ANONIMIZADO
Rol
C-862-2025
Fecha
7 de mayo de 2025
Materia
DIVORCIO DE COMUN ACUERDO
Resultado
No especificado
Fallo
se resuelve: Ha lugar a resolver de plano dictándose la sentencia que a continuación se agrega: Al primer y segundo otrosí: Por acompañado el acuerdo regulador de las partes en la forma que indican y los documentos que indica. Al cuarto otrosí: Téngase presente patrocinio y poder conferido por las partes. Al quinto otrosí: Ha lugar forma de notificación....
Texto Completo (Preview)
Valparaíso, a siete de mayo de dos mil veinticinco. Téngase presente, provéase demanda. A lo principal y tercer otrosí: Por interpuesta solicitud de DIVORCIO DE COMÚN ACUERDO. Con el mérito de lo dispuesto en el artículo 64 bis de la Ley 19.968, modificada por la Ley 21.394; revisados los antecedentes y documentos fundantes de la demanda de autos, se resuelve: Ha lugar a resolver de plano dictándo
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica