2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

VELASCO/SERVICIOS DE MONTAJES M&P SPA

Rol

T-2752-2023

Fecha

23 de octubre de 2024

Materia

Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones, Subterfugio

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don Sebastián Pablo Chacón Larraín, Abogado, cédula de identidad N° 11.792.930-2, en representación de don RAÚL ALBERTO VELASCO LUGO, venezolano, soltero, Aprendiz de Montaje, Cédula de Identidad N° 26.114.214-7, domiciliado solo para estos efectos en Agustinas N° 1560, oficina 5, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana. quien interpone DENUNCIA POR VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES (ACTOS DE DISCRIMINACIÓN y GARANTÍA DE INDEMNIDAD); NULIDAD DEL DESPIDO; UNIDAD ECONÓMICA; SUBTERFUGIO: RESPONSABILIDAD SOLIDARIA O SUBSIDIARIA Y COBRO DE PRESTACIONES, en contra de YONATHAN DAVID MORENO MONTOYA MONTAJE DE ASCENSORES Y ESCALERAS MECÁNICAS E.I.R.L, RUT N° 76.833.194-4, representada legalmente por don Yonathan David Moreno Montoya, cédula de identidad N° 14.144.207-4, o por quien haga las veces de tal, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, domiciliado para estos efectos en Calle Marte N° 1356, comuna de Quinta Normal, Región Metropolitana; y así también de acuerdo al artículo 183-A y siguientes del Código del Trabajo en contra de en contra de SERVICIOS DE MONTAJE MyP SPA, RUT N° 77.553.909-7, representada legalmente por doña Betany Karina Moreno Calderón, cédula de identidad N° 20.336.242-0, domiciliada para estos efectos en Avenida Providencia N° 1750, oficina 711, Providencia, Región Metropolitana; en contra de IKSO SPA, RUT N° 76.993.859-1, representada legalmente por doña Karen Valeria San Martin Caro, cédula de identidad N° 11.903.251-2, o por quien haga las veces de tal, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 4° del Código del Trabajo, domiciliada para estos efectos en Avenida Kennedy N° 5454 piso 5, Vitacura, Región Metropolitana; en contra de DUPLEX S.A, RUT N° 96.933.760-6, representada legalmente por don Saeed Pardakhty Dokhany, cédula de identidad 14.624.277-4, domiciliada para estos efectos en Volcán Lascar Poniente N° 825, Pudahuel, Región Metropolitana; y en contra de PLAZA OESTE S.A., RUT N° 96.653.650-0, representada legalmente por don Oscar Munizaga Delfín, cédula de identidad 7.036.855-2, domiciliada para estos efectos en Avenida Américo Vespucio Sur N° 1501, Cerrillos, Región Metropolitana, en calidad de solidarios o en su defecto subsidiariamente responsables de las obligaciones que correspondan a la demandada principal, en virtud de lo dispuesto en el artículo 183-A y siguientes del Código del Trabajo. Solicita que se declare que el despido del actor de fecha 20 de Septiembre de 2023 es discriminatorio y nulo, y, en razón de ello sea condenada la denunciada YONATHAN DAVID MORENO MONTOYA MONTAJE DE ASCENSORES Y ESCALERAS MECÁNICAS E.I.R.L, a las indemnizaciones adicionales que prescribe el artículo 489 y siguientes del Código del Trabajo, junto con condena de las indemnizaciones, sanciones y prestaciones que expongo en el cuerpo de esta presentación y su petitorio, con los debidos reajustes, intereses y costas. Añade que solicita se declare además

Fallo

por tanto debe responder solidariamente o subsidiariamente. Indica que el actor comenzó a prestar servicios para la demandada principal el 20 de noviembre de 2018 conviniendo consensualmente desempeñarse como Aprendiz de Montaje, en todos aquellos lugares donde la empresa tuviese obras. En esa figura, fue derivado para trabajar para la demandada DÚPLEX S.A, quien, a su vez, prestaba servicios para la demandada IKSO S.A., siendo la dueña de la obra la demanda PLAZA OESTE S.A, la que estaba ubicada en Avenida Américo Vespucio N° 1501, Cerrillos, Región Metropolitana. El día 2 de agosto de 2022, mientras se encontraba desempeñando sus funciones para la demandada principal y las subsidiarias en una obra en el Mall Plaza Oeste, sufrió un accidente el cual fue catalogado de grave, y en consideración a la falta de preocupación e interés de la demandada principal por su salud y estado se interpuso una demanda por la responsabilidad que le cabe a la demandada en dicho accidente, la cual se encuentra radicada en el 1° Juzgado Laboral de Santiago, causa RIT O-4879-2023, siendo dado de alta el día 15 de septiembre del presente año, con un grado de incapacidad del 40%, en atención a las secuelas físicas que se generaron producto del accidente. Señala que para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, la remuneración corresponde a la suma de $850.000.- En relación con las instituciones previsionales, y para efectos de las acciones que se ejercen, se encuentra inscrito en AFP PLAN V

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Santiago, veintitrés de octubre de dos mil veinticuatro. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don Sebastián Pablo Chacón Larraín, Abogado, cédula de identidad N° 11.792.930-2, en representación de don RAÚL ALBERTO VELASCO LUGO, venezolano, soltero, Aprendiz de Montaje, Cédula de Identidad N° 26.114.214-7, domiciliado solo para estos efectos en Agustinas N° 1560, oficina 5, comuna y ciudad de

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