CONCHA/
Rol
V-131-2024
Fecha
9 de noviembre de 2024
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Marcelo Morales Molina, abogado, en representación judicial de Víctor Gonzalo Concha Moraga, cédula nacional de identidad número 9.423.794- 7, comerciante, ambos domiciliados para estos efectos en calle Urrutia 260 de la comuna de Parral, quien, en la representación investida, y amparado en lo dispuesto en el artículo 6 inciso 2° de la Ley 18.101, solicite, la restitución inmediata a favor de su representada, del inmueble ubicado en calle Urrutia Nº 285, Parral, y que dio en arriendo a MMT y compañía Limitada, rol único tributario número 76.445.549-5, sociedad del giro de su denominación, domiciliada en 1 norte 1410, de la ciudad de Talca. Señala, que consta en contrato de arrendamiento que en un otrosí acompaña, que con fecha 23 de abril de 2024, su representado dio en arriendo el inmueble ya señalado a Farmacéutica MMT y Compañía Limitada, la que compareció debidamente representada por José Miguel Chamorro Ibáñez, para fines de instalar una farmacia de nombre de fantasía "San Miguel". Agrega, que este arriendo no tuvo inconvenientes si no hasta el mes de agosto, oportunidad en la que la arrendataria cesó de forma unilateral, en el pago de las rentas. Indica, además, que con fecha 11 de octubre de 2024, a eso de las 23:00 horas, llegó personal de la arrendataria, movilizada en un camión y procedieron a desalojar y vaciar el Código: WKUFXQJEXSZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl local comercial dado en arriendo, retirando la totalidad del mobiliario y otros elementos que habrían introducido en su oportunidad. De lo anterior el arrendatario no dio aviso ni cuenta alguna, razón por lo cual su representado se acercó a estas personas quienes le señalaron que estaban desocupando el inmueble, por instrucción del arrendatario, ya que se trasladarían de local. Continúa el relato señalando que de ese hecho dejó registro fotográfico, donde se ap
Fundamentos
fundamentos segundo y tercero, y valorando los antecedentes aportados conforme a lo regulado en el artículo 819 del Código de Procedimiento Civil, se advierte que el inmueble cuyo abandono fue certificado por ministro de fe –previa orden del Tribunal-, consiste en el mismo inmueble objeto del arrendamiento celebrado por el solicitante, en calidad de arrendador, el cual se dio por terminado, como lo autoriza la cláusula sexta del contrato de arrendamiento, acompañado al proceso. En este contexto y en atención a lo previsto en el precepto legal transcrito en el apartado que antecede, corresponderá acoger la solicitud, disponiendo la entrega de la propiedad abandonada, al arrendador, en la forma indicada en lo resolutivo. Por estos motivos, y visto lo dispuesto en los preceptos legales citados en el presente fallo, y los artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
fallo : 9 de noviembre de 2024 _________________________________________________________________________ Parral, nueve de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece Marcelo Morales Molina, abogado, en representación judicial de Víctor Gonzalo Concha Moraga, cédula nacional de identidad número 9.423.794- 7, comerciante, ambos domiciliados para estos efectos en calle Urrutia 260 de la comuna de Parral, quien, en la representación investida, y amparado en lo dispuesto en el artículo 6 inciso 2° de la Ley 18.101, solicite, la restitución inmediata a favor de su representada, del inmueble ubicado en calle Urrutia Nº 285, Parral, y que dio en arriendo a MMT y compañía Limitada, rol único tributario número 76.445.549-5, sociedad del giro de su denominación, domiciliada en 1 norte 1410, de la ciudad de Talca. Señala, que consta en contrato de arrendamiento que en un otrosí acompaña, que con fecha 23 de abril de 2024, su representado dio en arriendo el inmueble ya señalado a Farmacéutica MMT y Compañía Limitada, la que compareció debidamente representada por José Miguel Chamorro Ibáñez, para fines de instalar una farmacia de nombre de fantasía "San Miguel". Agrega, que este arriendo no tuvo inconvenientes si no hasta el mes de agosto, oportunidad en la que la arrendataria cesó de forma unilateral, en el pago de las rentas. Indica, además, que con fecha 11 de octubre de 2024, a eso de las 23:00 horas, llegó personal de la arrend
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Causa rol : V-131-2024 Materia : Restitución de inmueble abandonado Solicitante : Víctor Gonzalo Concha Moraga Rut : 9.423.794-7 Fecha de ingreso : 22 de octubre de 2024 Autos para fallo : 9 de noviembre de 2024 _________________________________________________________________________ Parral, nueve de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que a folio 1, comparece
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