PARANCÁN/RADONICH
Rol
C-1003-2023
Fecha
29 de octubre de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, en el folio 1, Pedro Venegas Villavicencio, chileno, casado, correo electr nico pedrovenegas@silvayvenegas.com, en representaci n de do a Luz Mar aó ó ñ í Paranc n Melipill n, chilena, casada, de don Jos Eliseo Paranc n Melipill n, chileno,á á é á á casado, y de do a Mar a Clotilde Paranc n Melipill n, chilena, casada, todos conñ í á á domicilio para estos efectos en Avenida Bulnes 112, de la comuna y ciudad de Punta Arenas, deduce demanda de prescripci n adquisitiva por el bien inmueble queó individualiza en contra de la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas, RUT 69.250.000-0, representada legalmente por don Claudio Radonich Jim nez, ambos domiciliados paraé estos efectos en Plaza Mu oz Gamero N 745, de la comuna y ciudad de Punta Arenas;ñ ° en virtud de los argumentos de hecho y derecho que expone. ANTECEDENTES DE HECHO: A.- EN CUANTO AL INICIO DE LA POSESION REGULAR Se ala que los padres de sus representados, don Jos Custodio Paranc n Ma adoñ é á ñ y do a Mar a Filomena Melipill n Paranc n, adquirieron un inmueble socialñ í á á aproximadamente en el a o 1982. ñ Indica que de ello se deja constancia en Asignaci n de vivienda de emergencia y“ ó promesa de compraventa suscrita por don Jorge Vega Germain, entonces alcalde de la” Ilustre Municipalidad de Punta Arenas y do a Mar a Filomena Melipill n Paranc n,ñ í á á documento de fecha 11 de septiembre del a o 1981. ñ Menciona que el sitio fue asignado como vivienda b sica de emergencia del loteoá ubicado en poblaci n Chorrillos, y en el p rrafo s ptimo de dicha escritura se mencionaó á é que el t tulo de dominio de la propiedad que se asigna se entregar por la Ilustreí á Municipalidad de Punta Arenas una vez que est totalmente pagado el inmueble de queé se hace entrega en dicho acto. Afirma que esta situaci n nunca se materializ , a pesar deó ó que no se adeudaba absolutamente nada. Expone que el mencionado inmueble tiene los siguientes deslindes: al NORTE en 12,80m. con calle Teniente Serrano; al SUR,
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en el folio 1, Pedro Venegas Villavicencio, en representaci nó de do a Luz Mar a Paranc n Melipill n, de don Jos Eliseo Paranc n Melipill n, y deñ í á á é á á do a Mar a Clotilde Paranc n Melipill n, deduce demanda de prescripci n adquisitivañ í á á ó por el bien inmueble que individualiza, en contra de la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas, representada legalmente por don Claudio Radonich Jim nez, todos yaé individualizado, por las razones de hecho y derecho rese adas en la expositiva, las que señ dan por expresamente reproducidas, por econom a procesal.í SEGUNDO: Que, en el folio 8, la demandada contest la demanda.ó ANTECEDENTES PREVIOS Se ala que el actor deduce demanda de prescripci n adquisitiva conforme a loñ ó dispuesto en el art culo 2492 y siguientes del C digo Civil, en contra del Municipio, ení ó virtud de los siguientes argumentos: Refiere que indica que, en cuanto al inicio de la posesi n regular del inmueble,ó los padres de sus representados, don Jos Custodio Paranc n Ma ado y do a Mar aé á ñ ñ í Filomena Melipillan Paranc n, adquirieron un inmueble social aproximadamente en elá a o 1982. ñ Agrega que de ello se deja constancia en Asignaci n de vivienda de emergencia“ ó y promesa de compraventa suscrita por don Jorge Vega Germain, entonces alcalde de” la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas y do a Mar a Filomena Melipillan Paranc n,ñ í á documento de fecha 11 de septiembre del a o 1981. ñ Se ala que adem s expresa que el sitio fue asignado como vivienda b sica deñ á á emergencia del loteo ubicado en poblaci n Chorrillos, y en el p rrafo s ptimo de dichaó á é escritura se menciona que el t tulo de dominio de la propiedad que se asigna, seí entregar por la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas una vez que est totalmenteá é pagado el inmueble de que se hace entrega en dicho acto, y que esa situaci n nunca seó materializo, a pesar de que no se adeudaba absolutamente nada. Detalla que el inmueble tiene los siguientes deslindes: al NORTE en 12,80m. con calle Teniente Serrano; al SUR, 12,80 m. con sitio 5 de la presente subdivisi n; aló ORIENTE, 12,78m. con sitio 7 de la presente subdivisi n; y al PONIENTE, 12,78 m.ó con calle Callao. Adem s, refiere que al fallecimiento de don Jos Custodio Paranc n Ma ado, seá é á ñ realiza posesi n efectiva, la cual fue debidamente concedida por el Primer Juzgado deó Letras de Magallanes, seg n consta en expediente ROL N 18699, consign ndose que elú º á Código: URQLXQBZXUU Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl causante tuvo su ltimo domicilio en esta ciudad en calle Callao N mero cientoú ú cincuenta y tres, falleci el d a veintiocho de noviembre de mil novecientos noventa. ó í Indica que el inventario solemne se protocolizo en la notar a de esta ciudad deí don Jos Vergara Villarroel, el treinta y uno de agosto de dicho a o, con el n meroé ñ ú ciento treinta y cuatro, y en el figuran acciones y derechos sobre
Fallo
Se declara que se concede en cuanto a lugar y en derecho la“ posesi n efectiva de la herencia intestada quedada al fallecimiento de don Jos Custodioó é Paranc n Ma ado y/o Jos Custodio Paranc n, a favor de sus nicos herederos sus hijosá ñ é á ú leg timos, don Jos Rupercio, do a Mar a Clotilde, don Jos Aladino, don Jos Eliseo,í é ñ í é é do a Mar a Clementina, don Carlos Enrique, do a Luz Mar a, don Jos Alberto, do añ í ñ í é ñ Roxana del Carmen y don Cristian Eduardo todos Paranc n Melipillan, sin perjuicio deá los derechos que le corresponden en su calidad de c nyuge sobreviviente a do a Mar aó ñ í Filomena Melipillan y/o Mar a Filomena Melipillan Paranc n. Se declara adem s que elí á á causante, pensionado que tuvo su ltimo domicilio en esta ciudad en calle Callaoú N mero ciento cincuenta y tres, falleci el d a veintiocho de noviembre de milú ó í novecientos noventa.- Se orden la inscripci n por auto de fecha trece de Septiembre deó ó este a o, del mismo Juzgado.- El inventario solemne se protocolizo en la notaria de estañ ciudad de don Jos Vergara Villarroel, el treinta y uno de agosto de este a o, con elé ñ n mero ciento treinta y cuatro, y en el figuran acciones y derechos sobre un inmuebleú ubicado en esta ciudad, en calle Callao n mero ciento cincuenta y tres, actualmente sinú t tulo de dominio y en tramitaci n de regularizaci n ante la Ilustre Municipalidad deí ó ó Punta Arenas. ” Expresa que los hijos y herederos del matrimonio fallecido, a los cuales se pretende tam
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Punta Arenasº CAUSA ROL : C-1003-2023 CARATULADO : PARANC N/RADONICHÁ Punta Arenas, veintinueve de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS: Que, en el folio 1, Pedro Venegas Villavicencio, chileno, casado, correo electr nico pedrovenegas@silvayvenegas.com, en representaci n de do a Luz Mar aó ó ñ í Paranc n Melipill n, chilena, casa
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