SALINAS/RIAM SERVICES E.I.R.L.
Rol
O-529-2024
Fecha
29 de octubre de 2024
Materia
Despido injustificado, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos señalados en la demanda respecto, especialmente, de la existencia del vínculo laboral, su extensión, la función cumplida por el trabajador, el monto de la remuneración, que el despido es injustificado y que la demandada adeuda a la demandante las prestaciones que alega. Que, de conformidad a lo prevenido por el artículo 453 N°3 inciso final del Código del Trabajo, no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos que resolver se da por concluida la presente audiencia y se procede a dictar sentencia en forma inmediata. Por estas consideraciones y conforme lo prevenido por los artículos 1, 3, 5, 7, 8, 9, 10, 63, 73, 163, 168, 172, 173, 420, 425, 446 y siguientes del Código del Trabajo, todos del Código del Trabajo; artículo 1698 del Código Civil. SE DECLARA: I.- Que, se ACOGE, en todas sus partes, la demanda interpuesta por don NORMAN ALONSO SALINAS KIMMER, domiciliado para estos efectos en Calle Rancagua N°3064, la ciudad de Iquique; en contra de la demandada RIAM SERVICES E.I.R.L., rol único tributario N°76.105.666-2, representada legalmente por doña MABEL MUÑOZ MOLLO, rut N°9.847.279-7, ambos domiciliados para estos efectos en Calle Pampa Germania N°3035, Iquique, Región de Tarapacá. En consecuencia, se declara que el despido que afectó al trabajador es injustificado, por lo que, la demandada deberá́ pagar a la actor –ambas partes debidamente individualizadas-, las siguientes sumas por los conceptos que se indican: .- $1.472.083.-, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. .- $10.304.581.- por concepto de 7 años de servicios. .- $8.243.664.- por concepto de recargo del 80% sobre el años de servicios, de conformidad con lo prevenido por el artículo 168 letra c) del Código del Trabajo. .- $794.698.-, por concepto de feriado proporcional. II.- Que, las sumas señaladas generarán intereses y deberán ser reajustadas de conformidad a lo prevenido por los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que, se condena en costas a
Fallo
Por estas consideraciones y conforme lo prevenido por los artículos 1, 3, 5, 7, 8, 9, 10, 63, 73, 163, 168, 172, 173, 420, 425, 446 y siguientes del Código del Trabajo, todos del Código del Trabajo; artículo 1698 del Código Civil. SE DECLARA: I.- Que, se ACOGE, en todas sus partes, la demanda interpuesta por don NORMAN ALONSO SALINAS KIMMER, domiciliado para estos efectos en Calle Rancagua N°3064, la ciudad de Iquique; en contra de la demandada RIAM SERVICES E.I.R.L., rol único tributario N°76.105.666-2, representada legalmente por doña MABEL MUÑOZ MOLLO, rut N°9.847.279-7, ambos domiciliados para estos efectos en Calle Pampa Germania N°3035, Iquique, Región de Tarapacá. En consecuencia, se declara que el despido que afectó al trabajador es injustificado, por lo que, la demandada deberá́ pagar a la actor –ambas partes debidamente individualizadas-, las siguientes sumas por los conceptos que se indican: .- $1.472.083.-, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. .- $10.304.581.- por concepto de 7 años de servicios. .- $8.243.664.- por concepto de recargo del 80% sobre el años de servicios, de conformidad con lo prevenido por el artículo 168 letra c) del Código del Trabajo. .- $794.698.-, por concepto de feriado proporcional. II.- Que, las sumas señaladas generarán intereses y deberán ser reajustadas de conformidad a lo prevenido por los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que, se condena en costas a la demandada principal, por haber resultado
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| ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Iquique, 29 de octubre del 2024 RUC 24-4-0606000-0 RIT O-529-2024 MAGISTRADO MARCELA MABEL DÍAZ MÉNDEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Constanza Carolina Aravena Picarte (Sala 3) HORA DE INICIO 09:35 horas HORA DE TERMINO 09:43 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 2440606000-0-1334 241029-00 PARTE DEMANDANTE NORMAN ALFONSO SALINAS KIMM
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