BRAVO/ASESORIAS INMOBILIARIAS JULIO MARÍN PROPIEDADES LTDA.
Rol
M-1172-2023
Fecha
25 de octubre de 2024
Materia
Despido injustificado, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Se tiene por no contestada la demanda. APERCIBIIMENTO: Atendido al hecho de no haber comparecido la demandada al proceso y de conformidad a lo dispuesto en el inciso séptimo del N° 1 del artículo 453 del Código del Trabajo se establece la inexistencia de hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, por lo que de conformidad a lo dispuesto en el inciso final del N° 3 de la norma antes referida se dará por concluida la audiencia y se procede a dictar sentencia definitiva en este acto. SENTENCIA: Santiago, a veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago comparece don Claudio Antonio Bravo Córdova, cédula de identidad N°12.550.827-8, trabajador, domiciliado en La Montura N°4577 depto. G-502, comuna de La Florida, Santiago, quien interpone demanda de nulidad de despido, despido injustificado y cobro de prestaciones laborales en contra de su ex empleador Inmobiliarias Julio Marín Propiedades Ltda., RUT N° 76.085.877-3, representada legalmente por Julio Esteban Marín Venegas, cédula de identidad N° 17.679.565-4, ambos domiciliados en Santa Magdalena N°10, oficina 51, Comuna de Providencia.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1 5 7 8 9 160 161 162 453 454, 500 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I. Que SE ACOGE la demanda interpuesta por don Claudio Antonio Bravo Córdova en contra de Inmobiliarias Julio Marín Propiedades Ltda., representada legalmente por don Julio Esteban Marín Venegas, todos previamente individualizados, y se declara que el despido del trabajador ocurrido con fecha 7 de febrero de 2023 es injustificado, y en consecuencia se condena a la demandada a pagar al actor lo siguiente: a. La suma de $1.162.292 por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b. La suma de $ 193.715 por concepto de feriado proporcional. II. Que las sumas precedentemente señaladas deberán ser pagadas con los intereses y reajustes que establece el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. III. Que la parte demandada deberá enterar en AFP Habitat, Isapre Consalud y AFC Chile las cotizaciones adeudadas correspondientes al mes de enero y los días trabajados en el mes de febrero del año 2023, en base a una remuneración ascendente a la suma de $1.162.292.- IV. Que se declara la nulidad del despido y en consecuencia se condena a la demandada a pagar al actor las remuneraciones y demás prestaciones derivadas de la relación laboral desde la fecha del despido esto es 7 de febrero de 2023 hasta la fecha su convalidación en base a la remuneración señalada en el punto anterior. V. Que no se condena en costas a la demandad
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 23/10/2024, Santiago RUC 23- 4-0471464-3 RIT M-1172-2023 CARATULADO BRAVO/ASESORIAS INMOBILIARIAS JULIO MARÍN PROPIEDADES LTDA. MAGISTRADO Ema Del Pilar Novoa Mateos ADMINISTRATIVO DE ACTAS Rodrigo Valenzuela Ponce HORA DE INICIO 09:13 HORA DE TERMINO 09:24 SALA 2.1 Nº REGISTRO DE
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