2º Juzgado Civil de Rancagua

DÍAZ/

Rol

V-222-2024

Fecha

4 de noviembre de 2024

Materia

OTROS VOLUNTARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1° Que, con fecha 21 de agosto de 2024, a folio 1, comparece don Mario Barrientos Ossa, abogado, y doña Carla Coronel Fonseca, abogada, ambos con domicilio en la ciudad de Rancagua, Edificio Andrés Bello, calle Rubio N°285, Oficina 610, en representación de los miembros de la sucesión de don Edison Alfredo Salazar Ortiz; solicitando como petición principal, otorgar la aprobación judicial de la partición practicada de común acuerdo por sus indivisarios, dictando la resolución aprobatoria pertinente; y, como petición subsidiaria, que de compartir la tesis de que la autorización es innecesaria, por no estar dispuesta expresamente por la ley en este caso, simplemente decirlo así en la pertinente resolución fundada. Como antecedentes generales señala que con fecha 09 de junio del año 2019, falleció don Edison Alfredo Salazar Ortiz, de nacionalidad ecuatoriana, médico, casado, cédula de identidad para extranjeros N°14.659.582-0, cuyo último domicilio fue su casa ubicada en Los Aromos 30 A, del Condominio Mirador de Nogales, comuna de Machalí, cuya posesión efectiva fue concedida por Res. Ex. N°9387, de fecha 14 de agosto del año 2019, de la Dirección Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación de la Región del Libertador General Bernardo O´Higgins – oficina Rancagua-, inscrita con el N°50.147 en Registro Nacional de Posesiones Efectivas y a fojas 2904 N°5076, en el Registro de Propiedad del año 2023, del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. Agrega que de conformidad a la resolución que concedió la posesión efectiva, la sucesión está integrada por su cónyuge supérstite, doña Anita Elizabeth Peñaloza Mayorga, ecuatoriana, viuda, labores de casa, cédula de identidad para extranjeros N°14.676.495-9, sus hijos mayores de edad: Edisson Jasick Salazar Peñaloza, chileno, soltero, estudiante universitario, cédula de identidad N°20.676.968-8, e Hirianne Anabel Salazar Peñaloza, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad N°22.149.438-5, ambos de filiación matrimonial, todos con domicilio en Los Aromos 30A, Código: YMZEXQQEXDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Condominio Mirador de Nogales, comuna de Machalí; sus hijos de filiación extramatrimonial, menores de edad, Emilio Ignacio Salazar Díaz, chileno, soltero, estudiante, cédula de identidad N°23.508.727-8 y Elieth Alexandra Salazar Díaz, chilena, soltera, estudiante, cédula de identidad N°25.739.078-0, ambos con domicilio en calle Bello Horizonte N°733, departamento 103 B, Condominio Licanray, de la comuna de Rancagua; y su hijo Francis Iván Salazar Barrera, ecuatoriano, soltero, abogado, cédula de identidad ecuatoriana N°48.212.177-2, quien fijó domicilio en Los Aromos 30 A, Condominio Mirador de Nogales, de la comuna de Machalí, y que constituyó mandataria con facultades suficientes. Refiere que, al abrirse la sucesión en el año 2019, eran menores de edad los hijos Hirianne Anabel Salazar Peñaloza, qu

Fallo

Por estas consideraciones y, visto además lo dispuesto en los artículos 43, 243 y siguientes, 338 y siguientes, 399, 1322, 1325, 1342 y 1700 del Código Civil; 657, 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, se acoge la solicitud principal efectuada por los abogados don Mario Barrientos Ossa y doña Carla Coronel Fonseca, en representación de los miembros de la sucesión de don Edison Alfredo Salazar Ortiz, con fecha 21 de agosto de 2024, a folio 1, en consecuencia, se aprueba la partición, liquidación y adjudicaciones que dan cuenta las escrituras públicas de fecha 03 de noviembre de 2023, otorgada ante la Notario Público Interina de la Séptima Notaría de Rancagua, doña Carla Código: YMZEXQQEXDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Silva Acharán, anotada bajo el Repertorio N° 2933-2023; y de fecha 12 de febrero del año 2024, otorgada ante la Notario Público doña Maggie Bustos Munizaga, suplente de la Interina de la Séptima Notaría de Rancagua, doña Carla Silva Acharán, anotada bajo el Repertorio N° 389-2024. II.- Que, se hace presente que la tasación del inmueble objeto de la partición cumplió con los requisitos legales. III.- Que, atendido lo resuelto precedentemente, se omite pronunciamiento respecto a la petición subsidiaria efectuada por los abogados don Mario Barrientos Ossa y doña Carla Coronel Fonseca, en representación de los miembros de la sucesión de don Edison Alfredo Sal

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Rancagua, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: 1° Que, con fecha 21 de agosto de 2024, a folio 1, comparece don Mario Barrientos Ossa, abogado, y doña Carla Coronel Fonseca, abogada, ambos con domicilio en la ciudad de Rancagua, Edificio Andrés Bello, calle Rubio N°285, Oficina 610, en representación de los miembros de la sucesión de don Edison Alfredo Salazar Ortiz;

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