CONCHA/FERNÁNDEZ
Rol
M-1-2024
Fecha
18 de octubre de 2024
Materia
Costas, Feriado legal, Feriado proporcional, Reajustes e intereses, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos indicados en el libelo del actor. TERCERO: Que, conforme a lo indicado en el motivo anterior, procede hacer lugar a la demanda, declarando la existencia de la relación laboral en los términos solicitados por la demandante y el pago de cada una de las prestaciones demandadas, por cuanto los hechos del libelo se tuvieron por admitidos por la parte demandada. Por estas consideraciones y por lo dispuesto en los artículos 1,7, 41 y siguientes y 453, 56, 57, 73 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, se hace lugar a la demanda en todas sus partes y, en consecuencia, se declara que la relación laboral habida entre esta parte demandante con el demandado se extendió ininterrumpidamente desde el 1 de diciembre de 2002 hasta el 5 de octubre de 2023, ambos días inclusive, estableciéndose que el monto de la última remuneración devengada es de $ 587.500 pesos, que la relación laboral era de carácter indefinida, condenándose al demandado al pago de las siguientes sumas: 1) $587.500.- (quinientos ochenta y siete mil quinientos pesos), por concepto de remuneración adeudada del mes de julio de 2023; 2) $587.500.- (quinientos ochenta y siete mil quinientos pesos), por la remuneración adeudada del mes de agosto de 2023; 3) $587.500.- (quinientos ochenta y siete mil quinientos pesos), por la remuneración adeudada del mes de septiembre de 2023; 4) $97.917.- (noventa y siete mil novecientos diecisiete pesos), por concepto de remuneración impaga por 5 días del mes de octubre de 2023. 5) $436.364.- (cuatrocientos treinta y seis mil trescientos sesenta y cuatro pesos), por concepto de feriado legal anual correspondiente al periodo 01 de diciembre de 2020 al 30 de diciembre de 2021; 6) $436.364.- (cuatrocientos treinta y seis mil trescientos sesenta y cuatro pesos), por concepto de feriado legal anual correspondiente al periodo comprendido entre el 01 de diciembre de 2021 al 30 de diciembre de 2022; 7) $368.482.- (trescientos sesenta y ocho mil cuatrocientos ochent
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 6 de marzo del presente año, don Manuel Jesús Concha Dote dedujo demanda en procedimiento monitorio en contra de don Rodomiro Fernández Matus, por cobro de remuneración y feriados, en razón de los fundamentos de hecho y derecho que expone. Indica que el 1 de diciembre de 2002, comenzó a prestar servicio personal, bajo vínculo de subordinación y dependencia para el demandado, escriturándose el respectivo contrato de trabajo, consistiendo sus servicios en desempeñar la función de Guardabosques, en el Bosque de propiedad del demandado, ubicado en Llongocura s/n, comuna de Curepto, con una jornada de trabajo de lunes a viernes, de 08:00 a 12:30 horas y 14:00 a 18:15 horas, y sábado de 08:00 a 12:15 horas, una remuneración de $587.500.- (quinientos ochenta y siete mil quinientos pesos), siendo su contrato de naturaleza indefinida. En cuanto al término de la relación laboral, explica que el 5 de octubre de 2023, renunció verbalmente con su empleador, dando término a la relación laboral, pues no quiso seguir prestando servicios, por no pagarle sus remuneraciones desde el mes de julio de 2023. Así las cosas -añade- su ex empleador no pagó sus remuneraciones correspondientes a los meses de julio, agosto y septiembre del año 2023, y no pagó cinco días de remuneración del mes de octubre del año 2023. Asimismo, y pese al tiempo transcurrido, no dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 177 del Código del trabajo, no otorgando el finiquito dentro del plazo legal, ni poner el pago a su disposición, adeudando la demandada, en definitiva, los siguientes conceptos: Remuneración del mes de julio de 2023 por la suma de $587.500.- (quinientos ochenta y siete mil quinientos pesos); Remuneración del mes de agosto de 2023 por la suma de $587.500.- (quinientos ochenta y siete mil quinientos pesos); Remuneración del mes de septiembre de 2023 por la suma de $587.500.- (quinientos ochenta y siete mil quinientos pesos); Remuneración de 5 días de octubre de 2023 por la suma de $97.917.- (noventa y siete mil novecientos diecisiete pesos); Feriado legal correspondiente al periodo 2020-2021 por la suma de $436.364.- (cuatrocientos treinta y seis mil trescientos sesenta y cuatro pesos); Feriado legal correspondiente al periodo 2021-2022 por la suma de $436.364.- (cuatrocientos treinta y seis mil trescientos sesenta y cuatro pesos); y Feriado proporcional desde el 1 de diciembre de 2022 al 5 de octubre de 2023 por 17,73 días, ascendente la suma de $368.482.- (trescientos sesenta y ocho mil cuatrocientos ochenta y dos pesos). Indica que, en razón de lo anterior, el día 30 de noviembre de 2023, interpuso el reclamo respectivo en la Inspección del Trabajo, siendo citado en aquella oportunidad a una audiencia a celebrarse el día 15 de diciembre de 2023, en dependencias de la Inspección del Trabajo. A dicha citación, la parte demandada no compareció, habiendo sido citado por correo certificado. En cuanto al derecho, cita y transcribe la
Fallo
Por estas consideraciones y por lo dispuesto en los artículos 1,7, 41 y siguientes y 453, 56, 57, 73 y siguientes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, se hace lugar a la demanda en todas sus partes y, en consecuencia, se declara que la relación laboral habida entre esta parte demandante con el demandado se extendió ininterrumpidamente desde el 1 de diciembre de 2002 hasta el 5 de octubre de 2023, ambos días inclusive, estableciéndose que el monto de la última remuneración devengada es de $ 587.500 pesos, que la relación laboral era de carácter indefinida, condenándose al demandado al pago de las siguientes sumas: 1) $587.500.- (quinientos ochenta y siete mil quinientos pesos), por concepto de remuneración adeudada del mes de julio de 2023; 2) $587.500.- (quinientos ochenta y siete mil quinientos pesos), por la remuneración adeudada del mes de agosto de 2023; 3) $587.500.- (quinientos ochenta y siete mil quinientos pesos), por la remuneración adeudada del mes de septiembre de 2023; 4) $97.917.- (noventa y siete mil novecientos diecisiete pesos), por concepto de remuneración impaga por 5 días del mes de octubre de 2023. 5) $436.364.- (cuatrocientos treinta y seis mil trescientos sesenta y cuatro pesos), por concepto de feriado legal anual correspondiente al periodo 01 de diciembre de 2020 al 30 de diciembre de 2021; 6) $436.364.- (cuatrocientos treinta y seis mil trescientos sesenta y cuatro pesos), por concepto de feriado legal anual correspondiente al periodo compren
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO SENTENCIA FECHA 18/10/2024 RUC 24- 4-0555260-0 RIT M-1-2024 MAGISTRADO ROLANDO ANTONIO CORREA PESANTE ADMINISTRATIVO DE ACTAS ESTELA INÉS MUÑOZ GUERRERO HORA DE INICIO 10:03am HORA DE TERMINO 10:17am Nº REGISTRO DE AUDIO 2440555260-0-127-241018-00-01- M-1-2024 PARTE RECLAMANTE NO COMPARECIENTE MANUEL JESÚ
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