2º Juzgado de Letras de Quillota

ANGLOAMERICAN SUR S.A./INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE QUILLOTA

Rol

I-20-2024

Fecha

4 de noviembre de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos: 1.- "No contar con pisos y escaleras de tránsito en buen estado y conservación, que aseguren un seguro desplazamiento de los trabajadores, tanto en las tareas normales, como en situaciones de emergencia; en las secciones o áreas de trabajo que a continuación se indican: a.- Sección Alimentador de molino SAG, escaleras de acceso al alimentador correa 30-03, peldaños de hormigón desgastados productos del tránsito y la humedad, lo que puede provocar una caída de trabajadores. b.- Sección molienda convencional, falta de rodapié en parte de la escalera de metal, lo que puede provocar una caída de las personas. Tales hechos configuran incumplimientos a las condiciones legales de saneamiento básico y provocan desprotección a la vida y saluda de los trabajadores, al estar propensos a accidentes que eventualmente los incapaciten”. 2.- “No proteger ni mantener las instalaciones eléctricas de los lugares de trabajo, de acuerdo a las normas establecidas por la autoridad competente, al no acreditar con los documentos o certificados correspondientes las características de protección a las condiciones ambientales, sección molienda convencional molino de bola N°9, se detectó fuga de agua que humedece tablero eléctrico energizado. Tal hecho constituye incumplimiento a las condiciones generales de seguridad de los lugares de trabajo e implica no tomar las medidas necesarias para proteger la vida, salud y en general la integridad física de los trabajadores”. 3.- “No contar con los servicios higiénicos “2 baños químicos ubicados en la sección planta lechada de cal” en buenas condiciones de limpieza, jabón líquido para la limpieza de manos, con sistemas higiénicos desechables para el secado de manos y con papal higiénico. Tal hecho constituye incumplimiento a las condiciones legales de saneamiento básico en los lugares de trabajo e implica no tomar las medidas necesarias para proteger la salud e higiene de los trabajadores”. 4.- “No proteger todas las partes móviles, transmis

Fundamentos

considerando: Primero. Comparece Andrés Garrido Osorio, abogado, cédula de identidad N°7.870.205-2, en representación de la empresa Anglo American Sur S.A., Rol Único Tributario N°77.762.940-9 ambos con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea N°2800, piso 46, comuna de Las Condes, Santiago, e interpone reclamación judicial respecto de la Resolución de Multas 3914/24/41 Nos 1, 2, 3, 4, 5, y 6, dictada el día 06 de junio de 2024, en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Quillota, representada por su Jefe Provincial don Carlos Retamal Martínez, ignora profesión u oficio, o quién legalmente la subrogue o reemplace, ambos con domicilio en Maipú N°185, comuna de Quillota, por la cual se cursaron a su representada las multas administrativas 3914/24/41 Nos 1, 2, 3, 4, 5 y 6 de 60 UTM cada una, solicitando sean dejadas sin efecto, por haberse dictado con manifiestos errores de hecho y de derecho; o en su defecto, aquellas que el mérito del proceso así lo ameriten. En subsidio, se rebaje la totalidad de las multas, o todas aquellas que el tribunal determine. Se fundamenta, señalando que con motivo de la fiscalización llevada a cabo por el Inspector del Trabajo, Sr. Marcelo Muñoz Zamora, en dependencias de su representada, se solicitó una serie de antecedentes a objeto de contrastarlos con las materias denunciadas, además de realizar una visita a las instalaciones de la Compañía en El Soldado. Finalizada la fiscalización, fue notificada de la Resolución de Multas 3914/24/41 Nos 1, 2, 3, 4, 5 y 6, de fecha 06 de junio de 2024, y en virtud de la cual se le cursaron 6 multas de 60 UTM cada una. En la Resolución 3914/24/41 Nos 1, 2, 3, 4, 5 y 6, el fiscalizador habría constatado los siguientes hechos: 1.- "No contar con pisos y escaleras de tránsito en buen estado y conservación, que aseguren un seguro desplazamiento de los trabajadores, tanto en las tareas normales, como en situaciones de emergencia; en las secciones o áreas de trabajo que a continuación se indican: a.- Sección Alimentador de molino SAG, escaleras de acceso al alimentador correa 30-03, peldaños de hormigón desgastados productos del tránsito y la humedad, lo que puede provocar una caída de trabajadores. b.- Sección molienda convencional, falta de rodapié en parte de la escalera de metal, lo que puede provocar una caída de las personas. Tales hechos configuran incumplimientos a las condiciones legales de saneamiento básico y provocan desprotección a la vida y saluda de los trabajadores, al estar propensos a accidentes que eventualmente los incapaciten”. 2.- “No proteger ni mantener las instalaciones eléctricas de los lugares de trabajo, de acuerdo a las normas establecidas por la autoridad competente, al no acreditar con los documentos o certificados correspondientes las características de protección a las condiciones ambientales, sección molienda convencional molino de bola N°9, se detectó fuga de agua que humedece tablero eléctrico energizado. Tal hecho constituye incumplimiento

Fallo

por tanto, son teóricas las conclusiones a que arriba el fiscalizador. c.- Insistimos, al igual que todas las instalaciones y actividades de la Compañía, se cuenta con todos los estándares exigidos por la legislación, para las faenas mineras, además de las políticas de seguridad de la Compañía. d.- En consecuencia, la multa que fue cursada en contra de su representada el día 06 de junio de 2024, mediante resolución de multa 3914/24/41 N°1 fue dictada con un error manifiesto de hecho, debiendo ser dejada sin efecto por US. 2.- “No proteger ni mantener las instalaciones eléctricas de los lugares de trabajo, de acuerdo a las normas establecidas por la autoridad competente, al no acreditar con los documentos o certificados correspondientes las características de protección a las condiciones ambientales, sección molienda convencional molino de bola N°9, se detectó fuga de agua que humedece tablero eléctrico energizado. Tal hecho constituye incumplimiento a las condiciones generales de seguridad de los lugares de trabajo e implica no tomar las medidas necesarias para proteger la vida, salud y en general la integridad física de los trabajadores”. a.- Lo que se reprocha también erróneamente respecto de mi representada, es no proteger ni mantener las instalaciones eléctricas de acuerdo a las normas establecidas por la autoridad competente, lo que no es efectivo. b.- Y estas circunstancias constituirían un incumplimiento, respecto de lo cual no estamos de acuerdo. c.- Insistimos,

Texto Completo (Preview)

PROCEDIMIENTO : Ordinario. MATERIA : Reclamación de Multa Administrativa RECLAMANTE : Anglo American Sur S.A. RECLAMADO : Inspección Provincial del Trabajo de Quillota RIT : I-20-2024 RUC : 24-4-0592056-1 Quillota, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro. Vistos, oído y considerando: Primero. Comparece Andrés Garrido Osorio, abogado, cédula de identidad N°7.870.205-2, en representación de la

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica