GONZÁLEZ/EUROMONITOR INTERNATIONAL SOUTH AMERICA SPA
Rol
M-2982-2024
Fecha
29 de octubre de 2024
Materia
Despido injustificado, Otras Indemnizaciones, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · CONCILIACIÓN (llamado) X · 1. TOTAL - · 2. PARCIAL - · RECIBE LA CAUSA A PRUEBA X · OFRECE E INCORPORA PRUEBA X · 1. DEMANDADA · · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL X · C.TESTIMONIAL X · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA - · 1. DEMANDANTE · · A. DOCUMENTAL X · B. CONFESIONAL - · C.TESTIMONIAL - · D. OTROS MEDIOS DE PRUEBA - · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · SENTENCIA X RELACIÓN DE LOS HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, esta no se produce. El Tribunal propone como base de acuerdo la suma de $3.200.000, correspondiente aproximadamente al 60% del recargo legal y 50% de la AFC. La parte demandada no tiene instrucciones para conciliar, por lo tanto la parte demandante no se pronuncia respecto de la base propuesta por el Tribunal. HECHOS NO CONTROVERTIDOS: 1. La existencia de la relación laboral entre VERÓNICA CONSTANZA GONZÁLEZ SALAZAR con EUROMONITOR INTERNATIONAL SOUTH AMERICA SpA. 2. Que el vínculo contractual se inicia el día 15 de diciembre de 2020 y se extiende hasta el día 30 de abril del año 2024. 3. Que la actora se desempeñaba como business development consulting para la parte demandada. 4. Que la actora fue despedida con fecha 30 de abril del año 2024 por la causal de necesidades de la empresa del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo. 5. La remuneración de la actora por $3.353.578.- 6. Que el aporte del AFC arriba a la suma de 2.765.970.- HECHO CONTROVERTIDO: 1. Efectividad de los hechos indicados en la carta de término de contrato, antecedentes, pormenores y circunstancias. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDADA OFRECE E INCORPORA PRUEBA: Documental: 1. Contrato de Trabajo de celebrado entre Verónica González Salazar y Euromonitor International South América SpA. de fecha 15 de diciembre de 2020. 2. Anexo de contrato de trabajo celebrado entre Verónica González Salazar y Euromonitor Internati
Fundamentos
Fundamentos constan audio. Exclusión parte demandada: Se allana respecto de documento N° 8. Respecto de documento N° 14, solicita el rechazo de la solicitud de exclusión. Fundamentos constan audio. Tribunal Resuelve: En cuanto a documento N° 8, atendido el allanamiento efectuado por la parte demandada, se acoge la objeción y se excluye. Respecto de documento N° 14, se deja constancia que el documento se encuentra en idioma extranjero para efectos de valoración atenido normativa legal respectiva y se rechaza exclusión. Fundamentos constan en audio. El Tribunal tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental. Confesional: · No comparece. Debido a que la absolvente de la parte demandante no comparece, la parte demandada solicita que se haga efectivo el apercibimiento legal correspondiente. Tribunal Resuelve: Déjese su resolución para definitiva. Testimonial: · Previa individualización y juramento, declaran: 1. Ximena Alejandra Contardo Curín, cédula nacional de identidad N° 15.368.854-0. 2. Eytan Sarria Kohen, cédula nacional de identidad N° 18.020.800-3. MEDIOS DE PRUEBA: PARTE DEMANDANTE OFRECE E INCORPORA PRUEBA: Documental: 1. Acta de comparendo de conciliación, ante la Dirección del Trabajo, de fecha 28 de junio de 2024. 2. Contrato de trabajo, junto a 02 anexos al contrato de trabajo, todos de fecha 15 de diciembre de 2020. 3. Carta de comunicación de término de contrato de trabajo, de fecha 30 de abril de 2024. 4. Finiquito de fecha 30 de abril de 2024, suscrito con reserva de derechos. 5. 02 capturas de pantalla, actualización de empleo de Facundo Chiozza como solutions consulting executive en Euromonitor Internacional en aplicación Linkedin. (SE DESISTE). El Tribunal tiene por ofrecida e incorporada la prueba documental. Confesional: · Se desiste. Otros medios de prueba: Exhibición de documentos: · Se desiste. OBSERVACIONES A LA PRUEBA: Se deja constancia que se efectuó el trámite de observaciones a la prueba por la parte demandante y por la parte demandada. Consta íntegramente en audio. RECESO: El Tribunal dispone un receso hasta las 13:00 horas del día de hoy para la dictación de la sentencia en la presente causa. CONSTANCIA: Se deja constancia que el Tribunal procederá a dictar sentencia en este acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 62 inciso 3° del acta 71 de la Excelentísima Corte Suprema, se transcribirá sólo la parte resolutiva, constando la sentencia en su integridad en registro de audio. SENTENCIA: Santiago, veintinueve de octubre del año dos mil veinticuatro. VISTOS, CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO (Demanda): Que comparece VERÓNICA CONSTANZA GONZÁLEZ SALAZAR, cédula de identidad 15.242.514-7, con domicilio en La Macarena 34, depto 403, comuna de Las Condes, que interpone demanda en procedimiento monitorio por despido injustificado y cobro de prestaciones en contra de EUROMONITOR INTERNACIONAL SOUTH AMERICA SpA, RUT 76.027.547-6, representada legalmente por don Pedro Luis Ávila Gonzál
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 7, 8, 9, 61, 162, 163, 168, 169, 496 a 501 del Código del Trabajo y 13 de la ley 19.728, se declara lo siguiente: I. Que SE RECHAZA la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones interpuesta por doña VERÓNICA CONSTANZA GONZÁLEZ SALAZAR en contra de EUROMONITOR INTERNACIONAL SOUTH AMERICA SpA, representada legalmente por don Pedro Luis Ávila González, por los fundamentos esgrimidos en el Considerando Octavo de la presente sentencia. II. Que no se condena en costas a la parte demandante, por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. RIT : M-2982-2024 RUC: 24-4-0587431-4 Dictada en audiencia por don RAMON DANILO BARRIA CARCAMO, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, en subrogación ante el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago por instrucciones de la Ilustrisima Corte de Apelaciones de Santiago. Siendo las 13:21 horas, se pone término a la presente audiencia. Dirigió la audiencia don RAMON DANILO BARRIA CARCAMO, Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago en subrogación ante el 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago por instrucciones de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se enc
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia Híbrida) FECHA 29 de octubre de 2024, Santiago. RUC 24-4-0587431-4 RIT M-2982-2024 CARATULADO GONZÁLEZ/EUROMONITOR INTERNATIONAL SOUTH AMERICA SPA MAGISTRADO RAMON DANILO BARRIA CARCAMO ADMINISTRATIVA DE ACTA Francisca Solis Lezaeta HORA DE INICIO 10:23 RECESO 11:48-13:04 HORA
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