VALENCIA/PRODUCTORES GALDAMES CORTEZ LIMITADA
Rol
M-466-2024
Fecha
4 de noviembre de 2024
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia única en procedimiento monitorio en los antecedentes RIT M-466-2024, compareciendo doña Priscilla Stanford Valencia, abogado, en representación de la demandante Evelyn Valencia Rodríguez, y la demandada Productora Galdames Cortez Limitada, representada por Pía Carolina Cortez Irazábal, asistida por las abogadas Yasna Celis González y Gabriela Sixto Celis.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, doña Evelyn Valencia Rodríguez interpuso demanda de declaración de relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones en contra de la sociedad Productora Galdames Cortez Limitada, solicitando tener por interpuesta la demanda, admitirla a tramitación, y acogerla, declarando la existencia de una relación laboral entre las partes, declarar injustificado el despido verbal, nulidad del mismo, y cobro de prestaciones, por los argumentos expuestos, que se dan por reproducidos para estos efectos, con costas. SEGUNDO: Que, interpuesta la demanda referida, el Tribunal accedió a darle tramitación conforme a las normas del procedimiento monitorio, contempladas en los artículos 496 y siguientes del Código del Trabajo, dictando sentencia que rechazó la demanda, la que fue reclamada oportunamente por la demandante, razón por la que se procedió a fijar audiencia única de contestación, conciliación y prueba. TERCERO: Que, la demandada al contestar el libelo deducido en su contra solicitó el rechazo de esta en todas sus partes, con costas, por los argumentos que constan en el registro de audio correspondiente. CUARTO: Que la discusión principal de esta causa dice relación con la declaración de una relación laboral entre la demandante y la demandada, en los términos del artículo 7 y siguientes del Código del Trabajo, y despejado aquello, determinar el despido verbal que dice haber sufrido la actora, pronunciándose luego sobre el pago de las indemnizaciones y prestaciones demandadas. QUINTO: Que, llamadas las partes a conciliación esta no se produjo. SEXTO: Que, habiendo fracasado el llamado a conciliación, en la audiencia única se fijaron como hechos a probar los siguientes: 1. Existencia de relación laboral entre las partes. Extensión temporal de la misma. 2. Funciones desempeñadas por la demandante en el tiempo de vinculación con la demandada. 3. Contraprestación en dinero por el servicio prestado por la actora. 4. En su caso, Prestaciones adeudadas con ocasión del término de servicios. Monto, naturaleza y período. 5. En su caso, estado de pago de las cotizaciones previsionales del periodo trabajado. 6. En su caso, estado de uso y/o compensación del feriado. 7. Forma, fecha, causa y circunstancias del término de la vinculación entre las partes. SÉPTIMO: Que, a fin de acreditar sus pretensiones la demandante rindió documental y confesional. En la audiencia incorporó los siguientes documentos: 1. Pantallazos chat de WhatsApp sostenido entre la demandante Evelyn Valencia y Panamar Bakery (proveedor) de fecha 4 de enero de 2023, 26 de enero de 2023, 5 de febrero de 2023. 2. Factura electrónica N° 2591 de Pan Star Chile SpA. (proveedor), emitida el 5 de diciembre de 2023 a Productora Galdamez, RUT N° 76.075.383-1. 3. Chat de WhatsApp extraído de conversación sostenida entre la demandante Evelyn Valencia y Panamar Bakery (proveedor), desde el 4 de enero de 2023 hasta 4 de enero de 2024. 4. Li
Fallo
se declara: I.- Que, se rechaza en todas sus partes la demanda interpuesta por doña Evelyn Valencia Rodríguez en contra de la Sociedad Productora Galdames Cortez Limitada. II.- Que, no se condena en costas a la demandante por estimarse que ha tenido motivo plausible para litigar. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT M-466-2024 RUC 24-4-0603766-1 Téngase por notificados de esta sentencia a los litigantes atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 457 del Código del Trabajo. Dictada por Don Francisco Javier Cavieres Fernández, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel.
Texto Completo (Preview)
En San Miguel, cuatro de noviembre del dos mil veinticuatro. VISTOS: Que ante este Tribunal se llevó a efecto audiencia única en procedimiento monitorio en los antecedentes RIT M-466-2024, compareciendo doña Priscilla Stanford Valencia, abogado, en representación de la demandante Evelyn Valencia Rodríguez, y la demandada Productora Galdames Cortez Limitada, representada por Pía Carolina Cortez Ir
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