2º Juzgado de Letras de Los Angeles

AGUILERA/

Rol

V-245-2021

Fecha

7 de noviembre de 2024

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, en folio 1, con fecha 23 de diciembre de 2021, se presenta don Patricio Andrés Aguilera Mendoza, empleado, domiciliado en Parcela 13, El Acampado, Santa Fe, comuna de Los Ángeles, de la comuna de Los Ángeles, y expone: Que, solicita la rectificación de la partida de su hija biológica Florencia Esther Aguilera Órdenes, por la causal del artículo 1 letra b) de la Ley 17.344, a fin de que se suprima el apellido “Órdenes” y sea reemplazado por el de “Cabeza”. Funda su solicitud en que es el padre biológico de la niña Florencia Aguilera Órdenes, fruto de un único encuentro con la madre biológica de la niña, indicando que tras el nacimiento de Florencia quedó clara la intención de su madre de no hacerse cargo de la niña, ya que era madre de otros dos niños más, por lo que, una semana después de su nacimiento le entregó su cuidado personal, tal como consta en el certificado de registro de nacimiento que se acompaña. Señala que, desde ese momento y en compañía de su cónyuge, doña Marta Cabeza Uribe, se hicieron cargo de su cuidado y crianza. Agrega que Marta desde el primer momento la acogió y recibió como su propia hija. Refiere que, han pasado más de 5 años sin que la madre biológica haya preguntado por Florencia o haya mostrado algún interés en ser parte de su vida, quien ha crecido como una niña que forma parte de la familia Aguilera Cabeza; agrega que se encuentra estudiando en el colegio, participa en actividades de su comunidad y es reconocida como una integrante de la familia que conformaron con su señora, por lo que Florencia únicamente reconoce y conoce a Marta como su mamá, puesto que es ella quien la ha criado y entregado todo su amor. Indica que, habiendo transcurrido más de 5 años y por no conocer a su madre biológica y no tener un vínculo de ningún tipo con ella, amparándose en la norma legal invocada, se pretende el cambio de apellido de Florencia Esther Aguilera Órdenes, cédula nacional de identidad 25.426.827-5, quien está inscrita en la C

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°.- Que, según lo consignado en lo expositivo precedente, el solicitante pide se rectifique la partida de nacimiento de su hija menor de edad Florencia Esther Aguilera Órdenes, en el sentido de reemplazar el apellido materno “ÓRDENES por el de “CABEZA”, fundado en que la niña no conoce ni tiene ningún tipo de vínculo con su madre biológica, quien una semana después de su nacimiento le entregó su cuidado personal, señalando que desde ese momento y hasta la fecha, ha sido su cónyuge doña Marta Luisa Cabeza Uribe, quien se ha encargado de su crianza y le ha entregado todo su amor, a quien Florencia reconoce y conoce como su mamá, siendo conocida en la comunidad y en su entorno como Florencia Esther Aguilera Cabeza, desde hace más de 5 años, conformando su núcleo familiar. 2°.- Que, en folio 6, rola Informe N°275 de fecha 19 de enero de 2022 del Servicio de Registro Civil e Identificación, en el cual se indica que consta en sus registros la inscripción de nacimiento N°821, del año 2016, de la circunscripción de Los Ángeles, siendo titular de ella doña Florencia Esther Aguilera Órdenes, nacida el 28 de junio de 2016, consignándose en el rubro correspondiente al padre a don Patricio Andrés Aguilera Mendoza y en el correspondiente a la madre a doña Carolina Vanessa Órdenes Urra. Además, se consigna que consta subinscripción de cuidado personal ante el Oficial Civil Adjunto de Osorno, con fecha 07 de julio de 2016, en conformidad al artículo 225 del Código Civil los padres de común acuerdo otorgan el cuidado personal del menor al padre, practicada con fecha 7 de julio de 2016. Código: CCQEXQGSFLY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3°.- Que con fecha 01 de febrero de 2022, se realizó la publicación exigida por la ley en el Diario Oficial, rolante en folio 8, y con fecha 4 de marzo de 2022, se certificó que no hubo oposición a la solicitud de folio 1 dentro de plazo legal, en el folio 15. 4°.- Que, el artículo 1º de la Ley 17.344, dispone que cualquier persona podrá solicitar por una sola vez, que se le autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: a) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente; y, b) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios. En la especie, el peticionario funda su solicitud en la causal b), señalando que su hija menor de edad Florencia Esther Aguilera Órdenes no conoce ni tiene relación alguna con su madre biológica, quien nunca ha mostrado interés en ser parte de la vida de su hija, y que ha sido su cónyuge, doña Marta Cabeza Uribe quien se ha encargado de su crianza y cuidado y a quien su hija Florencia ve como figura materna, agregando que es conocida desde su nacimiento hace más de 5 años por todo su entorno cercano y en general en su vida social como Florenci

Fallo

En mérito de lo expuesto y normas legales citadas, pide se rectifique la partida individualizada, de la hija de uno de los Código: CCQEXQGSFLY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl solicitantes, en la siguiente forma: eliminándose el apellido “Órdenes” y reemplazándolo por el apellido “Cabeza” y que los nombres y apellidos completos de la inscrita se lea como Florencia Esther Aguilera Cabeza, para todos los efectos legales. En folio 1, se acompañó certificado de matrimonio del solicitante con doña Marta Uribe Cabeza Uribe y certificado de antecedentes de doña Marta Uribe Cabeza Uribe; certificado y registro de nacimiento de la niña Florencia Esther Aguilera Órdenes; y en folio 10, rolan tres diplomas emitidos por Escuela de Lenguaje Letritas en el año 2021, a nombre de Florencia Aguilera Cabeza. En folio 6, rola Informe N°275, del Servicio de Registro Civil e Identificación, de fecha 19 de enero de 2022. En folio 8, consta publicación en el Diario Oficial de la solicitud, de fecha martes 01 de febrero de 2022, y en folio 15, con fecha 4 de marzo de 2022, se certificó que no hubo oposición a la solicitud de folio 1, en el plazo legal. En folio 11, rola información sumaria de las testigos doña Alexandra Exilda Rifo Pacheco, doña Patricia Genoveva Contreras Moraga, y doña Rosa Angélica Cabeza Uribe. En folio 18 y 62, rolan audiencias con la niña Florencia Esther Aguilera Órdenes. En folio 58, rola informe del

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Los Angeles CAUSA ROL : V-245-2021 CARATULADO : AGUILERA/ Los Ángeles, siete de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, en folio 1, con fecha 23 de diciembre de 2021, se presenta don Patricio Andrés Aguilera Mendoza, empleado, domiciliado en Parcela 13, El Acampado, Santa Fe, comuna de Los Ángeles, de la comuna de Los Ángele

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