Juzgado de Letras de Illapel

DAVED INMOBILIARIA SPA/

Rol

V-84-2024

Fecha

7 de noviembre de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1° Que con fecha 08 de abril de 2024 comparece doña Vinka Estefanía Pusich Camacho, abogada, cédula de identidad N°16.134.963-1, en representación de la sociedad Daved Inmobiliaria S.P.A., del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°76.722.472-9, representada legalmente por don José Miguel Daved Aguad, chileno, comerciante, divorciado, cédula de identidad N°16.299.690-8, ambos con domicilio en calle Montepío N°401, comuna de Salamanca, solicitando cancelación de inscripción especial de herencia respecto de los inmuebles que individualiza en su presentación, ordenando al Conservador de Bienes Raíces de Illapel cancelar la inscripción que rola a fojas 1371, N°1208 del Registro de Propiedad correspondiente al año 2023, por los argumentos que expone. En primer lugar señala que con fecha 06 de diciembre de 2023, el Conservador de Bienes Raíces de Illapel procedió a efectuar una Inscripción Especial de Herencia, la cual rola a fojas 1371, N°1208, correspondiente al año 2023, cuyo requerimiento fue solicitado luego del fallecimiento del causante don Miguel Enrique Daved Gamboa, por sus herederos Francisco Javier Daved Aguad, Viviana Carolina Daved Aguad, Joselin Loreto Daved Aguad, Marisel Alejandra Daved Aguad, María Teresa Daved Aguad, José Miguel Daved Aguad y su cónyuge sobreviviente doña María Del Carmen Aguad Gómez, quienes con anterioridad procedieron a realizar la posesión efectiva de los que, según ellos, eran los bienes intestados quedados al fallecimiento del causante. Dicha posesión efectiva fue inscrita bajo el N°161.234 del año 2023 y concedida por el Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación, Región de Coquimbo, oficina de Salamanca, en virtud de la Resolución Exenta N°13.115, de fecha 29 de noviembre de 2023, en la cual se consignaron los siguientes bienes: a) Una propiedad denominada Lote N°1, ubicada en calle Pérez esquina Montepío, comuna de Salamanca, según el plano que se protocolizó al final del Registro de Ins

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 92 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces dispone que “El Conservador no hará cancelación alguna de oficio; no obstante, en las inscripciones anteriores no canceladas, será obligado a poner una nota de simple referencia a las posteriores que versen sobre el mismo inmueble”. Asimismo, el artículo 728 del Código Civil, en su inciso primero establece que “Para que cese la posesión inscrita, es necesario que la inscripción se cancele, sea por voluntad de las partes, o por una nueva inscripción en que el poseedor inscrito transfiere su derecho a otro, o por decreto judicial.” SEGUNDO: Que, como fundamento de sus alegaciones, la parte solicitante incorporó en este procedimiento prueba documental consistente en: Código: YRWPXQXXSGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl a) Copia de la Inscripción Especial de Herencia de fojas 1371 N°1208 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Illapel correspondiente al año 2023, con nota marginal alusiva al artículo 92 del Reglamento del Registro Conservatorio. b) Copia de inscripción de aporte de sociedad Daved y Daved Inmobiliaria Limitada de fojas 294 N°263 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Illapel correspondiente al año 2017. c) Copia de Inscripción de Cesión de Derechos de fojas 280 N°262 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Illapel correspondiente al año 2004. d) Copia de resolución dictada por el Servicio de Registro Civil e Identificación que concedió la posesión efectiva de don Miguel Daved Gamboa. TERCERO: Que en mérito de los antecedentes que obran en el presente procedimiento, documentos acompañados, y el informe evacuado por el Conservador de Bienes Raíces de Illapel, se estima que ha quedado suficientemente acreditado que, efectivamente, los inmuebles cuya inscripción especial de herencia de fojas 1371 N°1208 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Illapel correspondiente al año 2023, ya no pertenecían al causante don Miguel Daved Gamboa, por haber sido transferidos por él con anterioridad a su fallecimiento, cumpliéndose además con los requisitos exigidos por el legislador, motivos por los cuales se acogerá la solicitud deducida. Por todas estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 728 del Código Civil, artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y artículo 92 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, y demás normativas pertinentes,

Fallo

se resuelve: I. Que SE ACOGE la solicitud deducida por Daved Inmobiliaria S.P.A., Rol Único Tributario N°76.722.472-9, y, en consecuencia, se ordena al Conservador de Bienes Raíces de Illapel la cancelación de la inscripción de fojas 1371 N°1208 del Registro de Propiedad de dicho oficio correspondiente al año 2023, por ya haberse transmitidos los bienes indicados en ella con anterioridad al fallecimiento de don Miguel Daved Gamboa. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. ROL V-84-2024. Dictó don VLADIMIR HERNANDO JOFRÉ HIDALGO, Juez del Juzgado de Letras de Illapel. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. En Illapel, a siete de noviembre de dos mil veinticuatro. Código: YRWPXQXXSGY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-11-07T12:47:03-0300

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Illapel CAUSA ROL : V-84-2024 CARATULADO : DAVED INMOBILIARIA SPA/ Illapel, siete de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS: 1° Que con fecha 08 de abril de 2024 comparece doña Vinka Estefanía Pusich Camacho, abogada, cédula de identidad N°16.134.963-1, en representación de la sociedad Daved Inmobiliaria S.P.A., del giro de su denomi

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