JARA/IMPORTADORA Y COMERCIALIZADORA MAURICIO ALEJANDRO LEYTON CISTERNA EIRL
Rol
M-43-2024
Fecha
4 de noviembre de 2024
Materia
Despido injustificado
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · NO HAY HECHOS CONTROVERTIDOS X · SENTENCIA ART. 453 No 4 inc 2do. X · RECEPCION DE PRUEBAS X · EXAMEN DE ADMISIBILIDAD DE PRUEBAS X · OFRECE PRUEBA DEMANDANTE X · DOCUMENTAL DEMANDANTE X · OFRECE PRUEBA DEMANDADO X · DOCUMENTAL DEMANDADO X · DILIGENCIAS DECRETADAS X Se deja constancia que las demandadas, IMEC CHILE EIRL. y ADMINISTRADORA DE TURISMO ROSA AGUSTINA LTDA., encontrándose legalmente notificadas no comparecen a la presente audiencia. Atendida la incomparecencia de las demandadas, se tiene por contestada en rebeldía la demanda, y por frustrado el llamado a conciliación. Solicitud de sentencia: La parte demandante, en atención a que la demandada ha sido legalmente emplazada para comparecer a esta audiencia y no lo ha hecho, y entendiendo a que no se ha contestado la demanda en forma expresa, no existen hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, motivo por el cual, solicita dictar sentencia de inmediato y al hacerlo haga aplicación de lo dispuesto en el artículo 453 N° 1 inciso 7°, en orden a tener por tácitamente admitidos contenidos en la demanda y en definitiva dictar sentencia, acogiendo la misma en los términos expuestos en el petitorio, con costas. El tribunal resuelve: Estando en pleno conocimiento la parte demandada de la realización de la audiencia del día de hoy y no habiendo comparecido y habiéndose tenido por contestada la demanda en su rebeldía, se hace aplicación de lo dispuesto en el artículo 453 N° 3 inciso segundo del Código del Trabajo y no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos el tribunal procede a dictar sentencia. Dictación y notificación de sentencia: Quillota, a cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Se procede a la dictación y notificación de la sentencia, se deja constancia que el registro íntegro de la misma se encuentra grabado en audio, transcribiéndose sólo su parte resolutiva, en conformidad con lo dispuesto en Acta 71-2016, de la Excelentísima Corte Suprema. Por las consideraciones anotadas y visto además lo consignado en los artículos 1 a 11, 62, 63, 162, 163, 183 a, c y d, 446, 496, y siguientes del Código del Trabajo, 1698 del Código Civil
Fallo
se declara: I.- Que, se acoge la demanda deducida por don RICARDO SOFANOR JARA NEIRA, RUT N° 9.387.453-6, en contra de IMEC CHILE EIRL, RUT N° 76.386.805-2, representada por don Mauricio Leyton Cisternas, y solidariamente en contra de ADMINISTRADORA DE TURISMO ROSA AGUSTINA LTDA., RUT N° 77.327.430-4, representada por don Humberto Ríos Lama, todos ya individualizados, en todas sus partes, en consecuencia, se condena solidariamente a las demandadas a pagar al actor: 1.- La remuneración de siete días del mes de julio de 2024, por la suma de $271.598.- 2.- Por concepto de feriado proporcional devengado desde el 22 de noviembre de 2023 al 07 de julio de 2024, la suma de $504.396.- II.- Se declara que el despido de que fue objeto el trabajador es nulo, que no ha producido el efecto de poner término al contrato de trabajo, y se condena a las demandadas al pago de las cotizaciones de seguridad social y de remuneraciones devengadas desde la separación, ocurrida el 07 de julio de 2024 hasta la convalidación del despido, a razón de una remuneración mensual ascendente a $1.163.991.- Se aclara que las cotizaciones de seguridad social lo son desde el inicio de la prestación de servicios. III.- Las sumas ordenadas pagar deberán ser con reajustes e intereses de conformidad con lo dispuesto en artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- Se condena en costas a las demandadas las que se regulan en un diez por ciento de las sumas ordenadas pagar debidamente reajustadas. Téngase a las part
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACION, CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 04 DE NOVIEMBRE DE 2024.- RUC 24-4-0613145-5 RIT M-43-2024. MAGISTRADO PATRICIA ZAVALA ASTUDILLO. ADMINISTRATIVO DE ACTAS Marjorie Jorquera Césped. HORA DE INICIO 11,35 HORAS. HORA DE TERMINO 11,55 HORAS. Nº REGISTRO DE AUDIO 2440613145-5-97 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE RICARDO
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