FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A/CATALÁN
Rol
C-960-2024
Fecha
23 de octubre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, con fecha 19 de febrero de 2024, comparece do a ñ Hedy Matthei Fornet, abogado, en representaci n de ó FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A., sociedad del giro de su denominaci n, representada legalmente por su Gerente Generaló don Ignacio Sans Y Arcelus, casado, economista, c dula nacional de identidad Né ° 27.417.569-9, ambos con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea N 3365, Piso 3,º Comuna de Las Condes, Ciudad de Santiago, quien deduce demanda ejecutiva en contra de do añ ANA MARIA CATALAN CONTRERAS ignora profesi n u oficio,ó con domicilio en calle Combarbala 0945, comuna de Temuco, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra y en definitiva acogi ndose laó é demanda, se ordene seguir adelante ejecuci n por la suma de ó $7.059.588, m s interesesá y costas. Funda su demanda en que su representada es due a del pagar ñ é N 1687511° suscrito por Ana Maria Catal n Contreras en su calidad de deudo principal.á Se ala quñ e el pagar referido precedentemente fue suscrito por el demandado ené favor de Forum Servicios Financieros S.A., con fecha 5/4/2022 por la cantidad de $8.950.475, suma que el deudor se oblig a pagar en 48 cuotas iguales, mensuales yó sucesivas de $271.485 , con vencimiento la primera de ellas el d a 20/5/2022 y lasí restantes los d as 20 de los meses siguientes. Este pagar fue firmado por la ejecutadaí é como deudor principal. Expone que esta obligaci n devengar a un inter s de un 1,59% cada 30 d as,ó í é í vencidos, durante todo el plazo pactado, el cual se encuentra incorporado al valor final de cada una de las cuotas ya mencionadas. Expresa que se estipul en el referido pagar que la falta de pago de cualquieraó é de las cuotas en las que se ha dividido el pago de la deuda, o de sus reajustes e intereses, dar a derecho al acreedor para exigir la totalidad de ellas y sus reajustes e interesesí indicados, consider ndose ipso facto la obligaci n como de plazo vencido.á ó En dicho instrumento mercantil, se
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, declarada admisible la excepci n opuesta se recibi a prueba,ó ó t rmino durante el cual la ejecutada no rindi prueba alguna.é ó SEGUNDO: Que, en cuanto a la excepci n opuesta, ó reca a sobre la ejecutada í la carga procesal de acreditar que le fue concedida una pr rroga o plazo para el pago de loó adeudado. Esto en consonancia con la regla del art culo 1698 del C digo Civilí ó . As las cosasí , no habiendo rendido prueba de ninguna especie en la causa, y no existiendo antecedentes que permitan acreditar la efectividad de los hechos invocados por la ejecutada, se rechazar la excepci n opuesta.á ó Y visto, adem s lo dispuesto en los art culos 1698 del C digo Civil 144, 160, 169,á í ó 170, 254, 464 N° 11, 471 y 477 del C digo de Procedimiento Civil,
Fallo
Se declararon admisibles las excepciones y se recibieron a prueba, notific ndoseá a las partes como consta al folio 16 y 17. A folio 19, con fecha 16 de octubre de 2024, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, declarada admisible la excepci n opuesta se recibi a prueba,ó ó t rmino durante el cual la ejecutada no rindi prueba alguna.é ó SEGUNDO: Que, en cuanto a la excepci n opuesta, ó reca a sobre la ejecutada í la carga procesal de acreditar que le fue concedida una pr rroga o plazo para el pago de loó adeudado. Esto en consonancia con la regla del art culo 1698 del C digo Civilí ó . As las cosasí , no habiendo rendido prueba de ninguna especie en la causa, y no existiendo antecedentes que permitan acreditar la efectividad de los hechos invocados por la ejecutada, se rechazar la excepci n opuesta.á ó Y visto, adem s lo dispuesto en los art culos 1698 del C digo Civil 144, 160, 169,á í ó 170, 254, 464 N° 11, 471 y 477 del C digo de Procedimiento Civil, se resuelve:ó Que, SE RECHAZA, con costas, la excepci nó opuesta por ANA MARIA CATALAN CONTRERAS, en consecuencia, se ordena seguir adelante la ejecuci n enó su contra, hasta hacer entero pago al ejecutante de la suma de $7.059.588, m sá intereses. Reg strese y notif quese.í í Rol C-960-2024. Código: BXCTXQKDQJS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 RESOLVI IGNACIO JAVIER PICHUN PINO, JUEZ Ó SUPLENTE DEL TERCER JUZGADO CIVIL
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-960-2024 CARATULADO : FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A/CATAL NÁ Temuco, veintitr s de octubre de dos mil veinticuatroé VISTOS: A folio 1, con fecha 19 de febrero de 2024, comparece do a ñ Hedy Matthei Fornet, abogado, en representaci n de ó FORUM SERVICIOS FINANCIEROS S.A., sociedad del giro de su denominaci
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