TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE HILE/PÉREZ
Rol
C-597-2024
Fecha
17 de octubre de 2024
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 11 de enero de 2024, al folio 1, don Luis Eduardo Montes Montes, abogado, domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, comuna de Providencia, en su calidad de mandatario judicial y en representaci n deó Scotiabank Chile S.A., sociedad an nima bancaria, cuyo gerente general es donó Diego Patricio Masola, ambos domiciliados para estos efectos en calle Morandé 226, comuna de Santiago, y este a su vez en representaci n convencional deló cesionario Tesorer a General de la Rep blicaí ú , cuyo representante legal es don Hern n Nobizelli Reyes, Contador Auditor, ambos domiciliados para este efectoá en calle teatinos 28, oficina 301, de la comuna de Santiago, dedujo demanda ejecutiva en contra de do añ Katherine Fernanda P rez Olivares, é de quien expres ignorar profesi n u oficio, domiciliada en Per 2584, de la comuna de Laó ó ú Serena, en Avenida El Santo 2584, Compa a Alta, de la comuna de La Serena,ñí y en Avenida Videla 2584, comuna de La Serena, pretendiendo obtener el pago forzado de la suma de UF 991,557 m s intereses y costas, con fundamento en dosá pagar s suscritos por apoderados del banco, en representaci n del deudor, seg né ó ú mandato conferido por ella en Contrato de Apertura de L nea de Cr dito paraí é Estudiantes de Educaci n Superior con Garant a Estatal seg n Ley 20.027, poró í ú las sumas de UF 950,5037 y UF 41,0533, todos con vencimiento para el d a 15í de diciembre de 2023, ocurriendo que tales cr ditos no se pagaron en la fechaé acordada, adeudando la suma total demandada. Agreg que los pagar s seó é encuentran garantizados con la Garant a Estatal del Fisco de Chile, conforme a laí Ley N 20.027; que devengar an un inter s penal igual al m ximo que la ley° í é á permite estipular para operaciones en moneda nacional reajustables, en caso de mora o simple retardo; que se liber de la obligaci n de protesto; y que la firmaó ó del suscriptor se encuentra autorizada ante notario, siendo la obligaci n l quida,ó í actualmente exigible y con acci
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la ejecutada do a ñ Katherine Fernanda P rezé Olivares, ha opuesto excepciones, pretendiendo el rechazo de la demanda, con costas, fundando stas, en losé hechos y argumentos de derecho ya descritos, latamente, en la parte expositiva del presente fallo. SEGUNDO: Que, por su parte, la ejecutante ha pedido el rechazo de las excepciones deducidas, en base a las consideraciones contenidas en su presentaci n de fecha 31 de mayo de 2024. ó TERCERO: Que, de la revisi n del proceso se evidencia que eló demandado no ha rendido prueba alguna en los presentes autos, y que por su parte, la ejecutante acompa como medio de prueba a la carpeta electr nica, losñó ó siguientes instrumentos: 1) Dos pagar s, suscritos con fecha 5 de diciembre de 2023, por las sumasé de 950,5037 UF y 41,0533 UF, con vencimiento el 15 de diciembre de 2023. 2) Contrato de apertura de l nea de cr dito para estudiantes de Educaci ní é ó Superior, con garant a estatal, seg n ley 20.027, suscrito por laí ú demandada, cuya copia se encuentra agregada al folio 26. 3) Copia de mandato judicial, de fecha 29 de noviembre de 2019, anotada bajo el repertorio N 23.887-2019, con certificaci n de vigencia de fecha° ó 4 de enero de 2024. 4) Copia autorizada de escritura p blica, de fecha 7 de enero de 2021,ú repertorio 1452-2021, denominada como Delega poder Scotiabank“ Chile a Scotiabank Chile a Sebastian Gerardo Rammsy y otra .” 5) Copia de escritura de mandato judicial especial, de fecha 16 de abril de 2010, anotado bajo el repertorio N 9.149-2010° 6) Certificado de la Comisi n Administradora del Sistema de Cr ditosó é para estudios superiores, respecto de la demandada de autos. CUARTO: Que, primeramente, la excepci n de ó falta de requisitos para que el t tulo tenga fuerza ejecutivaí no cabe acogerla, por cuanto del simple Código: PDXJXQMCCXP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 examen visual de los pagar s que se encuentran guardados en custodia bajo elé registro n mero 676 de 2024 y cuyas copias obran en el expediente digital conú fecha 12 de enero de 2024, no objetados, consta que dichos t tulos fueroní suscritos por un apoderado del banco, seg n mandato otorgado por la ejecutadaú en el Contrato de Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes de Educaci ní é ó Superior, hecho que por lo dem s, no ha resultado desconocido por dicha parte,á no habi ndose justificado de modo alguno en el proceso por dicha litigante, queé los datos que fueron llenados por alg n mandatario o empleado de la ejecutante,ú estuvieran fuera de las facultades o par metros para ese efecto, siendo de carga deá la ejecutada el peso de la prueba en tal sentido. Por lo dem s, tales pagar s, cuentan con todos los requisitos establecidos ená é los art culos 434 del C digo de Procedimiento Civil y 102 de la Ley N 18.092,í ó ° para tener m rito ejecutivo, lo que no ha resultado desvirtuado en autos. é En este orden de ideas
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba, estando ambas partesó notificadas de la respectiva interlocutoria, como consta a los folios 19 y 20. Con fecha 22 de julio de 2024, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la ejecutada do a ñ Katherine Fernanda P rezé Olivares, ha opuesto excepciones, pretendiendo el rechazo de la demanda, con costas, fundando stas, en losé hechos y argumentos de derecho ya descritos, latamente, en la parte expositiva del presente fallo. SEGUNDO: Que, por su parte, la ejecutante ha pedido el rechazo de las excepciones deducidas, en base a las consideraciones contenidas en su presentaci n de fecha 31 de mayo de 2024. ó TERCERO: Que, de la revisi n del proceso se evidencia que eló demandado no ha rendido prueba alguna en los presentes autos, y que por su parte, la ejecutante acompa como medio de prueba a la carpeta electr nica, losñó ó siguientes instrumentos: 1) Dos pagar s, suscritos con fecha 5 de diciembre de 2023, por las sumasé de 950,5037 UF y 41,0533 UF, con vencimiento el 15 de diciembre de 2023. 2) Contrato de apertura de l nea de cr dito para estudiantes de Educaci ní é ó Superior, con garant a estatal, seg n ley 20.027, suscrito por laí ú demandada, cuya copia se encuentra agregada al folio 26. 3) Copia de mandato judicial, de fecha 29 de noviembre de 2019, anotada bajo el repertorio N 23.887-2019, con certificaci n de vigencia de fecha° ó 4 de enero de 2024. 4) Copia
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Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-597-2024 CARATULADO : TESORERIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE HILE/P REZÉ Santiago, diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro VISTOS: Con fecha 11 de enero de 2024, al folio 1, don Luis Eduardo Montes Montes, abogado, domiciliado en Avenida Suecia 42, piso 5, comuna de Providencia, en su c
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