ASOCIACIÓN DE EMPLEADOS MUNICIPALES DE SANTIAGO Y CIA/
Rol
V-111-2024
Fecha
23 de octubre de 2024
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 09 de agosto de 2024 (folio 1), comparece NELS N DEL CARMEN AZ CAR CARISÓ Ó , en representaci n deó ASOCIACI N DE EMPLEADOS MUNICIPALES DE SANTIAGOÓ , giro de su denominaci n, ambos con domicilio en Nataniel Cox N°31, oficina 27, Comuna deó Santiago y Avenida Litoral de Los Poetas N°4275, Comuna de El Tabo. Solicita que se ordene a favor de su parte, la restituci n sin forma de juicioó del inmueble correspondiente al local denominado Minimarket ubicado al interior del Balneario Consistorial ubicado en Avenida Litoral de Los Poetas N°4275, Comuna de El Tabo, Regi n de Valpara so, esto por haber sido abandonado por laó í arrendataria “INVERSIONES PIA LORETO AREVALO SPA”, representada por do a P a Loreto Ar valo, ignora profesi n u oficio, ambos con domicilio enñ í é ó Avenida Chile N°429, Llolleo, comuna de San Antonio, regi n de Valpara so.ó í A ade que, tal como consta del contrato de arrendamiento que se acompa añ ñ en un otros de su presentaci n, es que con fecha 8 de enero del a o 2020 suí ó ñ representada suscribi contrato de arriendo con “INVERSIONES PIA LORETOó AREVALO SPA” respecto del inmueble denominado Minimarket, ubicado al interior del Balneario Consistorial ubicado en Avenida Litoral de Los Poetas N°4275, comuna de El Tabo. Se ala que la clausula 3 del mismo establece que el contrato comenz añ ó regir desde la fecha de suscripci n de dicho contrato y hasta el d a 31 de marzoó í del a o 2024. Agrega el mismo numeral que ser a de plazo fatal y no señ í renovar a, salvo manifestaci n expresa de su representada de la intenci n deí ó ó renovar por el mismo plazo, uno mayor o menor, cosa que no sucedi .ó Agrega que, a pesar de tratarse de un plazo fatal, con el fin de evitar alguna confusi n y coordinar la entrega se le envi carta certificada a fines deó ó febrero del a o 2024 a la arrendataria al domicilio registrado en el contrato,ñ se alado expresamente la intenci n de no renovarlo, por ende el contrato señ ó encuentra terminado. Asegura que, los primeros d as de marzo, tal como hac an todos los a os alí í ñ t rmino de la temporada estival, dejaron de atender el local arrendado, dentro deé la primera quincena de marzo de 2024, retiraron la mercader a y hasta la fecha elí lugar se encuentra abandonado con algunas m quinas adentro.á Sostiene que a la fecha no se ha hecho entrega del local ni de las llaves, el que sigue cerrado sin funcionar, privando a la comunidad de este servicio, al tiempo que se han visto impedidos de ingresar toda vez que, desde que hicieron abandono del inmueble en el plazo de t rmino del contrato, no hicieron devoluci né ó del mismo mediante entrega de las llaves ni han retirado sus m quinas y mobiliario.á Código: SXRTXQRCBXS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Finalmente, destaca que de acuerdo al numeral 19 del referido contrato es que las partes fijaron para efectos derivados de dicho contrato, su domicilio en l
Fallo
Por tanto, y previas citas legales, pide que se ordene la entrega a su parte del inmueble individualizado, sin forma de juicio, previa certificaci n del abandonoó por un ministro de fe, con facultades de descerrajamiento en caso de que sea necesario. SEGUNDO: Que a folio 1 y 6, se acompa aron los siguientes documentos:ñ 1. Copia de contrato de arrendamiento de inmueble celebrado entre Asociaci n de Empleados Municipales de Santiago y Cia E inversionesó P a Loreto Arevalo Spa, de fecha 08 de enero de 2020.í 2. Copia de Acta de Constituci n Directorio de la Sociedad Colectiva Civil.ó Asociaci n de Empleados Municipales de Santiago para el Per odo 2024-ó í 2026 3. Copia de Estatuto para la Comunidad Balneario Consistorial de El Tabo. 4. Copia autorizada con vigencia de la inscripci n de fojas 1150 n meroó ú 1410, correspondiente al Registro del Propiedad del a o 1971, delñ Conservador de Bienes Ra ces de San Antonio.í TERCERO: Que, de acuerdo al certificado de fecha 23 de agosto de 2024 (folio 5), por el Receptor Judicial Dagoberto Fern ndez, se encuentraá acreditado que el inmueble ubicado al interior del Balneario Consistorial ubicado en Avenida Litoral de Los Poetas N°4275, comuna de El Tabo, se encuentra abandonado. CUARTO: Que, en raz n de lo consignado precedentemente, deó conformidad en lo dispuesto en el art culo 6 inciso segundo de la Ley 18.101,í procede a hacer lugar a lo solicitado. Por las consideraciones anotadas y visto adem s lo dispuesto en losá art culos 42
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FOJA: 59 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Antonio CAUSA ROL : V-111-2024 CARATULADO : ASOCIACI N DE EMPLEADOS MUNICIPALESÓ DE SANTIAGO Y CIA/ San Antonio, veintitr s de octubre de dos mil veinticuatroé VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 09 de agosto de 2024 (folio 1), comparece NELS N DEL CARMEN AZ CAR CARISÓ Ó , en representaci n deó ASOCIACI N DE
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