2º Juzgado Civil de Santiago

TELECHEQUE COBRANZAS S.A./CARSOL SERVICIOS LTDA

Rol

C-18796-2023

Fecha

25 de octubre de 2024

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 25 de enero de 2023, previa gesti n preparatoria, compareceó Leonardo Gonz lez Campos, abogado, cedula nacional de identidad N 9.757.904-0, coná ° domicilio en Avenida Tobalaba N 819, Providencia, Santiago, actuando a nombre y en° representaci n convencional de la sociedad ó TELECHEQUE COBRANZAS SOCIEDAD AN NIMAÓ , sociedad del giro Inversi n y Rentistas de Capitalesó Mobiliarios, Rut N 77.864.330-8, representada legalmente por do a Rosario Eguiguren° ñ Esp nola, empresaria, c dula nacional de identidad n mero 13.028.152-4; por don Juaní é ú Carlos Esp nola De La Vega, empresario, c dula nacional de identidad n meroí é ú 5.390.537-4 y por don Jos Miguel Esp nola De La Vega, empresario, c dula nacionalé í é de identidad n mero 6.078.923-7, todos con domicilio en Avenida Tobalaba N 819,ú ° comuna de Providencia, ciudad de Santiago, interponiendo demanda ejecutiva en contra de la sociedad CARSOL SERVICIOS LIMITADA., Rut N 76.135.638-0, del giro° venta elaboraci n y conservaci n de frutas, legumbres y hortalizas, representadaó ó legalmente por don Pedro Antonio Carrasco Moreno, Rut N 7.908.926-5, ignora° profesi n u oficio, ambos con domicilio en Avenida La Dehesa N 1201, Oficina N 612,ó ° º Comuna de Lo Barnechea, Torre Norte, Ciudad de Santiago. Expone que es mandatario judicial de la sociedad Telecheque Cobranzas Sociedad An nima, para el cobro de factura, cedida en cobranza a su representada poró parte de la sociedad LINDE HIGH LIFT CHILE S.A., que suman la cantidad de $18.166.247.- (Dieciocho millones ciento sesenta y seis mil doscientos cuarenta y siete) pesos. Notificado el cobro de las facturas en la gesti n preparatoria, el demandado noó efectu el pago en el mismo acto o dentro de tercero d a, ni ha alegado la falta deó í entrega de las mercader as o prestaci n del servicio ni la falsificaci n material de lasí ó ó facturas ni impugn los documentos por alguna de las causales contempladas en eló art culo 5 de la letra d) de la Ley 19.983, ha qu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, notificada y requerida legalmente de pago, la parte ejecutada opuso a la ejecuci n las excepciones de los n meros 2 y 11 todas del art culo 464 deló ú í C digo de Procedimiento Civil.ó SEGUNDO: Que, la primera excepci n opuesta por el ejecutado es la contenidaó en el n mero 2 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, la falta deú í ó capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezca ení ó su nombre, sosteniendo que TELECHEQUE es mandataria para el cobro judicial de“… la factura de la sociedad LINDE HIGH LIFT CHILE S.A (en adelante LINDE )…” “ ” sociedad esta ltima que habr a emitido la factura en su contra. Indica que por otroú í lado, TELECHEQUE se dice representada por do a Rosario Eguiguren Espinosa, Juanñ Carlos Esp nola de la Vega y don Jos Miguel Esp nola de la Vega, pero como consta ení é í autos, en lo que ha personer as respecta, la ejecutante solo ha acompa ado al proceso“ í ” ñ la escritura p blica a la que se redujo una acta de sesi n de directorio (N 160) de laú ó ° sociedad TELECHEQUE por el cual los directores otorgan mandato al Sr Leonardo Carrasco Campos y una escritura p blica de Mandato judicial otorgada por LINDE alú Sr. Leonardo Carrasco Campos. Dado que quien act a en el proceso (TELECHEQUE)ú es simple mandataria de la sociedad acreedora (LINDE), es claro entonces que los“ ” documentos que se han acompa ado al proceso resultan ser insuficientes para acreditarñ que la primera tiene la representaci n de la segunda para actuar y cobrar en estos autos.ó Esto, porque de los documentos aludidos solo constar a que dichas sociedades otorgaroní Código: DDBJXQMEDCT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-18796-2023 Foja: 1 un mandato judicial al Sr. Leonardo Carrasco Campos, lisa y llanamente. En suma no hay un mandato de LINDE a TELECHEQUE y consecuentemente no consta en autos que la ltima pueda cobrar por la primera, o que tenga la representaci n de la primera.ú ó Adicionalmente, esos mismos documentos resultan ser insuficientes para acreditar quienes son los representantes de TELECHEQUE y que se afirma, en estrados el acta de sesi nó de directorio da cuenta de que la Sra. Eguiguren siquiera resulta ser directora de la sociedad y no se ha acompa ado personer a alguna de los nombrados para actuar por lañ í sociedad. TERCERO: Que, la parte ejecutante evacuando en tiempo y forma el traslado conferido, precis que en estos autos fueron acompa ados los documentos fundantes deó ñ la representaci n invocada, por lo que la excepci n en an lisis no procede.ó ó á CUARTO: Que, se constata en autos que fue acompa ado por la parteñ ejecutante los siguientes documentos: Mandato Judicial otorgado con fecha 13 de Enero de 2020, ante Notario de Santiago don Luis Ignacio Manquihual Mery, en que consta el mandato judicial otorgado por Linde High Lift Chile S.A. a Leonardo Andr s Gonzalezé Campos y a las Socied

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES y visto, adem s, lo dispuesto en losá art culos 160, 170, 434 N 4, 438, 464, 466, 468, 469, 471 del C digo de Procedimientoí ó Civil; 1698 del C digo Civil y disposiciones pertinentes de la Ley 19.496, Ley 18.010 yó Ley N 18.092, ° SE RESUELVE: I.- Que, SE RECHAZAN las excepciones de los n meros 2 y 11 del art culoú í 464 del C digo de Procedimiento Civil, opuestas por la ejecutada, en su escrito de fechaó 5 de abril de 2024, por lo que debe seguir adelante la ejecuci n hasta hacerse entero yó cumplido pago de lo adeudado a la ejecutante. II.- Que se condena en costas a la parte ejecutada. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. ROL: 18796-2023 DICTADO POR DO A MONTSERRAT ORTIZ SILVA, JUEZÑ SUBROGANTE DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro Código: DDBJXQMEDCT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-18796-2023 Foja: 1 Código: DDBJXQMEDCT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2024-10-25T08:30:37-0300

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C-18796-2023 Foja: 1 FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-18796-2023 CARATULADO : TELECHEQUE COBRANZAS S.A./CARSOL SERVICIOS LTDA Santiago, veinticinco de octubre de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 25 de enero de 2023, previa gesti n preparatoria, compareceó Leonardo Gonz lez Campos, abogado, cedula nacional de identidad N 9.757

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