2º Juzgado Civil de Chillán

GUTIERREZ SANDOVAL CESAR Y OTROS/SERVIU

Rol

C-2123-2022

Fecha

24 de octubre de 2024

Materia

EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: A folio 2, comparece don Edgardo Andr s Estrada Mu oz, abogado, domiciliadoé ñ Concepci n Colo Colo 379, of. 711 y en Huambal N 350, Chill n, en representaci nó í ° á ó de don Cesar Eduardo Guti rrez Sandoval, profesor, casado, C.I. N 10.630.852-7,é ° do a Rosa Elvira Sandoval Medina, viuda, pensionada, C.I. N 4.157.637-5; donñ ° Cristian Enrique Guti rrez Sandoval, independiente, C.I. N 14.269.029-2 y doné ° Guillermo Samuel Guti rrez Sandoval, C. I. N 10.274.717-8, independiente, todosé ° domiciliados para estos efectos en Huambal N 350, Chill n y deduce reclamo de montoí ° á de indemnizatorio provisional, en contra de Serviu Regi n de uble, representado poró Ñ su Director Regional don lvaro Arlondo Pinto Morales, Ingeniero Civil Industrial, oÁ por la persona que lo reemplace o subrogue legalmente en el cargo, ambos con domicilio en calle 18 de septiembre N 530, Chill n.° á Se ala que, por Resoluci n Exenta N 1524, de fecha 07 de octubre de 2021,ñ ó º dictada por la demandada, de conformidad a lo previsto en el art culo 6 del D.L. 2186í de 1978, publicada en extracto en el Diario Oficial del 02 de noviembre de 2021 y en el Diario La Discusi n de esta ciudad en la misma fecha, se dispuso la expropiaci n deló ó inmueble de aparente dominio de Guti rrez Sep lveda Jos , ubicado en Huambalé ú é í N 350, Rol de Aval o 00643-00021 de la comuna de Chill n, la superficie afecta a° ú á expropiaci n parcial es de 132,32 m de terreno y total de 187,34 m de edificaci n.ó ² ² ó Sostiene que su parte es propietaria de la ya se alada propiedad, lo que señ acredit oportunamente, con los documentos acompa ados en el cuaderno deó ñ consignaci n, obtenidos en el Conservador de Bienes Ra ces de Chill n.ó í á Se ala que, de conformidad a los antecedentes que se encuentran agregados en elñ expediente, para la expropiaci n del bien ra z se fij una indemnizaci n provisional poró í ó ó la comisi n tasadora, quienes determinaron la suma de $100.693.630, al d a 23 de julioó í del a o

Fundamentos

Considerando laó materialidad, elementos utilizados y estado, se defini un valor unitario de $190.000/m;ó 2. Port n met lico vehicular corredero manual tipio colonial, conformado por pilares,ó á perfiles tubulares de acero de 75 x75 mm y perfiles tubulares verticales de acero de 20x30 mm, con pancha lisa de acero perfiles horizontales tubulares 20x30mm y pilares perfil cuadrado 50x50mm y puntas de protecci n repintadas (altura: 2m, longitud: 3m).ó Considerando la materialidad, elementos utilizados y estado, se estableci un valoró unitario de $240.000/m; 3. Puerta met lica acceso peatonal. Compuesta por pilaresá perfiles tubulares de acero de 75 x75 mm y perfiles de 20 x 30 con plancha lisa de acero y puntas de protecci n pintadas (altura: 2m, longitud: 1 m). Considerando laó materialidad, elementos utilizados y estado, se estipul un valor unitario de $210.000/m ;ó ² 4. Pa o fijo reja met lica antejard n, conformado perfiles tubulares de acero de 75 x75ñ á í mm y perfiles de 20 x 30 con plancha lisa de acero y puntas de protecci n (altura: 2m,ó longitud: 1,5 m). Considerando la materialidad, elementos utilizados y estado, se fij unó valor unitario de $190.000/m; 5. Reja divisoria interior met lica con malla tipo acma,á conformada por pilares perfiles tubulares de acero de 40 x 40 mm y perfiles de 30 x 30 mm y malla electrosoldada tipo acma (altura: 1.60 m, longitud: 10 m). Considerando la materialidad, elementos utilizados y estado, se fij un valor unitario de $22.000/m; 6.ó Cobertizo estructura met lica con cubierta plancha de fibra de vidrio, conformada porá pilares perfiles tubulares de acero de 20 x 30 mm. Considerando la materialidad, elementos utilizados y estado, se fij un valor unitario de $55.000/m; 7. Adocretos tipoó r sticos en acceso vehicular y peatonal. (46 m ) Considerando la materialidad, elementosú ² utilizados y estado, se fij un valor unitario de $32.000/m; 8. Cer mica sobre radier deó á hormig n en antejard n. (18 m ). Considerando la materialidad, elementos utilizados yó í ² estado, se fij un valor unitario de $35.000/m; 9. Mocheta alba iler a estucada cierroó ñ í frontal. (Altura: 2m, longitud: 1m). Considerando la materialidad, elementos utilizados y Código: JXTXQVXCNQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2123-2022 Foja: 1 estado, se fij un valor unitario de $180.000/m; 10. Cierre muro alba iler a a la vistaó ñ í deslinde norte. (Altura: 2m, longitud: 8m). Considerando la materialidad, elementos utilizados y estado, se fij un valor unitario de $130.000/m; 11. Cierro panderetaó hormig n cementado deslinde sur. altura: 1.80 m, longitud: 3m). Considerando laó materialidad, elementos utilizados y estado, se fij un valor unitario de $22.000/m.ó Finalmente, los cierros perimetrales son compartidos con propiedades vecinas por lo que se considera la mitad de su longitud en su valoraci n.ó En cuanto al reclamo sostiene que se trata de la expropiaci n parcial a unaó pr

Fallo

fallo viene a completar la debida compensaci n por el da o patrimonial efectivamente causado al expropiadoó ñ ” (Sentencia de 28 de julio de 2014, Rol N 8880-2014). Indica que, de tal manera la indemnizaci n provisional se reajustar de acuerdo aó á la variaci n del ndice de Precios al Consumidor entre el mes que antecede a la fecha deó í la consignaci n y el mes anterior al pago efectivo. Agrega que, en el caso que seó determine por sentencia un monto superior al provisional fijado por la comisi n deó peritos, debe pagarse la indemnizaci n definitiva a favor del expropiado, con los interesesó respectivos, desde la consignaci n del monto provisional hasta el pago efectivo. Enó efecto, la norma contenida en el inciso final del art culo 752 del C digo deí ó Procedimiento Civil, que concierne a la manera de cumplir las sentencias pronunciadas en contra del Fisco cuando en ellas se le condena al pago de prestaciones de car cterá pecuniario en las que se incluyan intereses, ordenando que stos queden comprendidosé en el respectivo decreto de pago. Se ala que, acorde con lo que expresa el art culo 647 del C digo Civil, queñ ó proporciona diversas acepciones de los frutos civiles o utilidades que se pueden obtener de una cosa, una de sus especies est constituida por los intereses de capitales exigibles.á De este enunciado y de los dem s que en materia de intereses se contienen en nuestroá ordenamiento positivo, stos, en general, pueden concebirse como la utilidad, beneficio oé renta

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C-2123-2022 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Chill nº á CAUSA ROL : C-2123-2022 CARATULADO : GUTIERREZ SANDOVAL CESAR Y OTROS/SERVIU Chill ná , veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro. Vistos: A folio 2, comparece don Edgardo Andr s Estrada Mu oz, abogado, domiciliadoé ñ Concepci n Colo Colo 379, of. 711 y en Huambal N 350, Chill n, en representaci nó í

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