TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA. DE CHILE/CASTILLO
Rol
C-2712-2024
Fecha
30 de octubre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS A folio 1, comparece LUIS EDUARDO MONTES MONTES, abogado, domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, Comuna de Providencia, correo electr nicoó lemontes@montesylavin.cl, como mandatario, en representaci n convencional conformeó mandato judicial de SCOTIABANK CHILE sociedad an nima bancaria, del giro de suó denominaci n, representada legalmente por su Gerente General, don Diego Masola,ó contador, Rut 27.550.890-K,ambos domiciliados para estos efectos en calle Morandé 226, comuna y ciudad de Santiago, y este a su vez en Representaci n convencional de laó Tesorer a General de la Rep blica, entidad del giro de su denominaci n, cuyoí ú ó Representante legal es don Hern n Nobizelli Reyes, Contador Auditor, cesionario delá cr dito cuyo cobro se persigue por esta v a, ambas domiciliadas para este efecto en calleé í teatinos 28, oficina 301, de la comuna de Santiago, quien deduce demanda en juicio ejecutivo en contra de CASTILLO MORALES, MURIEL FRANCISCA, ignoro profesi n u oficio, domiciliada en calle Santa Rosa 650, comuna de Los Andes, Provinciaó de Los Andes y/o Jardines de los Andes Pje Rosa Cabrera 231, Villa los Andes, comuna de los Andes, de acuerdo con los antecedentes de hecho y
Fundamentos
fundamentos de derecho que pasa a exponer. Se ala que su ñ representada es due a de los pagar s a la orden suscritos con fechañ é 19 de enero de 2024, por Scotiabank Chile, a su vez en representaci n de CASTILLOó MORALES, MURIEL FRANCISCA, en virtud del mandato conferido por sta ltimaé ú en la Cl usula S ptima del Contrato de Reprogramaci n de Pago, Cr dito con Garant aá é ó é í Estatal para Estudios Superiores seg n Ley 20.027, cuya copia se acompa a en elú ñ Segundo Otros de esta demanda. - A saber:í 1.- Pagare a la orden, suscrito con fecha 19 DE ENERO DE 2024, por el monto de 1,1303 Unidades de Fomento, con vencimiento el 29 DE ENERO DE 2024.- 2.- Pagare a la orden, suscrito con fecha 19 de enero de 2024, por el monto de 122,2872 unidades de fomento, con vencimiento el 29 de enero de 2024.- Scotiabank, Chile pagos y renegociaciones En dicha Reprogramaci n, acreedor y demandado acordaron la postergaci n, poró ó una nica vez, del pago de las cuotas originadas en Contrato de Apertura de L nea deú í Código: CFQSXQXMXQV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2712-2024 Foja: 1 Cr dito celebrada entreé su representado y la demandada, y que se encontraban en mora del pago, circunstancia que permitir a retomar al d a el servicio normal del cr dito yí í é acceder a los beneficios de pago del Cr dito con Garant a Estatal establecidos en la Leyé í N 20.027.° Se ala que el deudor incumpli la obligaci n de pago referida en el p rrafoñ ó ó á anterior, de la forma establecida en dicha reprogramaci n, por lo que sus mandatariosó procedieron a suscribir los pagar s correspondientes, de conformidad a lo establecido ené las cl usulas 7 y 8 del contrato de Reprogramaci n de pago, los que no fueron pagadosá ó a su vencimiento, por lo que el deudor se encuentra en mora desde la fecha de vencimiento de los pagar s as emitidos, respecto del capital. De acuerdo con lo pactadoé í en los Pagar s individualizados, el capital adeudado devengar a la tasa de inter sé í é m ximo convencional que la ley permite establecer para este tipo de operaciones deá cr dito de dinero.é Adem s, se estipul que en el caso de no pago de la deuda a la presentaci n aá ó ó cobro del respectivo pagar , se capitalizar an los intereses vencidos y la obligaci né í ó devengar a favor del banco, a partir de esa misma fecha, a t tulo de pena, interesesá í moratorios a la tasa de inter s m ximo convencional fijada por la autoridad a la fecha deé á suscripci n del pagar , a menos que la que rija durante la mora o retardo sea superior,ó é en cuyo caso se cobrar esta ltima.á ú Se deja constancia que dichos pagar s se encuentran garantizados con laé Garant a Estatal del Fisco de Chile, en conformidad a la Ley 20.027, que estableceí normas para el financiamiento de estudios superiores. Las partes pactaron que la obligaci n es indivisible para los herederos y/oó sucesores y se liber al tenedor de la obligaci n de protesto.ó ó Para todos los
Fallo
se declararon admisibles las excepciones, y se recibi la causa a prueba.ó Al folio 19, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandante fund su demanda en que es titular deló cr dito documentado en los pagar s: é é Código: CFQSXQXMXQV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2712-2024 Foja: 1 1.-Pagare a la orden, suscrito con fecha 19 de enero de 2024, por el monto de 122,2872 Unidades de Fomento, con vencimiento el 29 de enero de 2024.- 2.- Pagare a la orden, suscrito con fecha 19 de enero de 2024, por el monto de 1,1303 unidades de fomento, con vencimiento el 29 de enero de 2024 SEGUNDO: Que, la demandada opuso las excepciones de los numerales 11, 14 y 4 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, en base a los fundamentos yaí ó desarrollados precedentemente. TERCERO: Que, evacuando el traslado, la ejecutante solicita el rechazo de las excepciones con costas. CUARTO: Que, al tenor de lo que dispone el art culo 1698 del C digo Civil,í ó incumbe probar las obligaciones o su extinci n a quien alega aqu llas o sta.ó é é QUINTO: Que, la acci n ejecutiva se funda en los t tulos singularizados en eló í considerando primero. Asimismo, se acompa aron por la ejecutante los siguientes documentos:ñ 1.- Copia del Contrato de Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes deí é Educaci n Superior con Garant a Estatal, seg n ley 20.027, que contiene el mandatoó í ú para firmar
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C-2712-2024 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2712-2024 CARATULADO : TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA. DE CHILE/CASTILLO Santiago, treinta de octubre de dos mil veinticuatro VISTOS A folio 1, comparece LUIS EDUARDO MONTES MONTES, abogado, domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, Comuna de Providencia, correo electr nicoó l
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