HILGERS/
Rol
V-92-2023
Fecha
18 de octubre de 2024
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, MIRCO HILGERS GUTSCHENDIES, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº 16.655.288-5.-, domiciliado en Avenida Andrés Bello N° 2.457, piso 19, comuna de Providencia, Santiago, correo electrónico: mirco.hilgersg@bakermckenzie.com, presentó con fecha 27 de septiembre de 2023, a las 19:46 horas, solicitud de pedimento minero denominada “MARTÍN II 1”, la que se ordenó registrar y publicar mediante resolución de fecha veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés, y en la cual solicita se constituya a su favor la concesión de exploración ya referida y que se le conceda una pertenencia minera de cien (100) hectáreas, delimitando un cuadrado en que los lados orientados de norte a sur UTM medirán 1.000 metros, mientras que los lados orientados de este a oeste UTM medirán 1.000 metros. SEGUNDO: Que, dicho pedimento minero se inscribió el día 05 de octubre de 2023, a fojas 49 vuelta N° 31 del Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Bienes Raíces de Quillota año 2023, según documento acompañado en folio 4. Código: YLQNXQVEUXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:mirco.hilgersg@bakermckenzie.com Foja: 1 TERCERO: Que, la referida solicitud de pedimento minero se publicó el día lunes 23 de octubre de 2023, en el Boletín Oficial de Minería de Santiago, según documento acompañado en folio 4. CUARTO: Que, además de lo anterior, se acompañó, comprobantes de pago de tasa de pedimento y de patente establecida en el artículo 144 del Código de Minería, según consta de documentos acompañados en folio 4. QUINTO: Que, por su parte, se adjuntó, en el plazo señalado en el artículo 55 del Código de Minería, un plano en el que se indica la configuración de la concesión solicitada, según documento acompañado en folio 4. SEXTO: Que, con fecha 22 de diciembre de 2023, a folio 4, y dentro del plazo legal establecido en el artículo 55 del Códi
Fundamentos
motivos Segundo a Quinto anteriores. Cumplido lo anterior, se remitieron los antecedentes al Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN) para que se evacuara el informe de rigor, el que fue remitido mediante oficio ORD N° 1004, de fecha 18 de abril de 2024, como consta a folio 15 de autos, con fecha 24 de abril de 2024, el que informa aprobados aspectos técnicos y no formuló objeciones, agregando que los aspectos técnicos relacionados con la solicitud y Plano de la referida concesión se encuentran conforme con las disposiciones legales vigentes, y que la forma, dimensiones y orientación de la cara superficial de la concesión solicitada se ajustan a la ley, y ésta queda comprendida dentro del terreno pedido. SÉPTIMO: Que, las coordenadas universales transversales de mercator (U.T.M) de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión de exploración y el Punto de Medio (P.M.), referidas al Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Huso 19, son: VÉRTICE U.T.M. NORTE (metros)U.T.M. ESTE (metros) P.M. 6.354.000,00 284.250,00 V1 6.354.500,00 283.750,00 V2 6.354.500,00 284.750,00 V3 6.353.500,00 284.750,00 Código: YLQNXQVEUXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 V4 6.353.500,00 283.750,00 OCTAVO: Que en mérito de lo expresado anteriormente, corresponde acoger la petición de inicio, en la forma que se expresará a continuación. Y visto además lo dispuesto en los artículos 26, 28, 34, 37, 44, 45, 46, 48, 51, 52, 54, 55 y siguientes, 59, 60, 71, 72, 74, 75, 78, 79, 81, 85, 86, 87, 89, 90, 91, 232 y 239 del Código de Minería; 42, 94, y 104 de su Reglamento; Decreto Supremo N° 1 de fecha 3 de enero de 1.986 del Ministerio de Minería, publicado en el Diario Oficial, edición N° 32.709 de fecha 27 de febrero de 1.987 y artículos 817, 826 y 828 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
fallo : 03 de mayo de 2024. Juez : Rolando Alvear Valenzuela. Tribunal : Primer Juzgado de Letras de Quillota. Quillota, dieciocho de octubre de dos mil veinticuatro. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1, MIRCO HILGERS GUTSCHENDIES, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad Nº 16.655.288-5.-, domiciliado en Avenida Andrés Bello N° 2.457, piso 19, comuna de Providencia, Santiago, correo electrónico: mirco.hilgersg@bakermckenzie.com, presentó con fecha 27 de septiembre de 2023, a las 19:46 horas, solicitud de pedimento minero denominada “MARTÍN II 1”, la que se ordenó registrar y publicar mediante resolución de fecha veintiocho de septiembre de dos mil veintitrés, y en la cual solicita se constituya a su favor la concesión de exploración ya referida y que se le conceda una pertenencia minera de cien (100) hectáreas, delimitando un cuadrado en que los lados orientados de norte a sur UTM medirán 1.000 metros, mientras que los lados orientados de este a oeste UTM medirán 1.000 metros. SEGUNDO: Que, dicho pedimento minero se inscribió el día 05 de octubre de 2023, a fojas 49 vuelta N° 31 del Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Bienes Raíces de Quillota año 2023, según documento acompañado en folio 4. Código: YLQNXQVEUXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:mirco.hilgersg@bakermckenzie.com Foja: 1 TERCERO: Que, la referida solicitud de pedimento minero se publicó
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Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Quillotaº CAUSA ROL : V-92-2023 CARATULADO : HILGERS/ Rol : V-92-2023. Código : P02M. Materia : Pedimento minero. Solicitante : Hilgers Gutschendies, Mirco. Fecha de inicio : 27 de septiembre de 2023. Fecha autos para fallo : 03 de mayo de 2024. Juez : Rolando Alvear Valenzuela. Tribunal : Primer Juzgado de Let
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