CÁCERES/AZOCAR ARREGUEBERRY Y CIA LTDA
Rol
C-16132-2024
Fecha
16 de octubre de 2024
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 29 de agosto de 2024, a folio 1, don Juan Andr s Reyesé Reyes, abogado, don Tom s Guillermo Godoy Gotschlich, y don Joaqu ná í Mariano Bouffanais P rez, en representaci n de do a é ó ñ Hilda Teresa C ceres Calder ná ó , domiciliada en calle Santo Domingo 1160, oficina 901, comuna de Santiago, solicitan se designe un rbitro de derechoá , para que solucione la controversia suscitada con la demandada estudio Azocar, Aguerreberry y Cia. Ltda., representada legalmente por don Octavio Andr s Azocar Simonet, y por don Juan Pablo Aguerreberry Tesler, ambosé abogados, domiciliados en Calle Amunategui N 277, piso 12, comuna de° Santiago.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, 17 de septiembre de 2024, se orden laó comparecencia de las partes a la audiencia de designaci n de rbitro del d aó á í 14 de octubre de 2024, a las 09:00 horas, la que se realizar a por Videoí Conferencia a trav s de la Plataforma Virtual ZOOM, resoluci n que fueé ó notificada a la demandada, seg n consta a folio 8. ú SEGUNDO: Que, a las 09:00 horas del d a 14 de octubre de 2024,í al folio 13, se celebr el comparendo de estilo con la asistencia de la parteó demandante y en rebeld a de la parte demandada.í TERCERO: Que, no existiendo acuerdo entre las partes respecto de la persona en quien debe recaer el encargo, el Tribunal proceder aá designarlo conforme lo dispone el art culo 227 del C digo Org nico deí ó á Código: XRSLXQRBUJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Tribunales, en relaci n con los art culos 646 y 414 del C digo deó í ó Procedimiento Civil. CUARTO: Que, atendido lo acordado por las partes en la cl usulaá sexta del contrato celebrado entre ellas, respecto de la calidad del rbitro aá designar, se nombrar uno de derecho, como se se alar a continuaci n.á ñ á ó Y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 160, 170, 628 yá í siguientes, 680 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil, art culosó í 223, 225 y 232 del C digo Org nico de Tribunales, des gnese ó á í rbitro deá derecho al abogado Mat as Mori Arellano, domiciliado en Apoquindoí 3910, tel fono de contacto 569 79664535, correo electr nicoé ó mmori@momag.cl Notif quese a las partes para los fines del art culo 416 del C digo deí í ó Procedimiento Civil, en relaci n con el art culo 232 del C digo Org nico deó í ó á Tribunales. Hecho, notif quese al rbitro para la aceptaci n del cargo.í á ó Regístrese, anótese y en su oportunidad, archívese. Pronunciada por do añ Cecilia Pasten P rezé , Juez Suplente. /dbh Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecis is de octubre de dos milé veinticuatro Código: XRSLXQRBUJX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl mailto:mmori@momag.cl 2024-10-16T13:19:24-0300
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 24 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-16132-2024 CARATULADO : C CERES/AZOCAR ARREGUEBERRY YÁ CIA LTDA Santiago, diecis is de octubre de dos mil veinticuatroé VISTOS: Con fecha 29 de agosto de 2024, a folio 1, don Juan Andr s Reyesé Reyes, abogado, don Tom s Guillermo Godoy Gotschlich, y don Joaqu ná í Mariano Bouffanais P rez, en repre
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