CASTRO/PPI CHILE SEGURIDAD LIMITADA
Rol
O-6649-2023
Fecha
28 de octubre de 2024
Materia
Despido indirecto, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos controvertidos: 1) Si el actor prestó servicios bajo subordinación y dependencia de la demandada. En la afirmativa: 1. Fecha de inicio. 2. Función desarrollada. 3. Remuneración pactada y efectivamente percibida. 4. Fecha y forma en que concluyeron los servicios. Causales alegadas, hechos que la constituyen y cumplimiento de las formalidades legales. 5. Si el actor es acreedor de gratificaciones en los términos de la demanda. En su caso, si la demandada las solucionó íntegramente. 6. Si se adeuda feriado; en la afirmativa, días y monto. TERCERO: En la audiencia de juicio, las partes rindieron sus probanzas, consistiendo la del demandante en las siguientes: Documental: 1) Carta de despido indirecto a empresa PPI Chile Seguridad Limitada de fecha 30 de agosto de 2023 firmada por José Castro González. 2) Carta de despido indirecto a Dirección del Trabajo de fecha 30 de agosto de 2023 firmada por José Castro González. 3) Comprobantes de envío de cartas de despido indirecto mediante correo certificado de fecha 30 de agosto de 2023. 4) Correo electrónico de fecha 31 julio del año 2023 enviado por Janet Muñoz, encargada de Remuneraciones al demandante. 5) Contrato de trabajo de fecha 02 de diciembre del año 2016 suscrito entre PPI Chile Seguridad Limitada y José Castro González. 6) Liquidaciones de sueldo de José Castro González del periodo comprendido entre diciembre del año 2016 a julio del año 2023. 7) Actualización de Contrato de Trabajo de fecha 01 de julio de 2023 suscrito entre PPI Chile Seguridad Limitada y José Castro González. 8) Certificado de Vacaciones Progresivas de José Francisco Castro González emitido por AFP Habitat de fecha 24 de septiembre de 2023. 9) Carta con indicación de gratificación, dirigida a don Christian Becerra Espejo, de fecha 30 de abril del año 2023. 10) Cálculo detallado de las diferencias en las gratificaciones con la información disponible entre los años 2017 y 2023. 11) Correo de arrastre entre José Castro y Janet
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece JOSÉ FRANCISCO CASTRO GONZÁLEZ, cesante, cedula nacional de identidad número 15.447.417-K, domiciliado en Pasaje Quito N° 0953, comuna de Puente Alto, región Metropolitana, interponiendo demanda en procedimiento de aplicación general sobre despido indirecto, recargo legal y cobro de prestaciones, en contra de PPI CHILE SEGURIDAD SpA, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por Maritza Opazo Sepúlveda, ignora profesión u oficio, o por quien corresponda de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, ambos con domicilio en calle Barros Errazuriz N° 1953 piso 7 comuna de Providencia, región Metropolitana, por las razones que a continuación se exponen. Señala que comenzó a prestar servicios para la demandada el 2 de diciembre de 2016, como guardia de seguridad y encargado de portería, teniendo un contrato a plazo fijo que duraba hasta el 2 de enero de 2017, pasando luego a ser indefinido. El último lugar donde cumplió funciones fue en el inmueble ubicado en Carlos Antúnez 1940, Providencia. Su jornada laboral era de 45 horas semanales distribuidas de lunes a domingo, por turnos. Además, tenía un anexo de pacto de horas extraordinarias, de la misma fecha del contrato, donde diariamente se agregaban 2 horas extraordinarias. Su remuneración se componía de sueldo base por $510.000.- bruto o la proporción que corresponda conforme a los días trabajados; más bono de instalación por $105.084.-, más anticipos voluntarios de gratificación anual, lo cual nunca ocurrió durante toda la relación laboral. Indica que, en julio de 2023, tomó conocimiento que su empleador no había pagado íntegramente sus gratificaciones anuales. Ante ello, se comunicó, junto a otros compañeros de trabajo, con el área de Remuneraciones, específicamente con doña Janet Muñoz, haciéndole presente su inquietud respecto del pago de gratificaciones; ella señaló que la reliquidación de gratificaciones se hace todos los años en el mes de abril y si no aparece pago en esa fecha es porque, de acuerdo a lo ya pagado, no le correspondía. Después, fue informado vía email que existen dos formas de cálculo y pago de gratificaciones, las cuales la empresa seguía por sistema de prorrateo. Al asesorarse sobre el tema, decidió terminar la relación laboral. Esto ocurrió el día 30 de agosto de 2023, mediante carta invocando la causal del artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, por cuanto no se le pagaron íntegramente sus gratificaciones, pues no ha recibido el 25% a todo evento establecido por el artículo 50 del Código del Trabajo. Sostiene como base de cálculo la suma de $697.602.-, considerando su remuneración variable, contando el promedio de las últimas 3. Como peticiones concretas, solicita que se declare: 1. Que ha concurrido la causa legal de despido indirecto invocada por esta parte y por lo tanto se encuentra justificada y ajustada a derecho. 2. Que el despido del caso ha sido de manera indebida. 3.
Fallo
se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda interpuesta por JOSÉ FRANCISCO CASTRO GONZÁLEZ, en contra de PPI CHILE SEGURIDAD SpA, en cuanto se declara que el despido indirecto efectuado por el trabajador con fecha 30 de agosto de 2023 se encuentra ajustado a derecho. II.- Que, atendido lo anterior, SE CONDENA a la demandada al pago de las siguientes indemnizaciones y prestaciones: a).- Indemnización sustitutiva de aviso previo: $697.602.-. b).- Indemnización por años de servicios: $4.883.214.-. c).- Recargo legal del 50%: $2.441.607.-. d).- Feriado legal y/o proporcional: $813.869.-. e).- Diferencia de gratificaciones: $1.949.449.-. III.- Las sumas ordenadas pagar lo serán con reajustes e intereses, conforme a los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- Cada parte pagará sus costas. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. RIT: O-6649-2023.-. RUC: 23-4-0516002-1.-. Dictada por doña Eva Fanny de Jesús Aránguiz Canedo, Jueza Titular del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece JOSÉ FRANCISCO CASTRO GONZÁLEZ, cesante, cedula nacional de identidad número 15.447.417-K, domiciliado en Pasaje Quito N° 0953, comuna de Puente Alto, región Metropolitana, interponiendo demanda en procedimiento de aplicación general sobre despido indirecto, recargo legal y cobro de prest
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