2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

COMUNIDAD EDIFICIO ANDES SUR/ORTIZ

Rol

I-720-2023

Fecha

17 de octubre de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS NO CONTROVERTIDOS X DICTACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA X Al escrito de la parte demandante: Téngase presente. Contestación de la demanda: El Tribunal confiere en este acto traslado a la parte demandada y tiene por contestada la demanda. Llamado a Conciliación: Se declara frustrado, atendido que la parte reclamada no tiene facultades para ello. Hechos no controvertidos: Atendido que no existe discusión entre las partes, el Tribunal procede a fijar los siguientes hechos pacíficos: 1. Que a la reclamante se le cursó una multa. 2. Que la multa se le cursó como mediana empresa. 3. Que la Inspección del Trabajo dio por corregida la infracción por reconocimiento en el escrito de solicitud de reconsideración y la rebajó en un 50% y no en un 80%. 4. Que la empresa es micro o pequeña empresa, por lo tanto la corrección correspondía en el 80%. Tribunal dicta sentencia: Atendidos los hechos pacíficos fijados, el Tribunal procede a dictar sentencia de inmediato: _______________________________________________________________________ SENTENCIA: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 506, 512, 511, 420, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457, 496, 500, 501, 596, todos del Código del Trabajo, artículo 32 del Decreto con Fuerza de Ley número 2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Se rechaza la acción principal de declaración de nulidad del acto administrativo. II. Se acoge la demanda solo en cuanto se declara que la multa impuesta a la empresa en 26,73 ingresos mínimos mensuales por $6.891.557, se rebaja en un 80%, esto es a 5,3

Fallo

Se declara frustrado, atendido que la parte reclamada no tiene facultades para ello. Hechos no controvertidos: Atendido que no existe discusión entre las partes, el Tribunal procede a fijar los siguientes hechos pacíficos: 1. Que a la reclamante se le cursó una multa. 2. Que la multa se le cursó como mediana empresa. 3. Que la Inspección del Trabajo dio por corregida la infracción por reconocimiento en el escrito de solicitud de reconsideración y la rebajó en un 50% y no en un 80%. 4. Que la empresa es micro o pequeña empresa, por lo tanto la corrección correspondía en el 80%. Tribunal dicta sentencia: Atendidos los hechos pacíficos fijados, el Tribunal procede a dictar sentencia de inmediato: _______________________________________________________________________ SENTENCIA: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva. Parte resolutiva: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 506, 512, 511, 420, 446 y siguientes, 453, 454, 456, 457, 496, 500, 501, 596, todos del Código del Trabajo, artículo 32 del Decreto con Fuerza de Ley número 2 de 1967 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y demás normas legales pertinentes, se resuelve: I. Se rechaza la acción principal de decl

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO RECLAMO FECHA 17 DE OCTUBRE DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO LUGAR SANTIAGO RUC 23-4-0534699-0 RIT I-720-2023 SALA 1 MAGISTRADO VICTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS KAREN PANES GARRIDO HORA DE INICIO 10.23 HORAS HORA DE TERMINO 11.09 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 23405346

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