MEDINASEREMI SALUD RM SUBSECERETARIA DE SALUD PUBLICA
Rol
O-1518-2023
Fecha
24 de octubre de 2024
Materia
Despido injustificado, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 8, 9, 10, 159, 162, 452, 453, 454, 456, 457, 458, 459, del Código del Trabajo, se resuelve: 1. Que se acoge la demanda interpuesta por doña Giselle Noemí Medina Barra en contra de la SEREMI SALUD RM SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA y el FISCO DE CHILE, declarándose que el despido que afectaba a la demandante con fecha 24 de diciembre de 2022 resulta injustificado, en razón del cual se condenará la demandada al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones. I. La suma de $4.883.433 por concepto de indemnización por lucro cesante respecto de remuneraciones que hubiese percibido la demandante entre la fecha de término de la resolución laboral y el 31 de marzo del año 2023. II. La suma de $1.348.733 pesos por concepto de feriados adeudados a la demandante. III. Las sumas cuyos pagos se ordenan deberán ser los con reajuste de intereses conforme lo dispone el artículo 63 del Código del Trabajo. 2. Que no habiendo sido totalmente denunciada, no se condena en costa a la demandada Quedan notificadas las partes de la sentencia en este acto. Dirigió la audiencia y dictó Sentencia don Francisco Veas Vera, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro.-
Fallo
se resuelve: 1. Que se acoge la demanda interpuesta por doña Giselle Noemí Medina Barra en contra de la SEREMI SALUD RM SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA y el FISCO DE CHILE, declarándose que el despido que afectaba a la demandante con fecha 24 de diciembre de 2022 resulta injustificado, en razón del cual se condenará la demandada al pago de las siguientes prestaciones e indemnizaciones. I. La suma de $4.883.433 por concepto de indemnización por lucro cesante respecto de remuneraciones que hubiese percibido la demandante entre la fecha de término de la resolución laboral y el 31 de marzo del año 2023. II. La suma de $1.348.733 pesos por concepto de feriados adeudados a la demandante. III. Las sumas cuyos pagos se ordenan deberán ser los con reajuste de intereses conforme lo dispone el artículo 63 del Código del Trabajo. 2. Que no habiendo sido totalmente denunciada, no se condena en costa a la demandada Quedan notificadas las partes de la sentencia en este acto. Dirigió la audiencia y dictó Sentencia don Francisco Veas Vera, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro.-
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 24-10-2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 14 RUC 23-4-0464933-7 RIT O-1518-2023 MAGISTRADO FRANCISCO VEAS VERA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Marcelo Navarrete HORA DE INICIO 11:37 HORAS HORA DE TERMINO 12:31 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340464933-7-1349-241024-00 Nº CUSTODIA ASIGNADA N°27
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