GONZÁLEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR
Rol
C-3737-2024
Fecha
28 de octubre de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
Visto: I.- De la demanda declarativa de prescripción extintiva. En lo principal de la presentación de 8 de agosto de 2024, que se lee en el folio 1, rectificada a folio 5, compareció doña Edith Juana González Cárdenas, cédula nacional de identidad N°8.133.364-5, jubilada, domiciliada en Pasaje Puchuncaví N°48, paradero 6, población Bosques de Santa Julia, comuna de Viña del Mar, quien interpuso demanda declarativa de prescripción extintiva de deuda por derechos de aseo municipal, contra la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, rol único tributario N°69.061.000-0, persona jurídica de derecho público, representada por su alcaldesa doña Macarena Carolina Ripamonti Serrano, cédula nacional de identidad N°17.993.305-5, abogada, ambas domiciliadas en calle Arlegui N°615, comuna de Viña del Mar, por las consideraciones de hecho y
Fundamentos
fundamentos de Derecho que se pasan a exponer. Primeramente, aseveró que, según consta en el certificado de dominio con vigencia acompañado a su presentación, es dueña de una vivienda ubicada en la calle Ocho N°2158, sector Santa Inés, comuna de Viña del Mar, inscrita a fojas 7332, vuelta número 8264, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar, del año 2017, rol de avalúo N⁰00243-00053. Hizo presente que, al 24 de abril de 2024, según consta en informe de giros adeudados que acompañó, adeuda por concepto de convenio de cobro de aseo la suma de $690.571 (seiscientos noventa mil, quinientos setenta y un pesos). Explico que la falta de pago señalada se debe a que no tiene los medios económicos suficientes para pagar dicha deuda, ya que es jubilada y recibe una pensión de $112.383 (ciento doce mil, trecientos ochenta y tres pesos) mensuales, siendo este monto insuficiente para cubrir sus necesidades básicas, como la compra de alimentos y el pago de suministros esenciales. Sostuvo que la razón por la cual busca que se declare la prescripción de deuda de aseo municipal es que el Tribunal determine que la deuda por convenio de cobro de aseo, que comprende desde enero de 2013, hasta enero de 2014, por Código: JHQTXQHWFYT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3737-2024 un monto total de $690.571 (seiscientos noventa mil, quinientos setenta y un pesos), ya no son exigibles, puesto que la acciones se encuentran prescritas. Señaló que tomó conocimiento de dicha deuda al momento que se le informó los giros adeudados por parte de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, no obstante, jamás se le ha cobrado de forma ni judicial ni extrajudicialmente, presentándose una completa inactividad por parte del acreedor de la obligación ya señalada. Refirió que todas las deudas singularizadas correspondientes a los años 2013 y 2014, alcanzan un monto de $690.571, las cuales detalló en el siguiente cuadro: Deudas por convenio de cobro de aseo Año Fecha de giro Fecha de vencimiento Cuota Monto 2013 29 de enero 29 de enero 29 de enero 29 de enero 29 de enero 29 de enero 29 de enero 29 de enero 29 de enero 29 de enero 29 de enero 28 de febrero 28 de marzo 28 de abril 28 de mayo 28 de junio 28 de julio 28 de agosto 28 de septiembre 21 de noviembre 28 de noviembre 28 de diciembre C01/12 C02/12 C03/12 C04/12 C05/12 C06/12 C07/12 C08/12 C09/12 C10/12 C11/12 $59.718 $59.310 $58.941 $58.428 $58.383 $58.722 $57.436 $56.999 $56.566 $55.994 $55.598 2014 29 de enero 28 de enero C12/12 $55.076 Total: $690.571 En cuanto al derecho, invocó los artículos 2492, 2493, 2514, 2515 y 2521 del Código Civil, reproduciendo su contenido al efecto. Código: JHQTXQHWFYT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3737-2024 Con todo,
Fallo
en mérito de lo expuesto, en especial los artículos 2492, 2493, 2514, 2515 y 2521 del Código Civil, y demás cuerpos legales que correspondan, solicitó tener por interpuesta demanda en juicio ordinario declarativo de prescripción extintiva de las acciones de cobro de derechos de aseo municipal, en procedimiento ordinario de menor cuantía, en contra de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, representada legalmente por doña Macarena Carolina Ripamonti Serrano, ya individualizadas, por las acciones de cobro derivadas de los derechos de aseo municipal correspondientes a los años 2013 y 2014, que al día de su presentación poseen más de cinco años de antigüedad. II.- De la notificación de la demanda y su proveído. Conforme consta del estampe agregado en el folio 14, por el señor receptor judicial, don Eduardo Arturo Reed Schroeder, se practicó la notificación personal subsidiaria de la demanda y su proveído a la demandada Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, a través de su representante legal, doña Macarena Ripamonti Serrano, en el domicilio ubicado en calle Arlegui N°615, comuna de Viña del Mar. III.- Del allanamiento formulado por la parte demandada. Mediante la presentación de 12 de septiembre de 2024, que se lee en el folio 15, compareció don Francisco R. Brain Brain, abogado, cédula nacional de identidad N°6.609.673- 4, en representación convencional de la Ilustre Municipalidad de Viña del Mar, corporación de derecho público, ambos domiciliados en Arlegui 615, comuna d
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C-3737-2024 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado Civil de Viña del Mar CAUSA ROL : C-3737-2024 CARATULADO : GONZÁLEZ/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VIÑA DEL MAR Viña del Mar, veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. Visto: I.- De la demanda declarativa de prescripción extintiva. En lo principal de la presentación de 8 de agosto de 2024, que se lee en el folio 1, rectificada a fol
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