BRAVO/SEGURIDAD PRIVADA S4G SPA
Rol
O-1404-2024
Fecha
4 de noviembre de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 27 de febrero de 2024 don VICTOR HUGO BRAVO REYES, rut 11.174.532-3, guardia de seguridad y portero, domiciliado en calle Caspana Nº320, departamento A-31, comuna Quilicura, Santiago, comparece deduciendo demanda en Procedimiento de Aplicación General por Despido improcedente y cobro de prestaciones en contra de SEGURIDAD PRIVADA S4G SPA, del giro servicios de seguridad privada prestados por empresas, representada legalmente por doña Patricia Carola Santibañez González, se ignora profesión u oficio o por quien haga sus veces en virtud del artículo 4 del Código del Trabajo, ambos domiciliados en Pasaje Río Cachapoal Nº765, comuna Quilicura, ciudad Santiago, y además, se interpongo demanda por su responsabilidad solidaria en las obligaciones laborales, de acuerdo a las normas contenidas en los artículos 183-A y siguientes del Código del Trabajo, en contra de EMPRESA CONSTRUCTORA BRAVO E IZQUIERDO LIMITADA, del giro de actividades, construcción de edificios para uso residencial, venta al por mayor de materiales de construcción, artículos de ferretería, representada legalmente por don Luis Héctor Bravo Herreros, ignoro profesión u oficio, o, ambos con domicilio en calle Badajoz N°45, piso 13, comuna Las Condes, ciudad Santiago, de TERRAMAYOR SPA, del giro de construcción de edificios para uso residencial y construcción de carreteras y líneas de ferrocarril, representada legalmente por Don Jaime Andrés Toro Kusanovich, ambos con domicilio en Avda. Kennedy N°7440, oficina 519, comuna Vitacura, ciudad Santiago, y en contra de CONSTRUCTORA CERRO APOQUINDO CUATRO S.A., del giro de construcción de edificios para uso residencial, representada legalmente por don Alvaro Effa Ruttimann, abogado, y/o por don Wiilliam Foster Clavijo, ingeniero comercial, todos con domicilio en calle Luis Pasteur Nº5280, oficina 401, comuna Vitacura, ciudad Santiago. La demandada principal fue debidamente emplazada, en forma personal subsidiaria con fecha 6 de marzo de 2024.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, mediante el ejercicio deducida, la parte demandante pide que se tenga por interpuesta demanda en procedimiento de aplicación general por despido injustificado, indebido e improcedente y cobro de prestaciones laborales en contra de contra de la empresa SEGURIDAD PRIVADA S4G SPA. Funda su pretensión en que 01 de marzo de 2015, comenzó a prestar servicios bajo subordinación y dependencia en los términos del artículo 7º del Código del Trabajo para la empresa señalada como guardia de seguridad – portero, en diversas instalaciones a las que fue asignado, percibiendo una última remuneración para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, por la cantidad de $587.208. Añade que fue objeto de un despido el 16 de noviembre de 2023, invocándose como causal, la de necesidades de la empresa. Dicho despido es injustificado y se le adeuda las prestaciones que reclama. En Virtud De Lo Expuesto, lo dispuesto en los artículos 159, 161, 162 y 168 del Código del Trabajo, demás disposiciones legales citadas y demás aplicables,
Fallo
se resuelve que: I.- Que, se declara injustificado el despido de don VICTOR HUGO BRAVO REYES, y, en consecuencia, la empresa SEGURIDAD PRIVADA S4G SPA,y en consecuencia deberá pagar lo siguiente: I.- Prestaciones por despido injustificado: a) indemnización sustitutiva por falta de aviso previo, por la cantidad de $587.208.-; b) indemnización por 9 años de servicio, equivalente a 9 remuneraciones, por la cantidad de $5.284.872; y, c) recargo legal del 30% de la indemnización por años de servicios de conformidad a lo establecido en el artículo 168 inciso primero letra a) del Código del Trabajo, por la cantidad de $1.585.462. II.- Prestaciones laborales: a) Remuneración de 16 días del mes de noviembre de 2023, por la cantidad de $313.178.; b) feriado legal 2021-2022 equivalente a 21 días de remuneraciones, por la cantidad de $402.500; c) feriado legal 2022-2022 equivalente a 21 días de remuneraciones, por la cantidad de $402.500; d) feriado proporcional del período comprendido entre el 01 de marzo de 2023 hasta el 16 de noviembre de 2023, equivalente a 14,875 días de remuneración, por la cantidad de $285.104.- ; e) Cotizaciones de seguridad social en A.F.P. Capital S.A., en A.F.C. CHILE S.A. y en Fonasa de 16 días del mes de noviembre de 2023. III.- Todo lo anterior con reajustes e intereses de acuerdo a lo ordenado en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo; y, IV.- Costas, regulándose las costas personales en la suma de $ 1.000.000.- Ejecutoriada que sea la presente se
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO Ordinario Audiencia presencial FECHA 04/11/2024, Santiago RUC 24- 4-0553163-8 RIT O-1404-2024 CARATULADO BRAVO/SEGURIDAD PRIVADA S4G SPA MAGISTRADO LUZ ADRIANA CELEDON BULNES ADMINISTRATIVO DE ACTAS María Victoria Escobar Vega HORA DE INICIO 11:12 HORA DE TERMINO 11:36 SALA 4.3 Nº REGISTRO DE
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica