24º Juzgado Civil de Santiago

CAR S.A./PATIÑO

Rol

C-8353-2023

Fecha

16 de octubre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

C-8353-2023 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8353-2023 CARATULADO : CAR S.A./PATI OÑ Santiago, diecis is de octubre de dos mil veinticuatroé VISTOS. Con fecha 19 de mayo de 2023, al folio 1, don Ignacio Pinto Basaure, abogado, domiciliado en calle Never a 4631, oficina 203, de la comuna de Lasí Condes, en representaci n de ó CAR S.A, sociedad del giro operaci n yó administraci n de tarjetas de cr dito, representada legalmente por don Mat asó é í Madrid Hidalgo, ingeniero comercial, y por don Christian Gonz lez Salazar,á ingeniero civil, todos domiciliados en Paseo Estado N 91, piso 2, de la comuna deº Santiago, interpone demanda ejecutiva de cobro de pagar , por la suma deé $2.480.421.- en contra de don C sar Alonso Pati o Aguileraé ñ , domiciliado en Rio Maule 8960, de la comuna de Antofagasta y en Lo Encalada 503, de la comuna de u oa.Ñ ñ Indica que CAR S.A., ser a actual due a del pagar n meroí ñ é ú 100000791987, por la suma de $2.480.421.- con vencimiento el 5 de mayo de 2023, adeudado por la parte ejecutada, y que habr a sido suscrito ení representaci n de la deudora por la sociedad de Cobranzas Payback Limitada, enó virtud de mandato otorgado por el ejecutado. Adiciona que el pagar no habr a sido pagado a la fecha de sué í vencimiento, raz n por la cual la ejecutada adeudar a la suma antes se alada,ó í ñ deveng ndose desde ese d a el inter s m ximo que la ley permite estipular paraá í é á este tipo de operaciones de cr dito. Agrega que se habr a relevado al tenedor deé í la obligaci n de protesto, estando la firma del suscriptor autorizada ante Notario,ó siendo adem s la obligaci n l quida, actualmente exigible y con acci n noá ó í ó prescrita, gozando de m rito ejecutivo, por lo que pide se ordene despacharé mandamiento de ejecuci n y embargo, por la suma de $2.480.421.- m s interesesó á y costas. Con fecha 21 de julio de 2023, al folio 6, el ejecutado don C sar Alonsoé Pati o Agu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el ejecutado don C sar Alonso Pati o Aguilera é ñ ha opuesto excepciones en el procedimiento ejecutivo de cobro de pagar ,é pretendiendo el rechazo de la demanda, con costas, fundando sta, en los hechosé y argumentos de derecho ya descritos, latamente, en la parte expositiva del presente fallo. Código: CXPDXQGGXNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8353-2023 Foja: 1 SEGUNDO: Que, la parte ejecutante anda dijo dentro del t rmino legal,é por lo que se tuvo por evacuado el traslado de rigor, en su rebeld a, ello siní perjuicio de las consideraciones contenidas en su presentaci n de fecha 5 deó marzo ltimo. ú TERCERO: Que, las excepciones de falta de requisitos para que el t tuloí tenga fuerza ejecutiva, en su primer fundamento, y de nulidad de la obligaci n seó han sustentado en los mismos hechos, ante lo cual deber n analizarse y resolverseá en su conjunto. CUARTO: Que, para poder resolver las excepciones de falta de requisitos para que el t tulo tenga fuerza ejecutiva, en su primer fundamento, y de nulidadí de la obligaci n, debe tenerse presente, en primer lugar, lo dispuesto en losó art culos 2116 y 2131 del C digo Civil, que en s ntesis establecen que elí ó í mandatario de un mandato relativo a una o m s gestiones claramenteá determinadas, debe ce irse rigorosamente a los t rminos del mismo.ñ é QUINTO: Que, efectivamente, el mandato especial de autos, que se encuentra contenido en el contrato denominado como Contrato y reglamento de“ Cr dito Tarjeta Ripley Mastercardé ”, cuya copia se encuentra agregada al expediente digital con fecha 23 de mayo de 2023, no objetado, no confiere facultades amplias de administraci n y,

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibi la causa a prueba, sin que se rindiera sta poró é las partes dentro del probatorio, estando notificadas de la interlocutoria de prueba, como se aprecia de las actuaciones agregadas a los folios 25 y 26. Con fecha 12 de septiembre de 2024, al folio 28, se cit a las partes aó o r sentencia.í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el ejecutado don C sar Alonso Pati o Aguilera é ñ ha opuesto excepciones en el procedimiento ejecutivo de cobro de pagar ,é pretendiendo el rechazo de la demanda, con costas, fundando sta, en los hechosé y argumentos de derecho ya descritos, latamente, en la parte expositiva del presente fallo. Código: CXPDXQGGXNX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-8353-2023 Foja: 1 SEGUNDO: Que, la parte ejecutante anda dijo dentro del t rmino legal,é por lo que se tuvo por evacuado el traslado de rigor, en su rebeld a, ello siní perjuicio de las consideraciones contenidas en su presentaci n de fecha 5 deó marzo ltimo. ú TERCERO: Que, las excepciones de falta de requisitos para que el t tuloí tenga fuerza ejecutiva, en su primer fundamento, y de nulidad de la obligaci n seó han sustentado en los mismos hechos, ante lo cual deber n analizarse y resolverseá en su conjunto. CUARTO: Que, para poder resolver las excepciones de falta de requisitos para que el t tulo tenga fuerza ejecutiva, en su primer fundamento, y de nulidadí de la obligaci n, debe te

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C-8353-2023 Foja: 1 FOJA: 16 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-8353-2023 CARATULADO : CAR S.A./PATI OÑ Santiago, diecis is de octubre de dos mil veinticuatroé VISTOS. Con fecha 19 de mayo de 2023, al folio 1, don Ignacio Pinto Basaure, abogado, domiciliado en calle Never a 4631, oficina 203, de la comuna de Lasí Condes, en representaci n d

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