2º Juzgado Civil de Rancagua

EXPLODESA/

Rol

V-223-2021

Fecha

17 de octubre de 2024

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1° Que, con fecha 05 de agosto de 2021, a folio 1, y claración de folio 57, comparece don Christian Mauricio Jara Vergara, chileno, casado, abogado, en representación judicial de la SOCIEDAD DE EXPLORACIÓN Y DESARROLLO MINERO, sociedad contractual minera, chilena, ambos domiciliados en calle Miraflores N°178, piso 7, comuna de Santiago, Región Metropolitana, y ésta a su vez administrada y representada convencionalmente por Gestora Montecarlo S.A., Rol Único Tributario N° 76.057.794-4 del giro de su denominación, y esta a su vez representada por James Stefanic Mery, chileno, casado, ingeniero civil mecánico, y don Nacim Mauricio Alamo Élias, chileno, casado, ingeniero civil industrial, todos domiciliados para estos efectos, en calle Monseñor Sótero Sanz N° 161, oficina 1301, comuna de Providencia, indicando que, con el objeto de constituir concesión minera de explotación a favor de la Sociedad De Exploración y Desarrollo Minero, viene en manifestar un yacimiento de sustancias de concesibles ubicados en terrenos abiertos e incultos. Arguye que el punto de interés de esta manifestación está determinado por las coordenadas U.T.M Norte 6.229.827,81 metros y Este 328.270,36 y se ubica en la comuna de Rancagua, Provincia de Cachapoal, Sexta Región, del Libertador General Bernardo O'Higgins. Señala que el área manifestada tiene la forma de un rectángulo cuyos lados orientados norte sur U.T.M miden 1000 metros, mientras que los orientados este oeste miden 700 metros; y la manifestación comprende 70 pertenecías de 1 hectárea de superficie cada una, la que denominará “MAULA 2 1/70” con un total de 70 hectáreas. Finalmente,

Fallo

en mérito de lo expuesto y en conformidad a lo dispuesto en los artículos 26, 34 y siguientes, 41 inciso 2º, 44 Nº5 y 114 del Código de Minería y los artículos 15 y 18 de su Reglamento, solicita tener por presentada la manifestación minera, acogerla a tramitación ordenando se certifique el día y hora de su presentación, ordenando su Código: XFVCXQLXFPP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inscripción y publicación, para lo cual solicita se le otorgue copia autorizada pertinente, y en definitiva, dictar sentencia declarando constituidas y otorgando a su representada las pertenencias mineras de que se trata esta manifestación. 2° Que, según documento acompañado a folio 7, dicha manifestación minera fue publicada en el Boletín Oficial de Minería de Santiago N° 43.202, con fecha 14 de marzo de 2022. 3° Que, según documento acompañado a folio 5, la manifestación minera fue inscrita a fojas 529 Vuelta número 355 del Registro de Descubrimientos de Minas de 2021, del Conservador de Minas de Rancagua. 4° Que, también a folio 5, se acompañó comprobante de pago de tasa de fecha 18 de agosto de 2021 y de patente proporcional de fecha 01 de marzo de 2022. 5° Que, en cumplimiento de lo ordenado por el tribunal, el Servicio Nacional de Geología y Minería emite el ORD. N° 956/2022 de fecha 15 de diciembre de 2022, agregado a folio 16, informando con observaciones la operación de mensura de las pertenencias Maula 2 1/32 Rol

Texto Completo (Preview)

Rancagua, diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro VISTOS Y CONSIDERANDO: 1° Que, con fecha 05 de agosto de 2021, a folio 1, y claración de folio 57, comparece don Christian Mauricio Jara Vergara, chileno, casado, abogado, en representación judicial de la SOCIEDAD DE EXPLORACIÓN Y DESARROLLO MINERO, sociedad contractual minera, chilena, ambos domiciliados en calle Miraflores N°178, piso 7, co

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica