2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CONTRERAS/POLLOCK

Rol

O-7909-2023

Fecha

23 de octubre de 2024

Materia

Despido injustificado, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 41, 42, 43, 160, 161, 162, 163, 168, 173, 420, 423, 432 y siguientes, 452 y siguientes, todos del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la acción de despido injustificado y cobro de prestaciones laborales interpuesta por don JOSÉ MANUEL CONTRERAS ELGUETA, en contra de su ex empleador POLICOMP S.A., representada legalmente por don Jaime Eduardo Pollock Veloso y en consecuencia se declara que el despido del cual fue objeto el trabajador con fecha 6 de septiembre del año 2023 lo fue injustificado y consecuencialmente con aquello, se condena a la demandada a concurrid al pago de las siguientes sumas de dinero: a. La suma de $1.282.761.-, por indemnización sustitutiva de aviso previo. b. La suma de $14.110.371.-, por concepto de indemnización por años de servicio, incrementada ésta última conforme mandata el artículo 168 del Código del Trabajo, en la suma de $14.110.371.- c. La suma ascendente a $224.957.- por concepto de remuneraciones de 6 días trabajados en el año 2023, por cuanto esta es la suma demandada y, sin perjuicio que el trabajador era acreedor de una suma mayor, no pudiendo el Tribunal otorgar una suma superior a aquella que ha sido requerida por poder ser objeto de ultrapetita, se fija en dicha suma el monto aludido. d. Además la suma ascendente a $1.068.968.-, por concepto de feriado legal y/o proporcional II. Las sumas ordenadas pagar deberán ser enteradas con todos los intereses y reajustes legales. III. Cada parte pagará sus costas. IV. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase ella dentro de quinto día, bajo apercibimiento de remitir los antecedentes a la judicatura especializada de cobranza laboral y previsional de esta ciudad, conforme mandata el artículo 462 del Código del Trabajo. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Dirigió la audiencia y dictó sentencia doña Germaine Nicole Petit-Laurent Elicei

Fallo

se declara: I. Que se acoge la acción de despido injustificado y cobro de prestaciones laborales interpuesta por don JOSÉ MANUEL CONTRERAS ELGUETA, en contra de su ex empleador POLICOMP S.A., representada legalmente por don Jaime Eduardo Pollock Veloso y en consecuencia se declara que el despido del cual fue objeto el trabajador con fecha 6 de septiembre del año 2023 lo fue injustificado y consecuencialmente con aquello, se condena a la demandada a concurrid al pago de las siguientes sumas de dinero: a. La suma de $1.282.761.-, por indemnización sustitutiva de aviso previo. b. La suma de $14.110.371.-, por concepto de indemnización por años de servicio, incrementada ésta última conforme mandata el artículo 168 del Código del Trabajo, en la suma de $14.110.371.- c. La suma ascendente a $224.957.- por concepto de remuneraciones de 6 días trabajados en el año 2023, por cuanto esta es la suma demandada y, sin perjuicio que el trabajador era acreedor de una suma mayor, no pudiendo el Tribunal otorgar una suma superior a aquella que ha sido requerida por poder ser objeto de ultrapetita, se fija en dicha suma el monto aludido. d. Además la suma ascendente a $1.068.968.-, por concepto de feriado legal y/o proporcional II. Las sumas ordenadas pagar deberán ser enteradas con todos los intereses y reajustes legales. III. Cada parte pagará sus costas. IV. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase ella dentro de quinto día, bajo apercibimiento de remitir los antecedentes a

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 23 DE OCTUBRE DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 15 RUC 23-4-0528836-2 RIT O-7909-2023 MAGISTRADA GERMAINE PETIT-LAURENT ELICEIRY ADMINISTRATIVO DE ACTAS ROCÍO ÁLVAREZ MIRANDA HORA DE INICIO 11:28 HORAS HORA DE TÉRMINO 13:50 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2340528836-2-1349-241023-00

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