Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena

ZAMBRANA/SOC COMERCIAL E INVERSIONES ELITE

Rol

M-587-2024

Fecha

22 de octubre de 2024

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Sueldo

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos no discutidos: 1.- Existencia relación laboral entre las partes entre el 11 de mayo de 2023 y el 28 de mayo de 2024. 2.- Que la demandante cumplía funciones como Bartender. 3.- Que la demandante fue despedida el 28 de mayo por la causal del art 160 N°1 del Código del Trabajo. 4.- Que se adeuda la remuneración de mayo de 2024 y el feriado legal. Hechos a probar: 1.- Efectividad de que la carta de despido no contempla hechos que sustenten la causal invocada. 2.- Monto de la remuneración que debe servir de base de cálculo. 3.- Efectividad de haberse pagado a la trabajadora la suma de $373.330 por concepto de adelanto de remuneración de mayo de 2024. 4.- Monto que se adeuda por remuneración de mayo de 2024 y feriado legal. 5.- Efectividad de haberse efectuado pagos a la trabajadora que deban compensarse con los montos a los que pueda tener derecho. Pruebas de la parte demandada: I.- Documental: 1. Certificado 07 de junio de 2024 por transferencias electrónicas de realizadas desde la cuenta 92802795 del Banco Santander Chile a nombre de Inmobiliaria e Inversiones Prime SPA RUT 77.846.035-1 a favor del RUT 18.909.657-7 cuenta RUT 18909657 del Banco Estado a nombre de la demandante Jean Karla Zambrana, en el periodo 21 de marzo al 23 de mayo de 2024. 2. Desglose de pagos realizados a favor del rut 18.909.657-7 cuenta rut N° 18909657 del Banco Estado a nombre de la demandante Jean Karla Zambrana, del periodo octubre 2023 a mayo 2024, bajo los nombres de los ex trabajadores José Cortes y Pier Angello Piffardi, por un total de $1.412.500. 3. Comprobante Transferencia de Fondos realizada el 22 de mayo de 2024 desde la cuenta 92802795 del Banco Santander Chile a nombre de INMOBILIARIA E INVERSIONES PRIME SPA RUT 77.846.035-1 a favor del rut 18.909.657-7 cuenta rut N° 18909657 del Banco Estado bajo el nombre de ex trabajador José Cortes, por un monto de $100.000. 4. Comprobante Transferencia de Fondos realizada el 22 de mayo de 2024 desde la cuenta 92802795 del Banco San

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 162, 163, 168, 453, 454 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por doña Jean Karla Zambrana Avilés en contra Inmobiliaria e Inversiones Elite Limitada RUT 77455931-0, estimándose que su despido es indebido y se condena a esta última a pagar las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a) Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $875.000. b) La suma de $875.000 por concepto de un año de servicio. c) La suma de $700.000 por concepto de recargo del 80% de acuerdo con el artículo 168 letra c del código del trabajo. d) La suma de $816.666 por concepto de remuneración del mes de mayo de 2024. e) La suma de $612.486 por feriado proporcional. II.- De la suma establecida como remuneración del mes de mayo de 2024, se deberá descontar la cantidad de $373.330 y de $100.000 que recibió la trabajadora con fecha 22 de mayo de 2024. III. Las sumas ordenadas pagar se incrementarán en la forma prevista en el artículo 63 y 173 del código del trabajo. IV.- Que, no se condenan costas a la demandada por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de las partes.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA UNICA FECHA 22 DE OCTUBRE DE 2024 RUC 24-4-0601108-5 RIT M-587-2024 MAGISTRADO VALERIA MULET MARTINEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS ISABEL MARGARITA JOFRE OLIVARES SALA 2 HORA DE INICIO 10:58 HORA DE TERMINO 12:40 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440601108-5-1337 PARTE DEMANDANTE JEAN KARLA ZAMBRANA AVILÉS  ABOGADO ORLANDO ESTEBAN ORELLANA ROJAS PARTE DEMANDADA SOC COMERCI

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