Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó

DÍAZ/SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE ATACAMA

Rol

O-84-2024

Fecha

17 de octubre de 2024

Materia

Costas, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: don GUILLERMO ARNALDO DÍAZ CÉSPEDES, profesor de educación básica domiciliado en pasaje los retamos N°1885 población Santa Elvira, Copiapó, asistido por su abogado don Patricio Arriagada Molina, conforme al procedimiento de aplicación general, interpone demanda de cobro de prestaciones en contra de SERVICIO LOCAL DE EDUCACIÓN PÚBLICA DE ATACAMA, representado legalmente por doña Cecilia Brito Guerra, directora ejecutiva, ambos con domicilio en calle Infante N°740, Copiapó, asistido por su abogada doña Antonella Escobar Moreno. Funda su acción señalando en síntesis que desde el mes de abril de dos mil nueve, su empleadora de ese entonces, la Ilustre Municipalidad de Copiapó, dispuso que se le adicionara la remuneración con una asignación remuneracional, dicha asignación imponible se le pagó mes a mes de manera ininterrumpida hasta el mes de enero de dos mil veintiuno, sin que para ello se le hubiera notificado resolución alguna que impusiera cesar el pago de dicha asignación o que autoridad fiscalizadora alguna, llámese Contraloría General de la República, Honorable Consejo Municipal, Superintendencia de Educación, Ministerio de Educación. Luego, se refiere al proceso de traspaso de la educación municipal al servicio local de educación pública de Atacama según la ley 21.040, cuyas condiciones y demás elementos del traspaso no se va a reproducir por entender lo que es conocido por las partes y por el tribunal. Añade entonces que en virtud del decreto exento 89/21 del Ministerio de Educación es traspasado el Splep Atacama como docente para desempeñarse en la administración central de Atacama, de conformidad según indica el referido decreto, de lo dispuesto por el artículo trigésimo noveno transitorio de la ley veintiún mil cuarenta. El cese unilateral y sin expresión de causa en el pago de la asignación remuneración denominada municipal fue a partir del mes de febrero de dos mil veintiuno a la fecha en que se la deuda un total de catorce millones tresci

Fallo

se declara: I.- SE ACOGE la excepción de prescripción opuesta por la demandada en contra del demandante respecto de la acción de cobro de prestación denominada asignación municipal y en consecuencia se rechaza la demanda en todas sus partes. II.- No se condena en costas al demandante por estimarse que tuvo un motivo plausible para litigar. Téngase por notificada a las partes de la sentencia dictada en forma oral en esta audiencia. Transcríbase, regístrese. RIT: O-84-2024 RUC: 24-4-0557594-5 Dictada y pronunciada por don JOSE MARCELO ALVAREZ RIVERA, Juez Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia se encuentra grabado en el audio y a disposición de los litigantes. Juzgado de Letras del Trabajo de Copiapó, diecisiete de octubre de dos mil veinticuatro.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN GENERAL PRESENCIAL FECHA 17 de octubre de 2024 RUC 24-4-0557594-5 RIT O-84-2024 MAGISTRADO JOSE MARCELO ALVAREZ RIVERA ENCARGADO DE ACTA Erick Agustín Lazen Zepeda. SALA 2 HORA DE INICIO 12:08 HORA DE TERMINO 13:44 Nº REGISTRO DE AUDIO 2440557594-5-1336 PARTE DENUNCIANTE COMPARECIENTE Guillermo Arnaldo Díaz Céspedes. AB

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