Juzgado de Letras de Cauquenes

BENAVENTE/MAQUINAS Y FORESTAL SPA

Rol

O-3-2024

Fecha

5 de noviembre de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

antecedentes de hecho y

Fundamentos

fundamentos de derecho que expone: I.- EXPOSICIÓN CLARA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS ANTERIORES AL TÉRMINO DE LA RELACIÓN LABORAL. 1. Refiere que con fecha 06 de Febrero 2022, ingresó nuevamente a prestar servicios personales bajo vínculo de subordinación y dependencia para su empleador, en conformidad al artículo 7 del código del trabajo, el que se escrituro con esa misma fecha.- Hace presente que en el año 2020 también había trabajado para la empresa de don Cristián Leonardo Castillo Apablaza. Señala que ingresó a prestar servicios, para la demandada, bajo vínculo de subordinación y dependencia, celebrando el respectivo contrato individual de trabajo, el que se escrituró con los datos de empresa Servicios Forestales Cristián Leonardo Castillo Apablaza E.I.R.L., sin embargo los últimos pagos efectuados los realizó la empresa Maquinas y Forestal SPA., Rut: 77831645-5, que se entiende y tiene como socio y dueño principal a don Cristián Leonardo Castillo Apablaza, persona con quien siempre se entendió, y su trabajo fue en beneficio de sus empresas, y consta que la primera empresa dejó de tener movimiento tributario a finales año 2023 y la segunda comenzó a tener movimiento tributario en el año 2023, ya que fue creada según da cuenta en consulta situación tributaria del SII, donde se indica: Fecha de Inicio de Actividades: 02-10-2023, se ve en la necesidad de demandarlas a ambas.- Agrega que los actuales trabajos Forestales han sido contratados y/o gestionados por don Cristian Castillo a través de empresa Maquinas y Forestal SpA., ya que es una empresa que se dedica al mismo rubro y tareas en las que él trabajaba, empresa de la cual entiende es el socio y/o dueño mayoritario, por lo que en virtud de lo dispuesto en el artículo 4 inciso segundo del Código del Trabajo en relación al art. 3 letra a) del mismo cuerpo legal, solicita se condene a ambos demandados, ya que en los hechos consta que ambas empresas siguen existiendo en la vida jurídica, y al hecho que no le consta si la modificación de la propiedad, posesión, o mera tenencia de empresa Servicios Forestales Cristian Leonardo Castillo Apablaza E.I.R.L., a empresa Maquinas y Forestal SPA. es total o parcial, más aún si se considera que en los hechos ambas empresas siguen existiendo en la vida jurídica, ya que a modo de ejemplo ambas tienen giro vigente en el S.I.I., por lo que se ve en la obligación de demandarlas a ambas como empleadoras.- Hace presente que desde el día en que fue entrevistado para el trabajo, quien se identificó como representante del empleador fue don Cristian Leonardo Castillo Apablaza, situación que, reitera, se mantuvo durante toda la vigencia de la relación laboral, por lo que para él como trabajador es imposible distinguir que actuaciones hacia este para con el trabajador don Cristián en su calidad de representante, socio, dueño, poseedor o mero tenedor de las empresas demandas que el gestiona y/o administra, sobre todo teniendo en consideración que los elementos, m

Fallo

fallo dictado por la Iltma. Corte de La Serena, rol Nº 25- 2009, de fecha 27 de abril de dos mil nueve.- V.- EN CUANTO A LA ENUNCIACIÓN PRECISA Y CONCRETA DE LAS PETICIONES QUE SE SOMETEN A LA DECISIÓN DEL TRIBUNAL 1.- Que se condene a las demandas Servicios Forestales Cristian Leonardo Castillo Apablaza E.I.R.L. y Maquinas y Forestal SPA., como co empleadoras en virtud de lo dispuesto en la letra a) del art. 3 en relación al inciso segundo del artículo 4 del Código del Trabajo, ya que no consta si la modificación en el dominio, posesión o mera tenencia de su original empleador es total o parcial, especialmente en lo referido a traspaso de bienes, capital y gestión tributaria y contable de la misma. En subsidio, solicito se declare que las empresas, constituyen una sola Unidad Económica y empresarial y en definitiva Un solo empleador respecto del actor de autos, para fines de las prestaciones laborales y previsionales demandadas en esta demanda, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 3 inciso cuarto del Código del Trabajo, y se declare que son solidariamente responsables de las obligaciones laborales demandadas en el cuerpo de esta demanda, conforme lo dispone el artículo 3 inciso 6 del Código del Trabajo, y demás normal legales pertinentes. 2.- Despido Injustificado o Indebido: Tal como lo ha sostenido, el despido del que he sido objeto por parte de mi ex – empleador, debe ser declarado injustificado, indebido o improcedente, o carente de causal legal.- En efecto el

Texto Completo (Preview)

Procedimiento : Monitorio Materia : Despido Injustificado, Nulidad del Despido y Cobro Prestaciones Demandante : Remigio Francisco Benavente Soto Rut : 14.056.456-7 Demandadas : Servicios Forestales Cristian Leonardo Castillo Apablaza E.I.IR.L. y Maquinas y Forestal SpA. RUT : N° 77059864-8 y 77831645-5 respectivamente. Represent. Legal : Ambas por don Cristian Leonardo Castillo Apablaza. RUC Nº

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