PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./FUENTES
Rol
C-511-2023
Fecha
22 de octubre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: 1.- Demanda. A folio 1, comparece do a Hedy Matthei Fornet, abogada,ñ domiciliada en 1 Norte N 963, oficina 524, Edificio Centro 2000, comuna de Talca,° en representaci n judicial de ó PROMOTORA CMR FALABELLA S.A., sociedad comercial, representada convencionalmente por don Gaston Bottazzini, economista, y don Juan Guillermo Espinosa Fuentes, ingeniero civil, los tres ltimos domiciliados enú calle Moneda N 970, piso 18, comuna de Santiago,° quien deduce demanda ejecutiva en contra de don JOSE ANDR S FUENTES V SQUEZÉ Á , ignora profesi n u oficio, con domicilio en la calle Manuel Montt N 225, comuna deó ° Linares. Funda su demanda en que su representada es due a del pagar N 1885895ñ é º por la suma de $9.731.771, por concepto de capital, con vencimiento el d a 11 deí enero de 2023, suscrito por la sociedad PROMOTORA CMR FALABELLA S.A., representada por los se ores don Sergio Daniel Ulloa Ojeda y do a Casandra Loretoñ ñ Millar Quezada, en representaci n, a su vez, del deudor, don JOSE ANDRESó FUENTES VASQUEZ. Se alañ que el deudor no pag en su totalidad el pagar indicado en el p rrafoó é á anterior a la fecha de su vencimiento y que a la fecha de presentaci n de suó Código: TPHTXQTGNER Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 demanda a n no lo ha hecho, encontr ndose por tanto en mora desde la fecha deú á vencimiento en el pago de la suma de $9.731.771, por concepto de capital. Adem s, y, en conformidad a lo dispuesto en el mismo pagar , correspondeá é la aplicaci n de intereses moratorios desde la fecha del vencimiento del pagar y hastaó é su pago ntegro y efectivo, que equivalen al inter s m ximo convencional paraí é á operaciones de cr dito y dinero no reajustables.é En consecuencia, el monto total adeudado a su representada asciende a la suma de $9.731.771, por concepto de capital, m s los intereses moratorios y costas.á Como consta del pagar , el deudor relev al portadoré ó del document
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, comparece do a Hedy Matthei Fornet, enñ representaci n de PROMOTORA CMR FALABELLA S.A., quien deduce demandaó ejecutiva en contra de don JOSE ANDR S FUENTES VASQUEZ, É a fin de que pague la suma de $9.731.771, m s intereses moratorios que se devenguen desde laá fecha de la mora y hasta el d a del pago efectivo, con costas, se ordene se despacheí mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por dicha cantidad, y decretar seó siga adelante esta ejecuci n hasta hacerse entero y cumplido pago de la citada suma,ó con costas. Código: TPHTXQTGNER Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 SEGUNDO: Que a folio 9, la ejecutada opuso las excepciones del N 9 y 12º del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, esto es, el pago de la deuda y laí ó novaci n, ello en virtud de los fundamentos se alados en la parte expositiva de estaó ñ sentencia. TERCERO: Que a folio 14, evacuando el traslado el ejecutante, solicita el rechazo de las excepciones, en base a los argumentos ya vertidos en la parte expositiva de esta sentencia. CUARTO: Que a folio 1 del cuaderno principal, la parte demandante acompa el siguiente documento:ñó 1. Pagar N 1885895.é ° 2. Copia autorizada de certificaci n notarial de Contrato de Apertura deó L nea de Cr dito y de Afiliaci n al Sistema y Uso de la Tarjeta De Cr ditoí é ó é Condiciones Particulares de 23 de agosto de 2019. 3.- Copia escritura P blica de Poder Especial Promotora CMR Falabella S.A.ú a Sergio Daniel Ulloa Ojeda y Otra, de fecha 18 de agosto de 2020. 4.- Copia escritura P blica de Poder Especial Promotora CMR Falabella S.A.ú a Pinto Astudillo, Rodrigo y Otros, de fecha 4 de mayo de 2017. QUINTO: Que, la parte demandada no rindi prueba que deba seró ponderada por esta juez. SEXTO: Que como primera cuesti n, se debe tener presente que en losó juicios ejecutivos, como el de autos, corresponde al ejecutado la carga de la prueba de los hechos en que se fundan las excepciones, atendida la presunci n favorable aló ejecutante que surge del t tulo ejecutivo. í En este sentido, la circunstancia que el juicio ejecutivo se funde en la existencia de un t tulo con fuerza de ejecuci n, se traduce en que el actor ejerce su acci ní ó ó provisto de un antecedente documental que dota de plena eficacia inicial a su pretensi n de cumplimiento, vale decir, sin la necesidad de comprobar la existenciaó de la obligaci n que la motiva, pues ella consta de un modo fehaciente. Por loó anterior, el art culo 465 del C digo de Procedimiento Civil, exige al ejecutado que seí ó defiende mediante la oposici n de excepciones, se alar en el mismo escrito que lasó ñ deduce, los medios de prueba de que pretende de valerse para su configuraci n.ó SEPTIMO: En el caso de autos, la parte ejecutada no rindi ning n medio deó ú prueba, por lo que, siendo de su cargo rendir probanza para destruir la certeza que emana del t tulo ejecutivo acompa ado a l
Fallo
FALLO SENTENCIA DEFINITIVA FECHA INGRESO 31 DE MARZO DE 2023 ROL C-511-2023 PROCEDIMIENTO EJECUTIVO MATERIA COBRO DE PAGARÉ CARATULADO PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./FUENTES JUEZ TITULAR PAULA LUENGO MONTECINO DEMANDANTE PROMOTORA CMR FALABELLA RUT 90.743.000-6 ABOGADO DTE HEDY MATTHEI FORNET C.I. 7.989.112-6 DEMANDADO JOSE ANDRES FUENTES VASQUEZ C.I. 11.441.653-3 ABOGADO DDO IGOR NICOL S DINATORÁ GONZ LEZÁ C.I 17.171.790-6 Linares, veintid s de octubre de dos mil veinticuatro.ó VISTO: 1.- Demanda. A folio 1, comparece do a Hedy Matthei Fornet, abogada,ñ domiciliada en 1 Norte N 963, oficina 524, Edificio Centro 2000, comuna de Talca,° en representaci n judicial de ó PROMOTORA CMR FALABELLA S.A., sociedad comercial, representada convencionalmente por don Gaston Bottazzini, economista, y don Juan Guillermo Espinosa Fuentes, ingeniero civil, los tres ltimos domiciliados enú calle Moneda N 970, piso 18, comuna de Santiago,° quien deduce demanda ejecutiva en contra de don JOSE ANDR S FUENTES V SQUEZÉ Á , ignora profesi n u oficio, con domicilio en la calle Manuel Montt N 225, comuna deó ° Linares. Funda su demanda en que su representada es due a del pagar N 1885895ñ é º por la suma de $9.731.771, por concepto de capital, con vencimiento el d a 11 deí enero de 2023, suscrito por la sociedad PROMOTORA CMR FALABELLA S.A., representada por los se ores don Sergio Daniel Ulloa Ojeda y do a Casandra Loretoñ ñ Millar Quezada, en representaci n, a su vez, del deudor, don JOSE ANDRESó FUENT
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Foja: 1 FOJA: 30 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Linaresº CAUSA ROL : C-511-2023 CARATULADO : PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./FUENTES COMPETENCIA CIVIL TIPO DE FALLO SENTENCIA DEFINITIVA FECHA INGRESO 31 DE MARZO DE 2023 ROL C-511-2023 PROCEDIMIENTO EJECUTIVO MATERIA COBRO DE PAGARÉ CARATULADO PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./FUENTES JUEZ TITULAR PAULA LUENGO MONTEC
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