RODRÍGUEZ/CONSTRUCCIONES INTEGRALES G&J SPA
Rol
O-7359-2023
Fecha
4 de noviembre de 2024
Materia
Costas, Despido injustificado, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: PRIMERO: Que, comparecen EDUARDO ANTONIO RODRÍGUEZ OLIVARES, Chileno, Soltero, Enfierrador, Cédula De Identidad Nº18.425.527-8; ARIEL GUILLERMO OYARZÚN GONZÁLEZ, Chileno, Soltero, Enfierrador, Cédula De Identidad Nº10.833.119-4; y ALEJANDRO ANDRÉS BELTRÁN REYES, Chileno, Soltero, Enfierrador, Cédula De Identidad Nº17.108.437-7, todos domiciliados para estos efectos en calle Santa Lucía nº159, oficina 5-A, comuna y ciudad de Santiago, e interponen, en procedimiento ordinario, demanda de despido injustificado, indebido o improcedente, nulidad del despido, cobro de prestaciones e indemnización por lucro cesante, en contra de su ex empleador CONSTRUCCIONES INTEGRALES G&J SPA., del giro de su denominación, RUT 77.686.277-0, representada legalmente por HERMES ARREDONDO TELLO, desconocen nacionalidad, profesión y oficio, cédula de identidad Nº22.125.084-2 o quien la represente, ambos domiciliado en calle AV. Ahumada nº254, departamento 806, comuna y ciudad de Santiago; y de forma solidaria o subsidiaria, según se determine, de conformidad a los Artículos 183-A y siguientes del Código del Trabajo, en contra de la empresa CONSTRUCTORA TIERRA ANDINA LTDA., del giro de su denominación, RUT 76.077.049-3, representada legalmente por don WERNER HAEUSSLER OPAZO, cédula de identidad Nº9.130.332-9, chileno, casado, constructor civil, ambos domiciliados en Av. Presidente Riesco #3265, comuna de Las Condes. Exponen respecto de cada trabajador: ARIEL GUILLERMO OYARZÚN GONZÁLEZ, con fecha 13 de septiembre de 2023, celebró un contrato de trabajo con CONSTRUCCIONES INTEGRALES G&J. EDUARDO ANTONIO RODRÍGUEZ OLIVARES y ALEJANDRO ANDRÉS BELTRÁN REYES, ambos con fecha 21 de septiembre de 2023, celebraron cada uno un contrato individual de trabajo, con CONSTRUCCIONES INTEGRALES G&J SPA., los 2 contratos eran del mismo tenor. Los tres contratos celebrados contenían las mismas estipulaciones. Todos fueron contratados en virtud de un contrato por obra o faena, para desempeñar el cargo
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 7°, 41, 42, 63, 73, 162, 168, 172, 445, 453, 454, 456, 457 y 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que, se rechaza la excepción de falta de legitimación o puesta por la demandada Constructora Tierra Andina II.- Que, se acoge la demanda sólo en cuanto se declara injustificado el despido de los trabajadores demandantes, condenándose a las demandadas en forma solidaria a pagar: 1) A Eduardo Rodríguez: a) $575.000 por indemnización sustitutiva de aviso previo b) $3.328 por diferencia de remuneración. c) Cotizaciones previsionales desde el 21 al 29 de septiembre de 2023, en base a una remuneración de $575.000 2) A Ariel Oyarzun, a) $575.000 por indemnización sustitutiva de aviso previo b) $99.158 por diferencia de remuneración. c) Cotizaciones previsionales desde el 13 al 29 de septiembre de 2023, en base a una remuneración de $575.000 3) A Alejandro Beltrán, a) $575.000 por indemnización sustitutiva de aviso previo b) $53.328 por diferencia de remuneración. c) Cotizaciones previsionales desde el 21 al 29 de septiembre de 2023, en base a una remuneración de $575.000 III.- Que se niega lugar a todo lo demás pedido en la demanda. IV.- Que estas indemnizaciones y prestaciones se deberán pagar más los reajustes e intereses legales que correspondan, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo, según cada caso. V.- Que cada parte pagará sus costas. Regístrese y archíves
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Que, comparecen EDUARDO ANTONIO RODRÍGUEZ OLIVARES, Chileno, Soltero, Enfierrador, Cédula De Identidad Nº18.425.527-8; ARIEL GUILLERMO OYARZÚN GONZÁLEZ, Chileno, Soltero, Enfierrador, Cédula De Identidad Nº10.833.119-4; y ALEJANDRO ANDRÉS BELTRÁN REYES, Chileno, Soltero, Enfierrado
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