliar de Párvulos en la sala cuna “Pedacito de Cielo”. Su remuneración mensual ascendía a $791.951, y su jornada laboral era de 44 horas semanales. Sostuvo que con fecha 24 de octubre de 2023, mientras hacía uso de licencia médica, fue notificada mediante carta certificada de su despido, fundado en el Decreto DAEM N° 2290/2023, que declaró su salud incompatible con el cargo. Señaló que no se le otorgó finiquito ni le efectuaron los pagos correspondientes a las prestaciones laborales adeudadas. Previas citas legales, pide que, en definitiva, se condene a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: $7.127.559 por indemnización de años de servicio; $791.951 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo, y $343.178 por concepto de indemnización compensatoria de feriado proporcional correspondiente a 13 días más reajustes, intereses y costas. SEGUNDO: Contestación de la demandada. Se tuvo por evacuada la contestación de la demandada en rebeldía. TERCERO: Audiencia preparatoria. Se celebró audiencia preparatoria el 14 de junio de 2024 con la presencia de la apoderada de la demandante y en rebeldía de la demandada. En dicha oportunidad se dio lectura somera a la demanda, se frustró el llamado a conciliación, y se fijaron los siguientes hechos a probar: 1. La efectividad que la demandante presto servicios bajo régimen subordinación y dependencia para la demandada, en su evento, la naturaleza del contrato, las funciones desempeñadas y demás estipulaciones de relevancia. 2. La fecha de inicio y forma de término de la relación laboral, en su caso, el cumplimiento de formalidades legales, la existencia de carta de despido y la efectividad de los hechos contenidos en ella. 3. La remuneración para efectos indemnizatorios. 4. La procedencia de las prestaciones demandadas y el monto al que ascienden las mismas. CUARTO: Audiencia de juicio. Se celebró la audiencia de juicio el 23 de agosto y 7 de noviembre, ambos de 2024 con la comparecencia de los apoderados de ambas partes. En dichas oportunidades de incorporó la prueba de la demandante y se hicieron las observaciones a la prueba. QUINTO: Prueba de la demandante A fin de acreditar sus pretensiones, la demandante incorporó la siguiente prueba: DOCUMENTAL: [Folio 21] 1. Contrato

Fallo

SE RESUELVE que: I. Se ordena a la Municipalidad de Mejillones el pago a Yovanna Elizabeth Valdebenito Medero del feriado proporcional devengado desde el 24 de abril a 23 de octubre, ambos de 2023, por 10,675 días, equivalente a $207.455 pesos. II. Se rechaza en lo demás la demanda de cobro de prestaciones interpuesta por Yovanna Elizabeth Valdebenito Medero en contra de la Municipalidad de Mejillones. III. La suma ordenada pagar deberán serlo más reajustes e intereses conforme lo prescrito en el artículo 63 del Código del Trabajo. IV. Que cada parte soportará sus costas. V. Ejecutoriada la presente sentencia, cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día. En caso contrario, certifíquese dicha circunstancia y pasen los antecedentes a la sección de cobranza laboral y previsional de este tribunal. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. Dictada por PAULINA ANDREA DIGMANN CUADRA, Jueza Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones. RIT O-15-2024 RUC 24-4-0560395-7

Texto Completo (Preview)

Mejillones, once de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS CONSIDERANDO: PRIMERO: Demanda. Yovanna Elizabeth Valdebenito Medero, RUN 13.868.570-5, chilena, casada, cesante, domiciliada en Avenida Manuel Rodríguez Nº 298, Mejillones, interpuso demanda de cobro de prestaciones laborales en contra de la Municipalidad de Mejillones, RUT 69.020.400-2, persona jurídica de derecho público, re

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