MENARES/
Rol
V-225-2023
Fecha
30 de octubre de 2024
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: A folio 1, con fecha 16 de agosto de 2023, comparece en autos Enrique Anibal Apezetche Menares, abogado, en representación convencional de Paula Antonia Menares Alfonsi, estudiante, domiciliada en calle la Cantana Nº 7585, comuna de la Florida, cédula nacional de identidad Nº 20.325.970-0, quien solicita se le autorice el cambio de sus nombres y apellidos, en el sentido de reemplazar sus nombres “Paula Antonia” por “Azul”, y cambiar el orden de sus apellidos “Menares Alfonsi”, por “Alfonsi Menares”, quedando en definitiva como Azul Alfonsi Menares, fundando su petición en las consideraciones de hecho y derecho que se consignan en los párrafos siguientes. En principio explica detalladamente los
Fundamentos
motivos de su solicitud, los que son de carácter privado. Seguidamente, asevera que desde hace más de 9 años, es conocida como Azul Alfonsi Menares por su entorno social. Previas citas legales al artículo 1, letra b) de la Ley 17.344, pide tener por interpuesta solicitud de cambio de nombre, acogerla en todas sus partes, y disponer en definitiva se rectifique su partida de nacimiento, en el sentido de indicarse en ella que la inscrita es Azul Alfonsi Menares. A folio 7, por resolución de fecha 20 de septiembre de 2023, se dio curso a la solicitud. A folio 8, con fecha 10 de octubre de 2023, se agregó a los autos información sumaria de testigos, rendida el día 4 del mismo mes y año. A folio 10, con fecha 25 de octubre de 2023, se agregó a los autos informe evacuado por el Servicio de Registro Civil e Identificación respecto a la solicitante. A folio 12, con fecha 31 de octubre de 2023, se agregó a los autos informe evacuado por el Ministerio Público de Chile. A folio 14, con fecha 7 de noviembre de 2023, se agregó a los autos informe evacuado por Carabineros de Chile. A folio 18, con fecha 10 de junio de 2024, se agregó a los autos informe evacuado por Policía de Investigaciones de Chile. A folio 22, con fecha 4 de julio de 2024, se agregó publicación de la solicitud de marras efectuada en el Diario Oficial el día 2 de mayo del mismo año. Código: FQDXXQMGCVU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A folio 26, con fecha 13 de agosto de 2024, se certificó la no oposición de terceros a la presente solicitud. A folio 30, por resolución de fecha 3 de octubre de 2024, se trajeron los autos para fallo. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, a folio 1, con fecha 16 de agosto de 2023, comparece en autos Enrique Anibal Apezetche Menares, abogado, en representación convencional de Paula Antonia Menares Alfonsi, quien solicita se le autorice el cambio de sus nombres y apellidos, en el sentido de reemplazar sus nombres “Paula Antonia” por “Azul”, y cambiar el orden de sus apellidos “Menares Alfonsi”, por “Alfonsi Menares”, quedando en definitiva como Azul Alfonsi Menares, fundando su petición en los motivos ya reseñados en lo expositivo de esta sentencia. Segundo: Que, el artículo 1°, inciso 2° de la Ley 17.344, que autoriza el cambio de nombre o apellidos, señala que “sin perjuicio de los casos en que las leyes autorizan la rectificación de las inscripciones del Registro Civil, o el uso de nombre y apellidos distintos de los originales a consecuencia de una legitimación, legitimación adoptiva o adopción, cualquiera persona podrá solicitar, por una sola vez, que se le autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez: b) cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios”. Tercero: Que, se desprende de la norma citada, para que el Tribunal pueda acceder a la soli
Fallo
se declara: - Que se acoge la solicitud. En consecuencia, se ordena rectificar por el Oficial Civil, Circunscripción de San Antonio del Servicio de Registro Civil e Identificación, la inscripción de nacimiento N° 348, del año 2000, correspondiente a “Paula Antonia Menares Alfonsi” cédula nacional de identidad N° 20.325.970-0, en el sentido de indicar en ella, que la inscrita es Azul Alfonsi Menares. Regístrese, dese copia y archívese los antecedentes en su oportunidad. Rol V-225-2023.- Código: FQDXXQMGCVU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Pronunciada por Daniel Platt Astorga, Juez Suplente del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de octubre de dos mil veinticuatro Código: FQDXXQMGCVU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-30T08:59:37-0300
Texto Completo (Preview)
NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-225-2023 CARATULADO : MENARES/ Santiago, treinta de octubre de dos mil veinticuatro Vistos: A folio 1, con fecha 16 de agosto de 2023, comparece en autos Enrique Anibal Apezetche Menares, abogado, en representación convencional de Paula Antonia Menares Alfonsi, estudiante, domiciliada en calle la Cantana Nº 7585,
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica