1º Juzgado Civil de Santiago

GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE SOCIEDAD ANÓNIMA/CARTES

Rol

C-17583-2023

Fecha

11 de octubre de 2024

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece FRANCISCA IGNACIA ESPEJO FIGUEROA, abogada, mandataria judicial de GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE S.A., antes GMAC COMERCIAL AUTOMOTRIZ CHILE S.A., del giro de su denominación, representada convencionalmente por Romualdo Andrés Araos Morales y por Leopoldo Jeldres Ibañez, todos domiciliados para estos efectos en calle Fanor Velasco N° 85, Piso 3, Santiago, entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de HARDEE EILEINN CARTES VENEGAS, ignora profesión u oficio, domiciliada en Vicente Huidobro N 1552, Triaguén, por el cobro de $ 3.130.876, más intereses que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. Funda la demanda señalando que su representada es dueña de un pagaré suscrito por la ejecutada, respecto del cual se encuentra en mora. Código: GUXXQTKDCM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17583-2023?? ?  Foja: 1 Indica que se pactó cláusula de aceleración, que la obligación es líquida, actualmente exigible, que consta en título ejecutivo y que la acción no se encuentra prescrita. A folio 4 (del exhorto E-39-2024 del Juzgado de Letras y Garantía de Traiguén) consta la notificación personal de la demanda ejecutiva y el requerimiento de pago, con fecha 03 de febrero de 2024. A folio 11, la ejecutada opuso las excepciones contenidas en el artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, solicitando que sean acogidas, con costas: 1.- La del N° 9, fundada en que su parte pagó 22 de las cuotas referidas, mediante transferencia electrónica, lo que constituye un pago parcial de la deuda, ya que se han pagado mas de la mitad de las cuotas pactadas originalmente. 2.- La del N° 11, fundada en que su parte continuó efectuando pagos parciales, renunciando así la ejecutante a exigir un pago íntegro, cuestión que interpreta como una manera de otorgar esperas. 3.

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: GUXXQTKDCM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17583-2023?? ?  Foja: 1 PRIMERO: Que, como se indicó, comparece FRANCISCA IGNACIA ESPEJO FIGUEROA, abogada, mandataria judicial de GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE S.A., antes GMAC COMERCIAL AUTOMOTRIZ CHILE S.A., entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de HARDEE EILEINN CARTES VENEGAS, por el cobro de $ 3.130.876, más intereses que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. ऀFunda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas y se recibieron a prueba. A folio 42, se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Código: GUXXQTKDCM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-17583-2023?? ?  Foja: 1 PRIMERO: Que, como se indicó, comparece FRANCISCA IGNACIA ESPEJO FIGUEROA, abogada, mandataria judicial de GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE S.A., antes GMAC COMERCIAL AUTOMOTRIZ CHILE S.A., entablando demanda en juicio ejecutivo en contra de HARDEE EILEINN CARTES VENEGAS, por el cobro de $ 3.130.876, más intereses que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de la suma demandada, con costas. ऀFunda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, la ejecutada opuso las excepciones contempladas en los N°s 9, 11 y 7 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, por los motivos ya expresados en lo expositivo, solicitando que se deseche la demanda de autos en su totalidad, con costas. TERCERO: Que, en orden a acreditar sus dichos, la parte ejecutante acompañó al proceso los documentos que funda la presente ejecución, custodiados en Secretaría del Tribunal, bajo el N° 10879-2023, y agregados a folio 1, cuyo tenor es el siguiente: 1.- Pagaré en Pesos N° 329099, emiti

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C-17583-2023?? ?  Foja: 1 FOJA: 27 .- .- NOMENCLATURA??: 1. [40]Sentencia?? JUZGADO ???: 1º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL???: C-17583-2023 CARATULADO??: GENERAL MOTORS FINANCIAL CHILE SOCIEDAD ANÓNIMA/CARTES Santiago, once de octubre de dos mil veinticuatro ????????            VISTOS: A folio 1, comparece FRANCISCA IGNACIA ESPEJO FIGUEROA, abogada, mandataria judicial de GENERAL MOTORS FINAN

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