2º Juzgado Civil de Concepción

BANCO DE CHILE/BELTRÁN

Rol

C-5023-2024

Fecha

29 de octubre de 2024

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Que a folio 1, con fecha 10 de julio de 2024, comparecen DANIELA RUBILAR URRUTIA, JAVIER GOMEZ LEIVA, BARBARA PALMA SAN MARTIN e IVAN MARTINEZ ARAYA, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jurídica del giro cobranza a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del BANCO DE CHILE, sociedad anónima bancaria, del giro de su denominación, representada a su vez por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Barros Arana 448 2° piso, comuna de Concepción e interponen demanda ejecutiva en contra de MOISES SEGUNDO BELTRAN SOTO, empleado, domiciliado en calle Atacama 12, población Miramar, comuna de Lota y en Avenida Costanera interior 6274 lote 34, comuna de San Pedro de la Paz, solicitando se ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cantidad de 1708,8764 Unidades de Fomento, en su equivalente en pesos al día del pago efectivo, lo que a esta fecha equivalen a la suma de $64.263.391, según valor de unidad de fomento al día 9 de julio de 2024 más intereses, y disponer se siga adelante hasta hacer a mi representado entero y cumplido pago de todo lo que se le adeuda, con expresa condena en costas. Indican que por escritura pública de compraventa con mutuo e hipoteca de fecha 11 de diciembre de 2019, otorgada ante el Notario Público de Concepcion don Juan Pablo Espinosa Schiappacasse, Notario Público Suplente del titular, don Juan Espinosa Bancalari, el BANCO DE CHILE, dio en mutuo a don MOISES SEGUNDO BELTRAN SOTO, la cantidad de 2.030 Unidades de Fomento, que el demandado se obligó a pagar en el plazo de 240 meses a contar del día 1 de abril de 2020, por medio de igual número de dividendos, mensuales, vencidos y sucesivos, los que comprenderán la amortización y los intereses. Se estipulo, además, que la obligación tiene el carácter de indivisible para todos los efectos

Fundamentos

motivos que le llevaron al incumplimiento, razones ajenas a su voluntad y que pueden demostrarse a través de distintos medios. Afirma que esto fue comprendido, pactando una prórroga para pagar la deuda, indicándole que debía proceder a renegociar la obligación que se intenta cobrar, manifestando esta situación en esta vía y conviniendo en que esto se le notificaría por medio de correo con las condiciones de pago, estableciendo las cuotas adeudadas para pago al final del crédito solicitado. A folio 20, con fecha 13 de septiembre de 2024, se evacúa el traslado conferido, solicitando el ejecutante el rechazo de las excepciones opuestas, con costas, conforme los argumentos esgrimidos en su presentación, los cuales se dan por reproducidos. A folio 21, con fecha 17 de septiembre de 2024,

Fallo

se declaran admisibles las excepciones opuestas y se reciben a prueba. A folio 26, con fecha 17 de octubre de 2024 se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1°. Que DANIELA RUBILAR URRUTIA, JAVIER GOMEZ LEIVA, BARBARA PALMA SAN MARTIN e IVAN MARTINEZ ARAYA, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A., persona jurídica del giro cobranza a terceros, representada por su gerente general don Mario Sandoval Hidalgo, ingeniero comercial, representante convencional del BANCO DE CHILE, sociedad anónima bancaria, del giro de su denominación, representada a su vez por su gerente general don Eduardo Ebensperger Orrego, ingeniero comercial, todos domiciliados para estos efectos en calle Barros Arana 448 2° piso, comuna de Concepción, interpusieron demanda ejecutiva en contra de MOISES SEGUNDO BELTRAN SOTO, empleado, domiciliado en calle Atacama 12, población Miramar, comuna de Lota y en Avenida Costanera interior 6274 lote 34, comuna de San Pedro de la Paz, solicitando se ordene despachar mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la cantidad de 1708,8764 Unidades de Fomento, en su equivalente en pesos al día del pago efectivo, lo que a esta fecha equivalen a la suma de $64.263.391, según valor de unidad de fomento al día 9 de julio de 2024 más intereses, y disponer se siga adelante hasta hacer a mi representado Código: XFXVXQGPECV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl entero y c

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Concepci nó CAUSA ROL : C-5023-2024 CARATULADO : BANCO DE CHILE/BELTR NÁ Concepción, veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO Que a folio 1, con fecha 10 de julio de 2024, comparecen DANIELA RUBILAR URRUTIA, JAVIER GOMEZ LEIVA, BARBARA PALMA SAN MARTIN e IVAN MARTINEZ ARAYA, abogados, mandatarios judiciales de Socofin S.A.

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