3º Juzgado de Letras de Talca

REYES/ARAYA

Rol

C-3452-2023

Fecha

30 de octubre de 2024

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 15 de diciembre de 2023, se presenta NATIVIDAD DE LAS MERCEDES REYES, Empleada, domiciliada en Islas Calbuco N°1795, villa Resbalón, en representación convencional de PATRICIA DEL CARMEN REYES VALDÉS, Técnico en Enfermería, cédula de identidad N°10.909 899-K, domiciliada en Costanera Sur 7.760, ambos domicilios correspondientes a la comuna de Cerro Navia, región Metropolitana de Santiago. Indica que, en la representación que enviste, deduce demanda de Precario, en contra de MALVINA CONCEPCIÓN ARAYA ESCOBAR, Dueña de Casa, domiciliada en Pasaje Dieciséis y medio Oriente N° 2.181, del Conjunto Habitacional denominado villa Cámara de Comercio de Talca, comuna y provincia de Talca, Refiere que, su mandante es dueña de la propiedad compuesta por casa y sitio ubicada en el pasaje 16 1⁄2 Oriente N°2.181, de la ciudad de Talca y, que corresponde a casa y sitio en lote 1, de la manzana B, del Conjunto habitacional denominado villa Cámara de Comercio de Talca, cuyo plano se encuentra archivado bajo el N°380, al final del Código: ERJTXQPLQMV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3452-2023 Foja: 1 registro de Propiedades del año 1990, del Conservador de Bienes Raíces de Talca, Tal inmueble a su vez, se encuentra actualmente inscrito fojas 18.287 N°7041 del Registro de Propiedades correspondiente al año 2008, del citado Conservador, a nombre de su representada,. Relata que, por mera tolerancia de su parte y sin que exista contrato de ninguna especie, la demandada y su familia ocupan el inmueble antes singularizado y, no mediando vinculo jurídico alguno entre las partes, desean que se les haga devolución de la propiedad a lo que la demandada se niega, razón por la cual se presentan demandándola a objeto que se ordene dicha entrega y devolución. Solicita tener por interpuesta y aceptar a tramitación demanda de precario en contra de MALVINA CONCEPCIÓN ARAYA ESCOBAR, ya individualizada, acogerla e

Fundamentos

considerando décimo que precede, necesario es discernir el sentido y alcance de la expresión “sin previo contrato” prescrito en el inciso 2° del artículo 2195 del Código de Bello, para lo cual debemos recurrir – so pena de incurrir en infracción de ley que eventualmente podría influir en lo dispositivo de Código: ERJTXQPLQMV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3452-2023 Foja: 1 este

Fallo

fallo que al efecto se dicte y bajo los apercibimientos de lanzamiento con la fuerza pública, con facultades de allanamiento y descerrajamiento si fuere necesario, de la demandada, su familia y toda persona que de ella dependa y en cualquiera calidad jurídica que les vincule, todo ello con expresa condenación en costas. Con fecha 02 de enero de 2024, fue legal y válidamente emplazado el demandado, según consta del Código: ERJTXQPLQMV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3452-2023 Foja: 1 estampado del Receptor Judicial, escrito a folio 6 de la presente carpeta electrónica. Con fecha 08 de enero de 2024, se lleva a efecto la audiencia de contestación y conciliación decretada en autos, con la asistencia del Abogado de la parte demandante MARIO FERNANDO VIVANCO PINO y con la incomparecencia de la parte demandada. El parte demandante solicitó la ratificó la demandada de autos, teniendo el Tribunal por ratificada. En cuanto la contestación de la demanda, y en atención a la incomparecencia de la demanda, la parte demandante solicita tener por contestada en rebeldía de la demandada, teniéndola el Tribunal por contestada en la forma solicitada. El Tribunal llamó a las partes a conciliación, la cual no se produjo en atención a la incomparecencia de la parte demandada. Con fecha 13 de febrero de 2024, se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que obra en autos. Con fecha 04 de septiembre de 2024, se citó a las pa

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C-3452-2023 Foja: 1 FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de Talcaº CAUSA ROL : C-3452-2023 CARATULADO : REYES/ARAYA Talca, treinta de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Con fecha 15 de diciembre de 2023, se presenta NATIVIDAD DE LAS MERCEDES REYES, Empleada, domiciliada en Islas Calbuco N°1795, villa Resbalón, en representación convencional de PATRICI

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