SABIONCELLO/VERISURE CHILE SPA.
Rol
T-936-2024
Fecha
4 de noviembre de 2024
Materia
Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Denuncia (folio 9). Compareció don ALFREDO ALEJANDRO SABIONCELLO VIVIANO, cédula de identidad Nº 9.037.207-6, ingeniero, domiciliado en La Cornisa Nº 750, comuna de Concón, e interpuso denuncia en procedimiento de tutela laboral en contra de VERISURE CHILE SpA, rol único tributario Nº 76.058.647-1, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don Eduardo Dorado Arana, cédula de identidad Nº 21.247.664-1, ambos con domicilio en Enrique Foster sur Nº 20, oficina 301, comuna de Las Condes. Solicita que, en definitiva, se declare que fue víctima de discriminación conforme a lo prescrito en el artículo 2 inciso cuarto del Código del Trabajo, condenando a la contraria al pago de las indemnizaciones y demás prestaciones indicadas, o las sumas mayores o menores que se determine de acuerdo al mérito del proceso: 1) Indemnización equivalente a 11 remuneraciones del actor, que señala el artículo 489 inciso tercero del Código del Trabajo: $19.056.444. 2) Todas las sumas antes expresadas devengaran los reajustes e intereses establecidos por los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. 3) Las costas del juicio. Expone que ingresó a prestar servicios para la demandada, de forma indefinida con fecha 1 de mayo del año 2023. Se desempeñaba como gestor de grandes cuentas de la demandada, en forma permanente hasta la fecha en que fue despedido con vulneración a sus derechos fundamentales y de forma improcedente, ilegal y arbitrariamente. Su remuneración promedio para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, ascendía a $1.732.404, entendiéndose que esta era de carácter variable. El 26 de enero del año 2024 fue despedido por conforme lo estipulado en el artículo 161 inciso primero, esto es, necesidades de la empresa, causal que no corresponde en la forma, puesto que realmente la razón fue no haber firmado anexo de contrato de trabajo que modificaba el contrato de trabajo, el que provocaba un desmedro en sus remuneraciones. Manifiesta q
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Audiencia preparatoria. Que en la audiencia preparatoria se verificaron los siguientes trámites procesales: Llamado a conciliación: resultó frustrado. Hechos pacíficos: 1) El demandante fue contratado el 1 de mayo de 2023 para desempeñarse como gestor de grandes cuentas. 2) La demandada puso término a los servicios del actor con fecha 26 de enero de 2024, o invocando para ello la causal establecida en inciso 1° del artículo 161 del Código del Trabajo. Hechos controvertidos: 1) Remuneración pactada y efectivamente percibida, rubros de que se componía. 2) Efectividad de haber incurrido la demandada en las conductas que se imputan como constitutivas de vulneración de derechos fundamentales al tenor del relato contenido en la demanda. Circunstancias. SEGUNDO: Medios de prueba del demandante. Que el demandante incorporó los siguientes medios de prueba: Documental 1. Contrato de trabajo entre las partes, de fecha 2 de mayo de 2023. 2. Anexo de contrato de trabajo entre las partes de fecha 2 de mayo de 2023. 3. Anexo de contrato de trabajo ofrecido a don Alfredo Sabioncello Viviano, parte por la demandada, de fecha 1 de enero de 2024. 4. Carta de despido de fecha 26 de enero de 2024. Confesional Se solicitó la declaración de don Eduardo Dorado Arana, en su calidad de representante legal de la denunciada, bajo apercibimiento legal, quien no compareció. La demandante pide hacer efectivo el apercibimiento legal. Testimonial Prestó declaración, previo juramento de decir verdad, don Andrés Enrique Duarte Lecaros, cédula de identidad N° 15.634.971-2. Exhibición de documentos La demandada exhibe a la demandante: 1) contratos de trabajo y anexos entre las partes; 2) liquidaciones de sueldo de toda la relación laboral. TERCERO: Medios de prueba de la demandada. Que la demandada incorporó los siguientes medios de prueba: Documental 1. Copia del contrato de trabajo y sus respectivos anexos del actor. 2. Copia de la carta término de la relación laboral y sus anexos de envíos. 3. Copia de liquidaciones de remuneraciones de mayo de 2023 a enero 2024. 4. Copia de finiquito suscrito por el demandante de autos. 5. Copia de informe de ventas. 6. Copia de mail de fecha 7 de febrero de 2024. Confesional Quedó constancia del desistimiento de este medio de prueba. Testimonial Prestó declaración, previo juramento de decir verdad, don Gustavo Adolfo Rojas Rodríguez, cédula de identidad N° 16.647.673-9. CUARTO: Remuneración. Que el demandante percibía sueldo base de $728.000, gratificación legal $182.083 y asignación de movilización $50.000, de manera fija y permanente. También percibía haberes variables en promedio comisiones por venta $158.333 y semana corrida $49.121. Todos esos haberes suman $1.167.537, lo que se acredita con las liquidaciones de octubre, noviembre y diciembre de 2023. No se consideran, por su carácter esporádico, el bono mensual ventas propias, percibido en octubre, y la diferencia de sueldo gratificación enero-ag
Fallo
Por tanto, la denuncia de tutela será rechazada. SEPTIMO: Valoración de la prueba. Que la prueba se apreció según la sana crítica. Se desestima el mérito de la copia de informe de ventas y de la copia de mail de fecha 7 de febrero de 2024, considerando su irrelevancia para el establecimiento de los hechos y conclusiones respectivas. Se rechaza la petición de la demandante, de hacer efectivo el apercibimiento legal a propósito de la prueba confesional, haciendo presente que se trata de una facultad del Tribunal, la que se estima innecesaria ejercer atendido el mérito del proceso. OCTAVO: Costas. Que cada parte pagará sus costas. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 7°, 420, 423, 446 a 462, 485 a 495 del Código del Trabajo; se resuelve: I) Que se rechaza la denuncia en procedimiento de tutela laboral interpuesta por don ALFREDO ALEJANDRO SABIONCELLO VIVIANO, cédula de identidad Nº 9.037.207-6, en contra de VERISURE CHILE SpA, rol único tributario Nº 76.058.647-1, representada legalmente por don Eduardo Dorado Arana, cédula de identidad Nº 21.247.664-1, y se declara que esta no incurrió en la lesión de derechos fundamentales denunciada. II) Que cada parte pagará sus costas. Devuélvase la prueba documental, una vez ejecutoriada la sentencia. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RUC: 24-4-0564369-K RIT: T-936-2024 Pronunciada por don Jorge Luis Escudero Navarro, Juez suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiag
Texto Completo (Preview)
Sentencia definitiva RIT: T-936-2024 RUC: 24-4-0564369-K __________________/ Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro. VISTO: Denuncia (folio 9). Compareció don ALFREDO ALEJANDRO SABIONCELLO VIVIANO, cédula de identidad Nº 9.037.207-6, ingeniero, domiciliado en La Cornisa Nº 750, comuna de Concón, e interpuso denuncia en procedimiento de tutela laboral en contra de VERISURE CHILE SpA,
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