Juzgado de Letras y Gar.de Combarbalá

AGUIRRE /

Rol

V-227-2023

Fecha

25 de octubre de 2024

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Luis Alberto Aguirre Tapia, chileno, casado, trabajador independiente, RUT 7.289.268-2, La Jarilla casa S/N, Combarbalá, presentó a folio 1 con fecha 22 de marzo del año 2023, la manifestación minera de 20 pertenencias mineras de 5 hectáreas cada una, abarcando una área total de 100 hectáreas denominadas “DON LUIS 1 AL 20", la que se tuvo por presentada al Tribunal con la mencionada fecha, y tendrá la forma de un cuadrado cuyo punto de interés tiene por coordenadas UTM Norte 6.559.800,00 metros y Este 289.000,00 metros, en terrenos abiertos e incultos ubicados en sector La Jarilla, comuna de Combarbala, Provincia de Limarí, Región de Coquimbo. SEGUNDO: Que, la manifestación se inscribió el 27 de marzo de 2023, de Fs. 106 vta. a Fs. 107 N° 79, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Combarbalá, correspondiente al año 2023, según consta a folio 04 de autos. TERCERO: Que, la manifestación y la solicitud de mensura antes referidas se publicaron con fecha 05 de abril de 2023 y 13 de noviembre de 2023, respectivamente, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, según obra en el expediente se mensuró las pertenencias DON LUIS 1 AL 4, con un total de 16 hectáreas y con fecha 19 de agosto de 2024, ORD. Nº 2173/2024, el Servicio Nacional de Geología y minería informó lo siguiente: “1. Que el perito ha cumplido con el envío a este Servicio Nacional de la cartera de terreno y las planillas de cálculos, de acuerdo al reglamento y a las normas impartidas por este Organismo, correspondiente a la mensura de las pertenencias DON LUIS 1 AL 4, solicitadas por AGUIRRE TAPIA LUIS ALBERTO, mensuradas el 30/05/2024, ubicadas en LA JARILLA, comuna de COMBARBALÁ, provincia de LIMARÍ, región de COQUIMBO con un total de 16 hectáreas. 2. Que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. 3. En terreno se comprobó que el hito de mensura y los linderos vértices L1, L2, L3 y L4 han sido correctamente colocados.”. QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias mineras de la operación de mensura, denominadas “DON LUIS 1 AL 4” materia de esta concesión, son: VERTICE NORTE ESTE P. I. 6.559.800,00 289.000,00 L 1 6.560.000,00 288.860,00 L 2 6.560.000,00 289.260,00 Código: XXRKXQLFNXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl L 3 6.559.600,00 289.260,00 L 4 6.559.600,00 288.860,00 SEXTO: Que no habiendo oposición ni caducidad que resolver, existiendo informe técnico favorable y cumpliéndose los presupuestos legales se acogerá la manifestación como se dirá. Y VISTO además lo dispuesto en los artículos 85 y 87 del Código de M

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE APRUEBA el acta y plano de mensura del grupo de 4 pertenencias denominadas “DON LUIS 1 AL 4”, Rol Nacional N° 04205-2873-6, con una superficie total de 16 hectáreas y se declaran constituidas las referidas pertenencias a favor de don LUIS ALBERTO AGUIRRE TAPIA, ya individualizado, e inscrita , de Fs. 106 vta. a Fs. 107 N° 79, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Combarbalá, correspondiente al año 2023. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Combarbalá y remítase copia del plano al Conservador de Minas, para su archivo. IV.- Hágase entrega al interesado del original del plano y de una copia del acta de mensura a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese y en su oportunidad, archívese. ROL Nº V-227-2023.- Dictada por doña MARÍA ALEJANDRA RÍOS TEILLIER, Jueza Titular del Primer Juzgado de Letras de Ovalle, subrogando legalmente en el Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Combarbalá. En Combarbalá, a veinticinco de octubre de dos mil veinticinco, notifiqué por el estado diario de hoy la sentencia que antecede. Código: XXRKXQLFNXS Este documento tiene firma electrónica y su origin

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ROL Nº : V-227-2023.- MATERIA : Manifestación Minera “DON LUIS 1 AL 20”.- SOLICITANTE : LUIS ALBERTO AGUIRRE TAPIA.- Combarbalá, a veinticinco de octubre de dos mil veinticinco. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Luis Alberto Aguirre Tapia, chileno, casado, trabajador independiente, RUT 7.289.268-2, La Jarilla casa S/N, Combarbalá, presentó a folio 1 con fecha 22 de marzo del año 2023, la m

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