CLÍNICA ALEMANA DE SANTIAGO S.A./OSSANDÓN
Rol
C-9191-2023
Fecha
29 de octubre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 31 de mayo de 2023, comparece don EDUARDO BELMAR GARC AÍ , abogado, en representaci n convencional deó CLINICA ALEMANA DE SANTIAGO S.A., sociedad comercial del giro de su denominaci n, representada legalmente por do a Mar a Cristinaó ñ í Winter Silva, Ingeniera Comercial y don Mathias Anwandter Beckhaus, Ingeniero Civil; gerentes, domiciliados en Avenida Paseo Bulnes N 107,º oficina 25, comuna y ciudad de Santiago, quien interpone demanda en juicio ejecutivo cobro de pagar , en contra de do a é ñ CLAUDIA OSSANDON FIGUEROA, se ignora profesi n u oficio, domiciliada enó Couperin 2858, comuna de Pedro Aguirre Cerda, Regi n Metropolitana.ó Funda su demanda en que su representado es due o del ñ Pagar Né º 330714, por la suma de $4.888.381.-, suscrito por la ejecutada, cuyo vencimiento es el d a 27 de marzo de 2023, y cuya firma se encuentraí debidamente autorizada en la notar a de Santiago de don Alberto Mozoí Aguilar. Código: WEBDXQFKZXV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-9191-2023 Foja: 1 Manifiesta que se estipul que en el caso de mora o simple retardo enó el pago del pagar , se devengar a desde la fecha de la mora o del simpleé í retardo y hasta la fecha del pago ntegro y efectivo, un inter s penal igual alí é corriente a la fecha de la mora o del simple retardo para operaciones de cr dito de dinero en moneda nacional, no reajustables, de plazo inferior aé 90 d as, establecido por la Superintendencia de Bancos e Institucionesí Financieras, inter s que se calcular a y pagar a sobre el saldo totalé í í adeudado. Indica que el deudor no ha dado cumplimiento a la obligaci nó contra da, toda vez que no ha efectuado el pago de lo adeudado, í a la fecha de su vencimiento, esto es al d a í 27 de marzo de 2023, por lo que el capital adeudado asciende a la suma de $4.888.381.- m s intereses yá costas. Se ala que la firma del suscriptor se encuentra autorizada por unñ Notario P blico;
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece don Eduardo Belmar Garc a, abogado,í en representaci n convencional de ó CLINICA ALEMANA DE SANTIAGO S.A., quien interpone demanda en juicio ejecutivo cobro de pagar en contra de do a é ñ CLAUDIA OSSANDON FIGUEROA, todos ya individualizados, se admita a tramitaci n y se ordene despacharó mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por ó la suma de $4.888.381.- por concepto de capital, m s los intereses y reajustesá pactados, devengados y los que se devenguen hasta el d a del exacto eí ntegro pago de la obligaci n, requerir de pago al deudor y disponer se sigaí ó adelante esta ejecuci n hasta que a su representada se le haga entero yó cumplido pago de lo adeudado, con expresa condena en costas. Se funda para ello en los antecedentes de hecho y derecho que han sido rese ados en lo expositivo de este
Fallo
por tanto, conforme loí ñ expuesto, la acci n cambiaria que emana del mismo prescrib a reci n conó í é fecha 27 de marzo del a o 2024, lo que no ocurri , atendida la notificaci nñ ó ó y requerimiento de pago que se realiz con fecha 24 de octubre de 2023. ó Sin perjuicio de lo anterior, destaca que, para el llenado de la fecha de vencimiento del documento, la ejecutante se ci rigurosamente alñó mandato especial que le fue otorgado por la parte ejecutada y que consta al reverso del pagar discutido, acompa ado en la demanda. é ñ Lo anterior lo fundamenta a lo regulado en el art culo 11 de la leyí 18.092, que autoriza expresamente a cualquier tenedor leg timo de una letraí de cambio o pagar para incorporar, antes del cobro del documento, lasé disposiciones que establece el art culo 102 del mismo cuerpo legal,í sujet ndose en todo ello a las instrucciones que haya recibido de losá obligados al pago de la letra o pagar .é Concluye que, en el mencionado mandato especial, suscrito por la contraparte, se faculta expresa y especialmente para que Cl nica Alemanaí de Santiago S.A., en su calidad de leg tima y autorizada tenedora delí Pagar , lo llene respecto de la fecha de vencimientoé y cantidad adeudada, ello en virtud de lo dispuesto en la ley N. 20.394, que permite a losº prestadores de salud para que puedan solicitar entre otras la suscripci n– – ó de un pagar con el objeto de garantizar el pago de prestaciones de salud,é Código: WEBDXQFKZXV Este documento tiene firma electrónica y
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C-9191-2023 Foja: 1 FOJA: 0 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 21 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-9191-2023 CARATULADO : CL NICA ALEMANA DE SANTIAGOÍ S.A./OSSAND NÓ Santiago, veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, con fecha 31 de mayo de 2023, comparece don EDUARDO BELMAR GARC AÍ , abogado, en representaci n convencional deó CLINICA ALEMANA DE SANTIAGO S.A
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