1º Juzgado de Letras de Coquimbo

BANCO DE CHILE/CORTÉS

Rol

C-1253-2024

Fecha

25 de octubre de 2024

Materia

ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos substanciales, pertinentes y controvertidos: 1.-) Efectividad de que la parte demandante entregó a la demandada en arrendamiento el vehículo minibús marca Mercedes Benz modelo V 220 CDI, usado, año 2015, placa patente GYPW 96. En la afirmativa, fecha y contenido del citado contrato. 2.-) Cumplimiento que la parte demandada ha dado al citado contrato, muy especialmente en lo concerniente al pago de las rentas. Hechos y circunstancias. 3.-) Efectividad que el codemandado don Marco Antonio Cortés Madariaga, se constituyó dentro del contrato de arrendamiento como fiador y codeudor solidario de la parte demandada de las obligaciones emanadas del citado contrato. Código: XNBUXQLFBHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO Tercero: Que en apoyo de su pretensión el demandante acompañó los siguientes documentos: A folio 01: 1.-) Copia autorizada con firma electrónica avanzada de instrumento privado de 10 de diciembre del año 2020, protocolizado con fecha 07 de enero del año 2021 bajo el número 12, repertorio número 45, en la Cuarta Notaría de Coquimbo de Reinaldo Villalobos Pellegrini (código de verificación: 12346800265; verifique validez en www.fojas.cl). 2.-) Copia autorizada con firma electrónica avanzada de instrumento privado de fecha 10 de marzo del año 2023, protocolizado con fecha 27 de marzo del año 2023 bajo el número 198, en la Cuarta Notaría de Coquimbo de don Reinaldo Villalobos Pellegrini (código de verificación: 12346817348; verifique validez en www.fojas.cl). 3.-) Copia autorizada de factura número 458 emitida por Transporte de Pasajeros y Turismo Valeska Contreras Mundaca E.I.R.L. con fecha 11 de diciembre del año 2020 por la suma de $ 21.800.000-. 4.-) Copia autorizada de Acta de entrega del bien arrendado de fecha 11 de diciembre del año 2020, suscrita por la demandada. 5.-) Liquidación de fecha 14 de mayo del año 2024 respecto de la operación númer

Fallo

Por lo expuesto precedentemente, se tendrá por acreditado el primer requisito de la acción deducida en autos. Sexto: Que estando acreditada la existencia del contrato de arrendamiento y su contenido, corresponde a continuación establecer si la demandada de autos dio o no cumplimiento al pago de las rentas de arrendamiento reclamadas en el libelo digital de fecha 02 de junio de 2024. En efecto, tal como se desprende del citado libelo pretensor, la parte demandada adeudaría a la fecha de presentación de la demanda, las rentas desde la número 9, con vencimiento el 10 de noviembre del año 2023 en adelante, con un canon cada una de $ 545.158.-, más Impuesto al Valor Agregado. Así las cosas, el demandante de autos viene a solicitar la terminación anticipada del contrato de arrendamiento, exigir la restitución del bien arrendado y el pago de las rentas vencidas, con los respectivos recargos, que correspondería a la suma de $ 18.167.562.-, por concepto de rentas impagas vencidas y futuras y la opción de compra, más intereses moratorios e IVA. Séptimo: Que habiéndose evacuado el trámite de contestación de la demanda, en rebeldía de la demandada -hecho procesal que se conoce en doctrina como la contestación ficta de la demanda- ha de entenderse, desde el punto de vista procesal, que la demandada ha controvertido todos Código: XNBUXQLFBHT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO y cada uno

Texto Completo (Preview)

PRIMER JUZGADO DE LETRAS COQUIMBO PROCEDIMIENTO: JUICIO DE ARRENDAMIENTO MATERIA: ARRENDAMIENTO, ART. 607 CPC (A18A) ROL C-1253-2024 DEMANDANTE: BANCO DE CHILE DEMANDADO 1: MP INGENIERÍA Y SERVICIOS SpA DEMANDADO 2: MARCO ANTONIO CORTÉS MADARIAGA CITACIÓN A OÍR SENTENCIA: 05 DE SEPTIEMBRE DE 2024 Coquimbo, veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro. V i s t o; Consta en carpeta digital que, c

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