11º Juzgado Civil de Santiago

SCOTIABANK CHILE S. A./SILVA

Rol

C-3959-2024

Fecha

14 de octubre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que compareció doña Carolina Cisternas Eltit, abogada, domiciliado en calle Teatinos 449, oficina 3, piso 3, en representación convencional de Scotiabank Chile S.A., sociedad anónima bancaria, representada legalmente por su Gerente General, don Diego Patricio Masola, contador, ambos domiciliados para estos efectos en calle Morandé 226, comuna Santiago, quien dedujo demanda ejecutiva de cobro de pagaré conforme a la Ley N° 20027 y su Reglamento, en contra de doña Vania Soledad Silva Muñoz, de quien se ignora profesión u oficio, domiciliada en Castenovi 1771 Cerro Navia y/o Fidias 9272 Pudahuel y/o Mapocho 7432 Cerro Navia y solicitó se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma en capital de 615,6192.- Unidades de Fomento, equivalentes en pesos al día 29 de enero de 2024, a la suma de $22.620.878.- más los respectivos intereses convencionales, devengados y los que se devenguen hasta el día del pago más los intereses penales, y reajustes hasta la fecha del pago efectivo, todos ellas con costas. Señaló que su representada es dueña de los pagarés a la orden suscritos el 19 de enero de 2024 por Scotiabank, a su vez, en representación de Vania Silva Muñoz, en virtud del mandato conferido por éste último en la Cláusula 15 y 16 del Contrato de Apertura de Línea de Crédito para Estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal según Ley 20.027. Código: BJPDXQLMKCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3959-2024 Foja: 1 A saber, los pagarés son: 1.-Pagaré a la orden, suscrito el 19 de enero de 2024, por el monto de 61,5619 Unidades de Fomento, con vencimiento el 29 de enero de 2023 y 2.- Pagaré a la orden, suscrito el 19 de enero de 2024, por el monto de 554,0573 Unidades de Fomento, con vencimiento el 29 de enero de 2023. Indicó que los pagarés, antes individualizados, no fueron pagados a la fecha de su vencimiento, por lo que el deudor se encuentra en mora desde dich

Fundamentos

Considerando: Primero: Que compareció doña Carolina Cisternas Eltit, abogada, en representación convencional de Scotiabank Chile S.A., sociedad anónima bancaria, quien dedujo demanda ejecutiva de cobro de pagaré conforme a la Ley N° 20027 y su Reglamento, en contra de doña Vania Soledad Silva Código: BJPDXQLMKCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3959-2024 Foja: 1 Muñoz, y solicitó se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma en capital de 615,6192.- Unidades de Fomento, equivalentes en pesos al día 29 de enero de 2024, a la suma de $22.620.878.- más los respectivos intereses convencionales, devengados y los que se devenguen hasta el día del pago más los intereses penales, y reajustes hasta la fecha del pago efectivo, todos ellas con costas. Fundamentó su demanda ejecutiva sobre la base de los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia que se tienen por íntegramente reproducidos. Segundo: Que al comparecer la ejecutada Vania Soledad Silva Muñoz, se opuso deduciendo las excepciones reguladas respectivamente, en los numerales 11, 7, 14 y 4 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, fundamentada en la parte expositiva de esta sentencia. Tercero: Que la carga de la prueba puede ser definida como la necesidad de las partes de probar los hechos que constituyen el supuesto fáctico de la norma jurídica que invocan a su favor a riesgo de obtener una resolución desfavorable a sus pretensiones y resistencias. Conforme a lo anterior, el ordenamiento positivo nacional regula el onus probandi en el artículo 1698 del Código Civil, al señalar que: “Incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquéllas o ésta”. Así, recibida la causa a prueba, la parte demandada no rindió prueba alguna dentro del término probatorio. Esto, no obstante, los documentos ya acompañados por el actor con la demanda en el Folio 1 consistentes en: 1. Los pagarés fundantes de la ejecución guardados bajo la custodia N° de Movimiento 2815 de 05/03/2024; Código: BJPDXQLMKCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3959-2024 Foja: 1 2. Copia del Contrato de Apertura de Línea de Crédito para Estudiantes de Educación Superior con Garantía Estatal, según ley 20.027, que contiene el mandato para firmar pagarés; 3. Copia autorizada, de escritura pública en la que consta la facultad del representante del banco para la suscripción de los títulos que se cobran. 4.Copia autorizada de escritura pública en que consta la personería de Diego Patricio Masola, para representar a Scotiabank Chile S.A., de 25 de mayo de 2021, 5.Copia mandato judicial especial de fecha 28 de diciembre de 2018 otorgado por Scotiabank Chile donde consta la personería de la abogada patrocinante. Cuarto: Que en lo tocante a la excepción contemplada en numeral 11° del artículo 464 del Código de Procedi

Fallo

se declararon admisibles las excepciones, y se recibió la causa a prueba y el 09 de octubre de 2024, encontrándose la causa en estado, se citó a las partes a oír sentencia. Considerando: Primero: Que compareció doña Carolina Cisternas Eltit, abogada, en representación convencional de Scotiabank Chile S.A., sociedad anónima bancaria, quien dedujo demanda ejecutiva de cobro de pagaré conforme a la Ley N° 20027 y su Reglamento, en contra de doña Vania Soledad Silva Código: BJPDXQLMKCN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3959-2024 Foja: 1 Muñoz, y solicitó se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra, por la suma en capital de 615,6192.- Unidades de Fomento, equivalentes en pesos al día 29 de enero de 2024, a la suma de $22.620.878.- más los respectivos intereses convencionales, devengados y los que se devenguen hasta el día del pago más los intereses penales, y reajustes hasta la fecha del pago efectivo, todos ellas con costas. Fundamentó su demanda ejecutiva sobre la base de los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia que se tienen por íntegramente reproducidos. Segundo: Que al comparecer la ejecutada Vania Soledad Silva Muñoz, se opuso deduciendo las excepciones reguladas respectivamente, en los numerales 11, 7, 14 y 4 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, fundamentada en la parte expositiva de esta sentencia. Tercero: Que la carga

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C-3959-2024 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-3959-2024 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./SILVA Santiago, catorce de octubre de dos mil veinticuatro Vistos: Que compareció doña Carolina Cisternas Eltit, abogada, domiciliado en calle Teatinos 449, oficina 3, piso 3, en representación convencional de Scotiabank Chile S.A., sociedad anónim

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