RIFFO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO
Rol
C-2101-2024
Fecha
24 de octubre de 2024
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 comparece don Abraham Andrés Riffo Saldes, chileno, soltero, independiente, cédula de identidad Nº15.666.378-6, quien interpone demanda ordinaria de prescripción de extintiva de las acciones de cobro y derecho a percibir impuesto por concepto de permiso de circulación en contra de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, persona jurídica de Derecho Público, RUT N°69.072.700-5, representada legalmente por su Alcalde, don Christopher Antonio White Bahamondes, RUN N°15.400.920-5, ambos domiciliados en Eyzaguirre N°450, comuna de San Bernardo, por las razones de hecho y derecho que expone. En cuanto a los hechos, señala que es propietario del vehículo HBXZ.91-9, marca NISSAN, año 2015, modelo QASHQAI 1.6, color plateado metálico, motor N°HR16379051C, chasis N°SJNFAAJ10EA931303, cuyos permisos de circulación dejaron de pagarse desde el año 2017 a 2021, existiendo una deuda total de $1.487.647.- (un millón cuatrocientos ochenta y siete mil seiscientos cuarenta y siete pesos), según consta en certificado de deuda emitido por la Ilustre Municipalidad de San Bernardo. Finalmente, indica que, atendido el tiempo transcurrido y la inactividad de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo en el cobro de dicho impuesto municipal, en derecho procede se declare la prescripción de las acciones de cobro y derecho de percibir dichos tributos por concepto de permiso de circulación respecto del automóvil antes indicado, por los periodos señalados, ambos inclusive. Respecto al derecho, sostiene que nuestro ordenamiento jurídico ampara la figura de la prescripción extintiva dentro del Código Civil; entre los principales artículos se encuentra el artículo 2492, que dispone que: La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales. Una acción o derecho se dice prescrib
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Abraham Andrés Riffo Saldes, interpone demanda ordinaria de prescripción de extintiva de las acciones de cobro y derecho a percibir impuesto por concepto de permiso de circulación en contra de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo, representada legalmente por su alcalde don Christopher Antonio White Bahamondes, a objeto de que se declare la prescripción desde el año 2017 a 2021, ambos inclusive, por la suma de $1.487.647.- (un millón cuatrocientos ochenta y siete mil seiscientos cuarenta y siete pesos), respecto del vehículo HBXZ.91-9, marca NISSAN, año 2015, modelo QASHQAI 1.6, color plateado metálico, motor N°HR16379051C, chasis N°SJNFAAJ10EA931303, en virtud de los argumentos de hecho y derecho señalados en la parte expositiva de esta sentencia, los que se dan por reproducidos para todos los efectos legales. Código: CXYPXQNPSTS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEGUNDO: Que, la demandada, contestando la demanda, se allanó a la misma por los periodos demandados, en los términos señalados en la parte expositiva de esta sentencia, los que se dan por expresamente reproducidos para todos los efectos legales. Que, en el primer otrosí del escrito de su contestación dedujo demanda reconvencional de cobro de permisos de circulación en contra del actor por los periodos desde el año 2022 a 2024, ambos inclusive por la suma antes señalada, por los fundamento expuestos en la parte expositiva. TERCERO: Que, el abogado de la parte demandada reconvencional contestó la demanda, allanándose a la misma. CUARTO: Que, a fin de acreditar los hechos y fundamentos de su acción el actor rindió prueba documental consistente en: 1. Certificado de deuda de permiso de circulación del año 2017 al 2024 inclusive emitido por la Dirección de Tránsito y Transporte Público de la Ilustre Municipalidad de San Bernardo válida por el mes de mayo del año 2024. 2. Certificado de inscripción del registro de vehículos motorizados emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación de fecha 28 de mayo del año 2024. QUINTO: Que la demanda rindió la prueba documental, consistente en detalle de deuda de Vehículo PPU: HBXZ.81-9, del mes de Julio de 2024. SEXTO: Que, cabe hacer presente que en nuestro ordenamiento jurídico y, para lo que interesa a la litis, la prescripción es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido durante cierto lapso de tiempo, concurriendo los demás requisitos legales; y de conformidad a lo que ha expresado la Excma. Corte Suprema, “la prescripción extintiva tiene su fundamento en el interés público de dar certeza a las relaciones jurídicas, de tal modo que un derecho subjetivo no ejercitado durante un período prolongado crea la convicción de que aquél no existe o que ha sido abandonado.” (R.D.J. T. 80, sec. 1ª, pág. 34). SÉPTIMO: Que, según lo disponen el artículo 2514 del Código Civil, la prescripción que extingue la
Fallo
Por tanto, en mérito de lo expuesto, pide tener que, en definitiva, se declare prescrita la obligación de pago de los permisos de circulación del vehículo HBXZ.91-9, marca NISSAN, año 2015, modelo QASHQAI 1.6, color plateado gris, desde el año 2007 hasta el año 2021, ambos inclusive, por la suma total de $1.487.647.- (un millón cuatrocientos ochenta y siete mil seiscientos cuarenta y siete pesos. A folio 5 consta notificación personal de la demanda. A folio 6 comparece doña Magdalena Carolina Badilla Rodríguez, abogada, cédula de identidad N°10.401.775-4, en representación de la demandada, Ilustre Municipalidad de San Bernardo, quien indica que de conformidad a los registros contenidos en la propia municipalidad, específicamente en su Dirección de Tránsito y Transporte Público, se da cuenta que el demandante mantiene una deuda por ese concepto (no pago de permisos de circulación) que asciende en total, incluidos los reajustes e intereses, a la suma de $1.823.369 (Un millón ochocientos veintitrés mil trescientos sesenta y nueve) y que los Municipios carecen de facultades para omitir el cobro de aquella parte de la deuda que pudiese encontrarse prescrita, toda vez que sus atribuciones se encuentran en la Ley Orgánica de Municipalidades y en esta materia, en la Ley de Rentas Municipales, cuerpos legales que no le otorgan esta facultad. A mayor abundamiento, señala que lo anterior implicaría una condonación, lo que la jurisprudencia de la Contraloría General de la República, h
Texto Completo (Preview)
FOJA: 8 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de San Bernardo CAUSA ROL : C-2101-2024 CARATULADO : RIFFO/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN BERNARDO San Bernardo, veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro VISTOS: A folio 1 comparece don Abraham Andrés Riffo Saldes, chileno, soltero, independiente, cédula de identidad Nº15.666.378-6, quien interpone demanda ordinaria
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