BK SPA/SERVICIOS CARRASCO HERMANOS LIMITADA
Rol
C-16732-2023
Fecha
24 de octubre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparecen PAUL ABOGABIR MÉNDEZ y ORLANDO CATALÁN GOLOTT, en representación de sociedad BK SpA, sociedad del giro de inversiones y financiamiento, todos domiciliados en Avenida Apoquindo N° 3721, Piso 15, Oficina 151, Las Condes, entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de SERVICIOS CARRASCO HNOS LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por Mario Andrés Carrasco Ríos, como deudora principal, y en contra de MARIO ANDRÉS CARRASCO RÍOS, ignora profesión u oficio, en calidad de avalista y codeudor solidario, todos domiciliados en Las Heras N° 1585, Rio Bueno, por el cobro de la suma de $ 6.935.621, más intereses convencionales pactados y devengados que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. Funda la demanda en que su mandante es dueña de un pagaré del que los ejecutados son deudores, desde la cuota vencida el 05 de junio de 2023. Código: GLXKXQXPXXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-16732-2023?? ? Foja: 1 Indica que la firma del suscriptor fue autorizada por notario público, por lo que el pagaré constituye título ejecutivo, la deuda es líquida, actualmente exigible, y la acción no se encuentra prescrita. A folio 76 (5E), consta la notificación de la demanda a ambos ejecutados, practicada conforme al artículo 44 del C.P.C., con fecha 24 de septiembre de 2024. A folio 6 (6E) del apremio, consta el requerimiento de pago con fecha 25 del mismo mes. A folio 67, los ejecutados opusieron la excepción contenida en el N° 17 del artículo 464 del C.P.C, fundado en lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley 18.092. A folio 69, la ejecutante evacuó el traslado, solicitando el rechazo de la excepción. A folio 72, se declaró admisible la excepción opuesta, se omitió recibirla a prueba y se citó a las partes a oír sentencia. CON L
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se dijo, comparecen PAUL ABOGABIR MÉNDEZ y ORLANDO CATALÁN GOLOTT, en representación de sociedad BK SpA, entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de SERVICIOS CARRASCO HNOS LIMITADA, como deudora principal, y en contra de MARIO ANDRÉS CARRASCO RÍOS, en calidad de avalista y codeudor solidario, por el cobro de la suma de $ 6.935.621, más intereses convencionales pactados y devengados que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. Código: GLXKXQXPXXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-16732-2023?? ? Foja: 1 ऀFunda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del
Fallo
fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, los ejecutados opusieron la excepción contemplada en el N° 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, por los motivos ya expresados en lo expositivo, solicitando que se deseche la demanda de autos en su totalidad, con costas. TERCERO: Que, en orden a acreditar sus dichos, la parte ejecutante acompañó al proceso el título ejecutivo en que funda la ejecución, custodiado en Secretaría del tribunal bajo el N° 10199-2023, cuyo tenor es el siguiente: Pagaré en Pesos – Sin Obligación de Protesto, Folio N° 032260, emitido el 23 de diciembre de 2020, suscrito por Claudia Andrea Martínez Toro, en representación de BK SpA, actuando esta como mandataria de SERVICIOS CARRASCO HNOS LTDA. como deudora principal y de Mario Carrasco Rios, como avalista y codeudor solidario, por la cantidad de $ 13.437.262, pagadero en 48 cuotas iguales, desde el 05 de febrero de 2021. Se liberó al tenedor de la obligación de protesto y se pacto cláusula de aceleración. La firma del suscriptor, en la calidad que compareció, fue autorizada por notario público, actuación realizada con fecha 23 de diciembre de 2020. 2.- Copia de “Mandato Especial, Servicios Carrasco Hnos Limitada a BK SpA”, de fecha 23 de diciembre de 2020 CUARTO: Que, resulta oportuno destacar que, el juicio ejecutivo es un procedimiento contencioso especial que Código: GLXKXQXPXXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validad
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C-16732-2023?? ? Foja: 1 FOJA: 37 .- .- NOMENCLATURA??: 1. [40]Sentencia?? JUZGADO ???: 1º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL???: C-16732-2023 CARATULADO??: BK SPA/SERVICIOS CARRASCO HERMANOS LIMITADA Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro ???????? VISTOS: A folio 1, comparecen PAUL ABOGABIR MÉNDEZ y ORLANDO CATALÁN GOLOTT, en representación de sociedad BK SpA, soci
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